Celebrado el primer juicio por acoso contra la CEOE. El día 11 será el segundo.

Los suscriptores de Laboro recordarán que el día 9 de marzo de los corrientes se debió haber celebrado el juicio por acoso laboral contra la CEOE por una denuncia conjunta de un grupo de trabajadores. Ojo, no contra el director de RR.LL. sino contra la misma CEOE como empresa. Pero se suspendió dicho juicio. Pues bien, el pasado día 4 se ha celebrado por fin y ha quedado visto para sentencia. Recordad que la CEOE ya había sido sancionada con 25.001€ por la Inspección de Trabajo.

Pero es que además, una de las afectadas tiene puesta una demanda individual de rescisión voluntaria de contrato por dicho acoso. Este juicio se celebrará el próximo día 11 en los juzgados de lo social de Madrid y las vistas son públicas, aunque en el juicio anterior la CEOE consiguió que el juez prohibiera el acceso de la prensa a la sala de vistas. Es decir, que en principio cualquier persona puede ir a presenciar el juicio y no serán pocas las que lo hagan.

La demanda de rescisión voluntaria es una de las posibilidades legales que tiene un trabajador acosado y si se gana, el trabajador tiene derecho a irse de la empresa cobrando la misma indemnización que si hubiera sido despedido de forma improcedente (45d por año) y además derecho al cobro del paro y por supuesto el resto de conceptos del finiquito (vacaciones, pagas extras...). O sea, que es como despedirse a sí mismo aunque no le guste a la empresa.

En este caso, la demandante contra la CEOE, tiene una antigüedad de más de 26 años, lo que implica que estará muy cerca de cobrar la indemnización máxima, que es de 42 mensualidades, es decir 3 años y medio de salario bruto.

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