- Comunicación anónima a la Inspección de Trabajo. No es exactamente lo mismo que una denuncia ante Inspección de Trabajo pero es anónima, es por internet, es directa a la Inspección y podría servir para ésta iniciara actuaciones de oficio.
- Cálculo del tiempo de amortización de tu despido.. Para saber cuánto tiempo tardaría la empresa en ahorrarse la misma cantidad de dinero que le costara tu indemnización de despido.
- Cálculo del número de horas extras. Para saber cuántas horas extras podrías estar haciendo sin darte cuenta, porque trabajar solo 40h semanales no siempre supone no hacerlas.
- Cálculo de la reducción de jornada. Para saber cuánto salario te podrían quitar si te redujeras voluntariamente la jornada.
Seguridad Social:
- Alta de tu teléfono y email. Extraordinariamente útil e importante. Cuando la SS tiene estos datos puede comunicarte inmediatamente todo movimiento en tu vida laboral que la empresa te oculte. Por ejemplo cambios de empresa para intentar hacerte perder derechos, de despidos tácitos, etc.
- Cálculo de la jubilación.
- Renovar domicilio. Para poder seguir recibiendo los informes que la SS te mande por carta.
- Informe de bases de cotización. Para comprobar que tu empresa está realmente cotizando según lo que dice en tu nómina. Muy importante porque del importe de las cotizaciones que pague tu empresa a la SS dependerá lo que tú luego puedas cobrar de paro, bajas, jubilación y otras prestaciones contributivas de la SS.
- Informe de vida laboral. Contiene las fechas de tus movimiento en la SS: altas, bajas, modificaciones de datos, etc. Puede ser útil en reducciones voluntarias de jornada, conversiones a indefinido o despido improcedente por contratos temporales en fraude de ley, el truco del cambio de empresa, etc.
- Oficina Virtual de Reclamaciones y Litigios. Para que los trabajadores presenten quejas en relación con la actuación de las mutuas ante este organismo dependiente de la Secretaría de Estado de la SS.
Hacienda:
- Cálculo del porcentaje de retención de IRPF. Para comprobar que tu empresa te esté reteniendo lo correcto.
- Modelo 145. Comunicación de datos a tu empresa para que puedan retenerte el porcentaje correcto de IRPF.
- Cálculo de embargos. Para comprobar la parte de tu nómina que te podrían embargar como máximo.
SEPE (antiguo INEM):
- Solicitar cita previa. Para evitar colas en trámites de prestaciones.
- Cálculo del paro. Para saber lo que cobrarías de prestación por desempleo.
- Solicitud prestación por desempleo (paro).
- Solicitud subsidio por desempleo. Para cuando se acabe el paro y/o en otros casos de necesidad.
- Consulta de certificados de empresa. Puede ser útil cuando la empresa te quiera negar los papeles del paro.
- Copia de contratos de trabajo. Útil cuando a la empresa se le "olvide" darte tu copia. Sólo están los contratos desde el 1/5/97.
10 puntos!! Deberían de obligar a todas las empresas con página web a poner en ella. Los enlaces sobre consulta de vida laboral, consulta de cotización de certif. de empresa... Claro algunas serían capaces de cerrar su web para no tener que ponerlo. Así nos va
ResponderEliminarEsta página ha quedado "fija" en el menú principal de Laboro, arriba a la derecha.
ResponderEliminarEl de certificados de empresa tiene un problema y es que es un tramite para empresas y por lo tanto el empleado no puede acceder a el. Le dará un mensaje de error indicando que no se reconoce el NIF.
ResponderEliminarSin embargo seguramente sea util el tramite de consulta de contratos de trabajo https://sede.sepe.gob.es/contenidosSede/generico.do?pagina=proce_ciudadanos/datosContratos.html
Gracias a el me entere de que una empresa en la que trabaje anteriormente, dedicada al desarrollo del software, donde ejercía de programador, había comunicado al Sepe que mi ocupación era de peon de transportes-descargador. Una lastima que me enterara demasiado tarde
También he visto que no aparece una subrogación que me hicieron. Mi empresa actual no aparece para nada y el contrato con la anterior tiene fecha de terminación de hace 2 años. Aunque eso no se si tiene alguna repercusión o estando dado de alta en la SS y con la antigüedad reconocida en nomina no supondrá ningún problema .
Te equivocas en lo de los certificados de empresa. No es un trámite para empresas sino un trámite para "ciudadanía", es decir para que los trabajadores puedan consultar los certificados (los "papeles del paro") que han hecho las empresas en las que han trabajado, dado que desde hace tiempo las empresas ya no las entregan al trabajador en papel sino directamente al SEPE por internet.
ResponderEliminarDe hecho, el SEPE describe así este servicio: "podrás consultar los datos del certificado de empresa que haya enviado la empresa, así como obtener una copia del certificado de empresa, en la que haya cesado en tu actividad laboral. Para acceder a este servicio es necesario identificarse con certificado digital/DNI electrónico o usuario y contraseña. Puedes acceder a todos los certificados de empresa de los que seas titular y se encuentren en la base de datos del Servicio Público de Empleo Estatal."
Respecto a la consulta de contratos, es obvio que es aún más útil y por ello se ha añadido el enlace al listado. Gracias por tu aportación.
La mayoría de los DNIs electrónicos en servicio, no sirven para nada y se ha de ir al servicio correspondiente para que te activen otro nuevo. Los Certificados electrónicos más de lo más, o sea nada.
EliminarImprescindible! Muchísimas gracias!
ResponderEliminarLo que desconocía totalmente era que pudiesen consultarse los contratos personales, aunque no lo he probado aún.
Lo que me extraña de eso es que, entonces, se supone que la Seguridad SOcial también tiene acceso a esos contratos. Lo digo porque recuerdo hace unos años que, al solicitar la prestación de desempleo, como en los años anteriores había tenido unos cuantos contratos a tiempo parcial se me pidió copia de todos esos contratos, para comprobar las horas y días a la semana trabajados que figuraban en el contrato. Si ya tenían acceso a ellos en la Seguridad Social, ahora me parece absurdo que pidan copia de contratos al menos en casos como el que a mí me pasó
La herramienta de consulta de contratos accede a la base de datos del SEPE, no de la SS. Pero tienes toda la razón. De hecho, la Ley 30/92 dice por ahí que la Administración no ha de pedir documentos que la propia Administración ya tenga, sin importar que sean de otro organismo diferente.
ResponderEliminarhola, he estado intentando averiguar ( sin suerte)como o que procedimiento y posibilidades hay para trasladarse de un centro de trabajo (pongamos que el A esta a 80 kms del B, pero que el domicilio esta al lado del B, y que se empezo en el A con traslado de domicilio por no haber trabajo en la en la zona del domicilio original, o sea el B, siendo ahora TRABAJADOR FIJO en la empresa hostelera, garantizando una ocupación de 6 meses mínimo) Pregunto esto porque estoy preguntando en la empresa y me estan dando largas y mareando, y diciendo que ya me trasladaran sin problema sin darme mas información, por lo que me esta pintando mal....
ResponderEliminarMuy interesante!!!. Gracias
ResponderEliminarMuy importante para el trabajador gracias Laboro!!!
ResponderEliminarOs sigo desde hace muuuuucho tiempo y siempre me parecen interesantes vuestros artículos, pero este lo borda.
ResponderEliminarHabeis tenido una idea genial con este articulo. Os va a agraceder muchísimas personas.
sinceramente, muchas gracias!
Si hubiera un premio Nobel de Defensa de Derechos Laborales, deberíais ganarlo todos los años, pero sobre todo con esta entrada. Impresionante e imprescindible. Gracias
ResponderEliminarIntento entrar para conseguir mi contrato y poniendo cualquier modalidad de contrato y fechas parece que no tengo contratos. ¿Puede ser que mi empresa no haya introducido esos datos o a que se debe que me diga 0 contratos?
ResponderEliminarGracias por la información. Un saludo
Seria buena idea tener informacion tambien de los "papeles" que se pueden pedir online al SEPE por si alguien se va a trabajar al extranjero: formulario U1 para trasladar cotizaciones, U2 para prestaciones por desempleo...etc.
ResponderEliminarGracias por estas 'herramientas' informáticas tan útiles. Una prueba más de con quienes está Laboro, a pesar de que hay personas que se empeñan e ponerle calificativos como 'podemita', y sinceramente creo que no tiene sentido etiquetar a alguien cuando a todos se nos deja claro desde el inicio hacia quienes (los trabajadores) van dirigidos sus artículos y consejos. En fin que cada cual haga lo que crea (im)pertinente pues estamos en un país en el que hay libertad de opinión (pese a quien le pese y a pesar de los esfuerzos inútiles por cercenar o constreñir dicha libertad).
ResponderEliminarCambiando radicalmente de tema y sin venir a cuento con el contenido de este artículo, hoy hemos recibido los currantes de la Eu la buena noticia de la aprobación por el Parlamento europeo de un permiso parental de 4 meses para ambos progenitores y un permiso de paternidad mínimo de 10 días. Con lo que habrán de felicitarse aquellos a los que les toque, pero a aquellos como el padre (que presentó recurso de amparo y el TC le contestó que no había trato desigual ni discriminación porque el permiso de paternal fuese de 4 semanas en vez de las 16 que tienen las madres pues el de maternidad tenía un propósito distinto cual es la recuperación física y psicológica tras el innegable esfuerzo que la gestación y el parto les supone a las mujeres) estará maldiciendo por que la Comisión Europea no hubiese agilizado la propuesta ahora aprobada de igual permiso parental de 4 meses.
Diez años leyendo vuestro blog y no me dejais de sorprender.Impresionante.Enhorabuena por vuestro trabajo.
ResponderEliminarMuchisimas gracias!
ResponderEliminarSimplemente muchas gracias.
ResponderEliminarParece que algunos enlaces de la SS no son correctos, devuelven directamente "Acceso no autorizado"
ResponderEliminarSí funcionan teniendo certificado digital.
EliminarYo tengo certificado y no me pregunta cual quiero utilizar, me sale directamente la pantalla "Acceso no autorizado" (estoy usando Chrome), cuando pulso el link.
EliminarAgusti, es mejor utilizar Mozilla Firefox.
EliminarNo me queda claro lo de las claves, yo tengo una clave pero no puedo acceder nada más que a asuntos con la seguridad social... que clave es la mejor y que sirva para todo.
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