La olvidada jornada extra en años bisiestos.

Este año 2016 próximo a finalizar ha sido bisiesto, es decir que ha tenido 366 días en vez de 365 porque febrero tuvo 29 días en vez de 28. Estupendo, eso lo saben casi todos incluidos seguramente la mayoría de empresarios y empresaurios. ¿Y también sabe todo el mundo que ese día te lo tienen que pagar o compensar aparte si tienes una jornada anual máxima? Porque el año 2016 habrá sido todo lo bisiesto que quieras, pero puede que tu salario no haya sido igual de bisiesto.

Resulta que el trabajo se paga, por culpa de las inútiles leyes esas de los rojos elegetebitas que no dejan que Manolo el del bar termine de recuperar a Españistán de la crisis y piden otras utopías como el carril bici que "han conducido a la URSS, a la Unión Soviética, a Siberia, a los campos de concentración y a 20 millones de muertos". Por culpa de esas mismas leyes, el trabajo se mide en horas y minutos igual que el pago se mide en euros y céntimos. Es decir que no es cierto que por un salario fijo A tú tengas que trabajar un tiempo variable a gusto del empresaurio hasta que termines la faena, sino que por un salario determinado A tienes que trabajar un tiempo B también determinado. Las empresas tienen la fea costumbre de contarte los euros y los céntimos que te pagan al año, por lo que tú podrías tener la misma fea costumbre de contar las horas y minutos que trabajas al año.

Entonces va a ser que si este año ha tenido un día más, entonces tú has trabajado un día más, a no ser que te hayan dado un día libre u horas libres en compensación, por supuesto aparte de tus días y horas libres habituales por descanso diario, semanal, festivos y vacaciones. ¿Que no lo han hecho? Cachislamar qué mala suerte tienes, mira tú que la ministra dijo el otro día que lo que fuera ilegal en el terreno laboral no podía suceder. Pues si no te han compensado el día extra, probablemente, por no decir seguro, te hayas pasado de la jornada máxima anual de tu convenio. Es lo que tiene trabajar un día más.

Ademas resulta que Elon Musk dijo el otro día que ha descubierto que si te has pasado de la jornada máxima anual entonces has hecho horas extras. Por algo se llaman extras, porque son extraordinarias, es decir aparte de la jornada ordinaria que es la máxima del convenio. Y si has hecho horas extras resulta que te las tienen que pagar si no te las compensan con tiempo libre, por culpa de las leyes esas de las que hablábamos antes y que no dejan trabajar gratis como debería ser, por no decir pagando. ¿Y cuando te las tienen que pagar? Pues en la nómina de diciembre del 2016 porque será en ese mes cuando te hayas pasado de la jornada máxima anual. Eso suponiendo que solo te hayas pasado esas horas "bisiestas" de la jornada máxima anual porque ¿tú te has molestado en contar algún año las horas que haces realmente o te crees que te las cuenta la empresa? Oye que a lo mejor es que sí. Pero si es que no, entonces puedes usar la calculadora de horas extras anuales que para algo está y es gratis.

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