Los permisos retribuidos comienzan en día laborable.

Un seguidor de Laboro, malvado sindicalista, ha tenido a bien informar sobre una nueva y muy interesante sentencia del TS que declara que todos los permisos retribuidos del art.37 ET comienzan en día laborable. Esto afecta a todos los trabajadores y no a solo los del convenio indicado en la sentencia, por las razones que se explicarán y que en la misma se exponen.

La sentencia se pronuncia sobre un caso de los permisos retribuidos por matrimonio, nacimiento de hijo (no confundir con el permiso de paternidad), accidente o enfermedad o fallecimiento de familiar en el convenio de contact center, más conocido como telemarketing. Es decir el convenio de los teleoperadores de las empresas de "locutorios" en las que te cogen el teléfono cuando tú llamas y te crees que te lo cogen en la empresa de la electricidad, del gas, de tus seguros, etc. Pero el argumento que usa la sentencia se basa en el ET y no solo en ese convenio, por lo cual la doctrina es aplicable a todos los trabajadores. Concretamente se basa en el art.37.3 ET:

"El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:
a) Quince días naturales en caso de matrimonio.
b) Dos días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días.

Fija algunos permisos más que no vienen al caso. Los afectados por esta sentencia son esos tres: matrimonio, enfermedad/etc "normal" y con desplazamiento. Pues bien, la sentencia dice que todos esos permisos y en todos los casos comenzarían a contar en día laborable. Por ejemplo, si trabajaras de lunes a viernes y te casaras un sábado, los 15d empezarían a contar el lunes. O si naciera tu hijo el sábado, los 2d o 4d de permiso por nacimiento comenzarían el lunes y luego el permiso de paternidad, que es independiente.

El TS lo argumenta de una forma muy sencilla. El ET dice que el permiso es para "ausentarse del trabajo". Pero para ausentarse del trabajo tiene que haber trabajo, es decir que tiene que ser un día laborable. Dice la sentencia: "el permiso se da para ausentarse del trabajo en día laborable, pues en día festivo no hace falta".

Pero la sentencia no solo dice eso sino que además añade que sería "absurdo" y "contrario al espíritu del art. 37-3 del ET" que el convenio dijera lo contrario, es decir que el convenio dijera textualmente que los permisos empezaran a contar también en días no laborables, "al no poder reducir los que establece el art. 37-3 del ET". Es decir que el convenio solo puede mejorar el ET pero no empeorarlo, cosa que en Laboro ya se ha explicado cientos de veces. Lo mismo que el contrato solo puede mejorar el convenio, pero tampoco empeorarlo.

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