Las razones de la nulidad del despido serían más que obvias. Es impresionante que se esté diciendo que la van a despedir porque es de izquierdas o porque no simpatiza con las derechas o incluso porque manifiesta sus tendencias en sus entrevistas. ¿Pero es que aquí nadie se ha leído nunca el art.55.5 del ET? "Será nulo el despido que tenga por móvil alguna de las causas de discriminación prohibidas en la Constitución o en la Ley, o bien se produzca con violación de derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador."
Pues bien, precisamente el art.14 CE dice: "Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social." Por tanto, despedir a Ana Pastor por ser del Atleti sería despido nulo no sólo por discriminación, sino también por violación de sus derechos fundamentales a la libertad ideológica (16 CE) y la libertad de expresión (20 CE). Es decir, que a un trabajador, aunque sea Periodista como Ana Pastor, no se le puede despedir por su opinión. No se la puede despedir por ser de izquierdas. De hecho, precisamente por haber manifestado opinión o tendencia política no se la puede despedir en base a ella. Pero en cambio en ciertos medios se dice todo lo contrario. Dicen que haber manifestado tendencias u opiniones es LA razón del futuro despido. O no tienen ni p... idea de derecho laboral de preescolar II o se lo pasan por el forro. Todo ser humano tiene tendencias y opiniones. Si por ser de izquierdas o de derechas se despidiera a un auxiliar administrativo de una gran empresa famosa sería noticia de portada. Pero aquí hay montones de personas diciendo y anunciando tranquilamente que a Ana Pastor la van a despedir por su opinión y no sólo no pasa nada sino que alguno lo jalea.
A Ana Pastor se le van a salir los indicios por las orejas de aquí a diciembre. Podría presentar un saco de indicios y como la cosa siga así le van a poner a huevo hasta las pruebas directas. En cambio TVE, ¿qué tipo de prueba en contrario podría aportar? Como no sea que aún no tiene el Pulitzer ni el Emmy entre los premios que le han dado. Porque desde luego parece que iban a tener jodido probar bajo rendimiento.
Actualización 4/8/12: Es posible que en vez de un despido se produzca un "cese" o como lo quieran llamar. Es decir sacarla de un programa para ofrecerle otro pero con el verdadero objetivo de quitarla de informativos, al menos en horarios de audiencia. Pues bien, no sólo un despido sino que cualquier medida de la empresa puede ser nula radical (arts.177 al 184 LJS) cuando se produce con violación de derechos fundamentales, como podría ser en este caso, lo cual no sólo puede dar lugar a la reposición en la situación anterior sino también a una indemnización por daños y perjuicios, incluidos daños morales.
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Interesante enfoque... pero claro que eso dependerá del tipo de contrato que disfrute, ¿no?
ResponderEliminarSi tuviese un contrato de Obra y servicio para presentar el programa X, supongo que para despedirla deberían dejar de realizar el programa X, aunque luego realizarían un programa Y de formato similar. Y en ese caso imagino que podría demostrar que el cierre del programa X ha sido fraude de ley, o como se llame la figura jurídica.
Creo que hay bastante opacidad sobre los contratos que disfrutan las estrellas televisivas; en la prensa tan sólo sale que "fulanito renovó contrato con tele-caca para la realización del programa X durante tres años" (o cosas por el estilo).
A mí esta presentadora me encanta. Me gustaba Pepa Bueno cuando llevaba los desayunos de la 1, pero enseguida me acostumbré a Ana Pastor, y creo que de hecho, me gusta más su estilo incisivo al hacer las entrevistas. Me daría mucha pena que la despidiesen. Pero aunque no puedan hacerlo, por las cuestiones que habéis explicado, si que podrán cambiarla de programa, o meterla en realización, donde ya nadie la vea, ¿no?
ResponderEliminarJe, todo esto es muy bonito y tiene mucho sentido. Pero no estamos hablando de un empleado cualquiera contra una empresa cualquiera. Estamos hablando de que lo que será el futuro Gobierno de España, con probable mayoría absoluta y control de los tres poderes (que ríete tú de la separación de los mismos), así como un largo historial de mangoneo serio en casos por el estilo.
ResponderEliminarAna Pastor podrá denunciar y probablemente sacarse una indemnización guapa, pero lo de seguir ocupando su puesto lo veo negro. Hablamos de política, no de justicia. Por desgracia, en este país la primera está por encima de la segunda en muchos casos.
Ya se ha dicho que todo depende del contrato que tenga. Existen los contratos de alta dirección y dentro de las empresas públicas están los contratos "de confianza". Pero si tiene un contrato laboral normal y corriente, sea del tipo que sea y cobre lo que cobre, el despido por su opinión sería nulo.
ResponderEliminarObviamente la intención de fondo de este artículo no es comentar el despido de Ana Pastor, sino comentar los despidos nulos por vulneración de derecho fundamental, que son muchísimo más frecuentes de lo que podríais pensar. Por ejemplo, cuando despiden a un trabajador a consecuencia de que previamente ha demandado o denunciado a la empresa o simplemente ha solicitado un derecho.
A mí me parece que Ana Pastor es una periodista valiente, pero desde el punto de vista empresarial, en este ámbito del periodismo, quizás quieran conseguir la imparcialidad del presentador/a (peco de ingenuidad) Está claro que Ana Pastor no la tiene, así como el 90% de los medios de comunicación en España, algo que para muchos es un claro ejemplo del cumplimiento del citado artículo de la Constitucióny para otros una violación de lo que debería ser mero periodismo informativo.
ResponderEliminarImagino que esas son las dos caras de esta moneda.
Como periodista, lo que veo ingenuo es pretender la absoluta imparcialidad de un informador. Lo que ocurre es que Ana Pastor ejerce -de una manera a la que ya no estamos acostumbrados- la primera y crucial labor del periodista: sencillamente, preguntar. Y eso molesta, más en una época en la que ya se nos anuncian ruedas de prensa "sin turno de preguntas" y nos quedamos tan anchos. Por último, y como sugerencia a Laboro, sería interesante indagar en las relaciones laborales en las empresas informativas. Entre eternos contratos en prácticas, horas extra sin límite, falsos autónomos, etc., daría mucho de sí.
ResponderEliminarGenial como siempre, Laboro!!
ResponderEliminar¿Algún día nos hablarás de la baja voluntaria de contrato?
Por ejemplo: Nunca he entendido por qué hay que dar 15 días si igualmente no te corresponde indemnización...
Gracias!!!!
y en empresas públicas?.................?
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