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Que sea en el 2010-2012 el peor periodo no es casualidad.
ResponderEliminarQue las rentas de los empresarios hayan subido un 6% y la de los empleados por cuenta ajena hayan bajado un 2% (o al revés, no me acuerdo) tampoco es casualidad.
Sería buen momento para mencionar el libro "La Doctrina del Shock", de Naomi Klein. Va que ni pintado para esta situación.
Bravo!! Una recopilación así se merece un aplauso. Vivan nuestro gobernantes!!
ResponderEliminarIm-presionante, enhorabuena.
ResponderEliminararfs, no veo los gráficos 1 y 3, tal vez sea problema mío pero lo comento por si acaso.
ResponderEliminarMe gusta el artículo, y hace tiempo que venía recopilando información para uno sobre el mismo tema pero más extenso.
ResponderEliminarUna sugerencia; quizá no está de más partir de un poco más atrás, de 1976-1977, porque en mi opinión el ET de 1980 casi lo podemos considerar la primera gran reforma laboral.
TOTALMENTE de acuerdo. En 1976, en caso de despido improcedente, por defecto había readmisión (con salarios de tramitación), y solo si AMBAS partes lo acordaban se podía sustituir la readmisión por una jugosa indemnización de al menos 60d/año con tope de 144 mensualidades.
EliminarArtículo 35 de la Ley 16/1976, de 8 de abril, de Relaciones Laborales.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1976-8373
Con el ET de 1980, el trabajador entregó a la empresa el derecho de elegir entre readmisión (con salarios de tramitación) o indemnización, una indemnización que, además, se redujo mucho.
Desde luego cada vez os superais más, que claridad y todo mascadito. Sois unos artistas.
ResponderEliminarGracias por vuestro tiempo.
Sólo me queda una duda, la huelga? hará algo....
no puedo ver los graficos, una lástima...
ResponderEliminarExcelente artículo, como siempre.
ResponderEliminarUna sugerencia para un nuevo artículo que creo que podría ser muy importante: a ver si pudieras hacer un artículo sobre el derecho a la Huelga de cara a la Huelga General del 29M. En él podrías comentar como un trabajador que secunde Huelga está de hecho más protegido contra el despido que uno que no la secunde. Hay mucho miedo y mucha ignorancia sobre el derecho a la Huelga y nadie mejor que tú para informarnos a todos.
¡Muchas gracias por todo!
Como siempre, GENIAL. ¿Para cuándo una entrada en la que se nos informe qué hacer en caso de que al empresario "se le olvide" dar una copia del contrato?
ResponderEliminar¡Gracias!
Sección huelga: con siete comentarios a día de hoy, a buen entendedor…
ResponderEliminarSería estupendo reflotar este artículo añadiendo a la comparativa la reforma laboral de 2022
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