- Un trabajador fue despedido en el año 2008 mediante la finalización de contrato por causas objetivas económicas. Es decir el conocido y mal llamado despido objetivo.
- El trabajador sabía perfectamente que cada día su empresa hacía numerosísimas ventas en B, sin emitir factura. En cambio todos los gastos eran en A, es decir exigiendo factura. Es decir, lo que hacen la gran mayoría de empresas de Españistán. Por ello las pérdidas aducidas para justificar su despido eran más falsas que las peleas de las Tortugas Ninja y el trabajador interpuso demanda exigiendo que el despido fuera declarado improcedente.
- El trabajador perdió el juicio porque la empresa presentó la contabilidad, los balances, etc. Por supuesto elaborados por la propia empresa pero eso no tiene importancia ya que en la reforma laboral del 94 (hecha por la facción progresista del PPSOE) se eliminó el requisito de presentar un "informe de un censor jurado de cuentas".
- El trabajador recurrió al TSJ en suplicación, pero volvió a perder.
- Su empresa oye hablar de la amnistía fiscal, por la cual le van a perdonar el pago del impuesto de sociedades de todo el dinero B que hayan escondido en los últimos 4 años (el de hace más ha prescrito), con el único requisito de pagar sólo el 10% de dicha cantidad. Así que presentan la solicitud para limpiar ese dinero.
- El trabajador se entera y presenta el para muchos "profesionales" desconocido recurso de revisión ante el TS contra la sentencia firme que declaró procedente su despido objetivo, cosa que es posible siempre que dicha sentencia tenga menos de 5 años.
- El TS le da la razón y anula la sentencia de su despido del 2008.
- El caso vuelve al juzgado que dictó la primera sentencia. Como los documentos prueban que no había pérdidas, el despido es declarado improcedente, con lo que la empresa tendrá que pagarle con toda seguridad los salarios de tramitación de todos los años que hayan pasado desde el depido, ya que éste fue anterior a la última reforma laboral de la facción conservadora del PPSOE. Aparte tendrán que readmitirle o bien pagarle aparte la indemnización de 45d/año por despido improcedente. ¿A que mola?
¿Lo dudas? No lo dudes tanto porque el recurso de revisión es una posibilidad factible cuando, entre otras causas, tras la firmeza de la sentencia "se recobraren u obtuvieren documentos decisivos, de los que no se hubiere podido disponer por fuerza mayor o por obra de la parte en cuyo favor se hubiere dictado" (art.510.1 LEC). Este caso sería de libro. Los documentos se habrían obtenido posteriormente a la firmeza de la sentencia y obviamente serían decisivos, ya que probarían nada menos que la falsedad de la única causa (las pérdidas) esgrimida por la empresa para justificar el despido.
Los trabajadores no suelen pensar en este tipo de cosas, pero los empresarios sí y todos los días. De hecho el trabajo habitual del empresaurio hispánico no tiene nada que ver con la actividad de su empresa sino que es buscar las formas de no pagar impuestos con múltiples y burdos trucos que pronto serán desvelados en Laboro (suscríbete y te enterarás) para que no sólo los conozcan los empresaurios, sino también los trabajadores. Por esta razón serán muy pocas las empresas que soliciten esta amnistía fiscal, pero hay otras razones no menos poderosas:
- ¿De verdad esperan que Manolo el del bar firme un papel por el cual reconoce que ha estado engañando a Hacienda durante 4 años? Ni loco. Sería tanto como asegurarse inspecciones futuras. Sería como esperar que el Doctor Mengele se sacará el DNI.
- La amnistía es sobre el IRPF y el impuesto de sociedades (el IRPF de las empresas, para que todo el mundo lo entienda), pero no hay amnistía del IVA, por lo que en principio si una empresa declara que no metió 100.000€ en el impuesto de sociedades del 2008, sólo tendría que pagar un 10% de esta cantidad (10.000€) pero se supone que tendría que pagar el IVA, que en aquella época era el 16% (16.000€).
- El 10% es poco pero el 0% es menos. Si hasta ahora no han pillado a Manolo ¿por qué le van a pillar en el futuro? Sobre todo teniendo en cuenta que Manolo hace exactamente lo mismo que todo el mundo.
- Si han hecho esta amnistia ¿quién dice que no habrá otra en el futuro próximo cuando estén realmente desesperados (léase, elecciones del 2015) por sacar dinerillo para mantener las pensiones de los padefos jubilados que les votan?
Esta amnistía fiscal no sólo no va conseguir recaudar lo que pretenden sino que además puede provocar que baje la recaudación normal ya que los pocos empresarios de Españistán que aún pagan religiosamente todos sus impuestos se van a cansar de hacer el gilipollas. ¿Por qué pagar impuestos si nadie más lo hace? ¿Por qué emitir factura si con las mismas puede no emitirla y no va a pasar nada de nada? Es más, ¿un empresario de la hostelería que cumpla con Hacienda y con la SS puede resistir la competencia de Manolo el del bar, que tiene a todos los camareros sin alta en la SS, cobrando en B y sin pagar apenas impuestos? Españistán se dirige imparable hacia su glorioso destino; de culo, cuesta abajo, sin frenos y por el túnel del Metro.
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Voy a hacer un poco de demagogia barata, pero se la tienen merecida: Esto no se arregla con amnistías, se arregla cambiando la ley para que el fraude de impuestos generalizado y masivo por parte de una persona se castigue con el delito de ALTA TRAICIÓN (por que en el fondo eso es lo que es) y el culpable se pase 30 años en la cárcel.
ResponderEliminarMuy bruto, lo se, pero las movidas que tiene este país con el dinero negro se merecen soluciones drásticas.
A mí me surge una duda: No dicen que la amnistía esta va a ser totalmente confidencial??? Eso jodería todo este tema no???
ResponderEliminarBuen artículo, como siempre.
Un saludo!
Muy interesante esa información, aunque no me afecte personalmente es bueno saberlo :)
ResponderEliminarUna duda que me surge: dices que, si te enteras y le solicitas a Hacienda la información sobre la posible amnistía fiscal, podrían no dártela, y tendrías que ir al juzgado, que tardaría años... Pero, al mismo tiempo, hay un máximo de 5 años para poder recurrir al TS con información nueva.
¿Podría ocurrir que ese retraso en conseguir el informe anulara tu capacidad para recurrir?
Muchas gracias,
Ramón.
Pero el trabajador que se encuentre en esta situación deberá devolver, si los recibió, la prestación por desempleo o el subsidio, y de los salarios de tramitación se descontarán los ingresos por el trabajo por cuenta ajena que el trabajador haya tenido en todo este tiempo.
ResponderEliminarNo sé como he llegado aquí pero me ha encantado el artículo... ¡genial!
ResponderEliminarHasta hace tres días no sabía nada de lo que era la amnistía fiscal, a día de hoy me fascina que el gobierno, con tal de obtener algo de liquidez, proponga medidas que beneficien a los caraduras de este país y a los que han sido totalmente legales pagando rigurosamente sus impuestos se les pueda uno reír en la cara: gracias por vuestra legalidad, pero está visto que en este país premiamos a los jetas... ¡pringaos'!
Buenas, de verdad que valla la labor que haces o hacéis, eso de traducir las nuevas leyes y tejemanejes de estos que se hacen llamar políticos a un lenguaje llano y entendible por todos los mortales, que es precisamente lo que quieren, que no entendamos nada para que traguemos sin rechistar, pero gracias a gente como vosotros, no se podrán salir nunca con la suya.
ResponderEliminarDe verdad, muchas gracias y seguid así.
Carmen, esa es la típica y ridícula "amenaza" del empresaurio hispánico y de la Asesoría Pepe que no sirve para nada más que para demostrar su supina ignorancia. El paro es el 70% los primeros 6 meses y a partir de hay es el 60% y como mucho duro 2 años. Por tanto, como máximo se podrá cobrar de paro una media del 62,5% del salario durante 2 años. Pero en un caso como éste los salarios de tramitación serían el 100% durante 5 años, con lo que la diferencia es favorable al trabajador. Además el paro se devuelve, pero queda de nuevo como no gastado, con lo que tarde o temprano volverá a cobrarlo de nuevo.
ResponderEliminarCon respecto al descuento de lo que hubiera cobrado en un nuevo empleo no sería posible hacerlo porque tendrían que constar en los autos originales del juicio una prueba de lo que ha cobrado el trabajador durante esos 5 años, cosa imposible porque el juicio fue hace 5 años. El recurso de revisión anula la sentencia de despido y obliga al juzgado original a emitir una nueva sentencia pero sin permitir añadir nuevas pruebas. Además en el peor de los casos podrían probar que ha trabajado, pero no lo que ha cobrado, con lo que sólo podrían descontarle el SMI, con lo que el trabajador sale ganando de nuevo.
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Tinutun, desde luego eso podría ocurrir con lo que sólo cabría interponer el recurso de revisión ante el TS cuando falte poco para que se pase el plazo de 5 años y en el mismo acompañar la copia de la solicitud no atendida de la documentación a Hacienda y del recurso posterior al Contencioso. De esta forma se podría paralizar el plazo de prescripción, pero estaríamos ante una situación no prevista.
De todas formas no le deis más vueltas, que esto es algo que sería realmente complicado de hacer y que iría para largo. Además podéis buscar con una lupa colgada en ciertas partes al profesional que quisiera hacerse cargo de un asunto así.
ResponderEliminarEl objeto del artículo es que la gente se de cuenta de que la amnistía fiscal es una burrada no sólo desde el punto de vista puramente fiscal, sino también del laboral. Dicho de otra forma ¿qué va a pasar con los despedidos por razones económicas por los empresarios que ahora se acojan a la amnistía? Pues nada, no va a pasar nada. Es decir que OFICIALMENTE va a constar que ese empresario defraudó no sólo a Hacienda sino también a sus trabajadores y probablemente también al FOGASA, si éste acabó pagando sus despidos y 5 meses de deuda por una insolvencia falsa. ¿Quien c... es el gobierno para perdonar la deuda que una empresa tiene con un trabajador?
Yo creo que la amnistía es solo para que los pocos que aun pagan dejen de hacerlo, es una llamada solidaria a sus colegas para que no continúen dándole sus merecidos beneficios a los rojos ingratos y demás chusma que se aprovecha de ellos para conseguir sanidad, escuelas y demás lujos a los que piensan que tienen algún derecho.
ResponderEliminar;)
mi caso es como este que comentais,yo tuve un primer juicio en salamanca lo perdi en el segundo juicio fui de suplica a valladolid que lo perdi tambiem mi despido fue objetivo me liquidaron con 20 dias por año 5060 euros y no saque nada mas de la empresa,mi situacion actual es que e agotado el paro tengo una ayuda se subsidio de 426 euros que no tengo ni para pagar el alquiler tengo dos hijo y esposa y no tenemos ningun otro tipo de ingresos esto es lo que hace este gobierno y encima les da la razon a estos emplesarios una verguenza pero es asi, si lo que comentais es cierto volvere a los juzgados para que a estos emplesarios les den lo que se merecen por jugar con personas y las familias de estas muchas gracias
ResponderEliminarPor mucho menos se empapeló a Lola Flores..., y ahora hacen amnistías a lo que es la lacra de la sociedad. Y, lo que es peor, como ya se ha expuesto, a casi ninguna empresa le va convenir a estas alturas confesar su infracción. Tenemos un Gobierno de pega que no conoce ni sus propias leyes ni tampoco toma decisiones pensadas ni consensuadas.
ResponderEliminarmuy muy bueno una vez más laboro. Increíble. Con solo unos cuantos más publicando como tú, cambiaría algo este país, al menos las mentes de algunos. enhorabuena.
ResponderEliminarEl problema a todo esto es que el trabajador no se enterará porque como ya explicó el ministro la amnistía (que tampoco se llama así porque sería inconstitucional) incluye que las peticiones de la dicha amnistía y sus resoluciones, permanecerán en la más absoluta discreción, lo que es sinónimo de secretismo. Creo que Montoro ya se adelantó a esto.
ResponderEliminarNo dudo que la amnistía, a la par de inmoral, será un fracaso, pero no por esto, eso ya quedó claro.
Yo tambien creo que es confiencial por lo que no sabremos quien tenia dinerillo fuera. Que pena no? Deberían hacerlo público para que demostraran su arrepentimiento que es el paso previo al perdón
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