Las empresas que sigan teniendo impedida su actividad por el COVID-19 siguen en la misma situación. Pero las empresas que ya no tengan impedido reiniciar su actividad, aunque sea parcialmente, van a ver reducidas esas exenciones.
Las de menos de 50 trabajadores solo estarán exentas del 60% en mayo y del 45% en junio de las cotizaciones de cada uno de sus trabajadores que siguieran incluidos en el ERTE. Pero si la empresa renunciara al ERTE, estaría exenta del 85% en mayo y del 70% en junio de las cotizaciones a la SS de los trabajadores que que reiniciaran su actividad desde la renuncia. Aunque evidentemente por otro lado habría que volver a pagarle el salario al trabajador.
En las empresas de 50 trabajadores o más sucede exactamente lo mismo, pero las exenciones serán del 45% en mayo y 30% en junio por los trabajadores que siguieran en ERTE y del 60% en mayo y del 45% en junio por los que salieran del ERTE si la empresa renunciara al mismo.
Hay que recordar que las cotizaciones se pagan a mes vencido, es decir que las empresas aún no han pagado sus cotizaciones de mayo. Esto es lo que permite que esta nueva norma se aplique a la cotización de mayo completa aunque la norma la hayan publicado la semana pasada.
Todo esto será de aplicación hasta el 30 de junio de 2020. A partir del 1/7/20 los trabajadores incluidos en un ERTE volverán a la normalidad, es decir que se les exigirá tener cotizados 12m para cobrar el paro y lo irán gastarán cuando lo cobren. Por otro lado, desde julio de 2020 inclusive todas las empresas tendrán que volver a pagar todas sus cotizaciones completas de todos sus trabajadores.
Es obvio que el objetivo de esta medida es no solo facilitar sino favorecer o "empujar" a las empresas para que vayan sacando trabajadores del ERTE conforme su territorio vaya pasando de fase de "desescalada". Porque actualmente hay muchas empresas que se han tomado el ERTE como una especie de barra libre, por la cual si les hace falta un trabajador un día lo sacan del ERTE y pagan sueldo y cotización pero si no les hace falta lo vuelven a meter en el ERTE porque no pagan sueldo ni cotización. Es decir, como el "contrato de cero horas" que existe en el Reino Unido y que los patriotas están deseando imponer en España, pero de momento no han podido. Quien no sepa de qué va eso, que vea la película "Sorry We Missed You" de Ken Loach, porque es el contrato que tiene la esposa del protagonista. Además para tener carnet oficial de rojeras hay que ver esa película y todas las demás de Ken Loach, porque si no luego haces el ridículo en los contubernios sociocomunistas y al acabar ni siquiera te dejan beber del cáliz de sangre de neonato, los muy bordes.
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Hasta lo que he visto de la ley, y sobre todo del Noticias RED que ha emitido Seguridad Socia a raíz de esta nueva ley el 14 de mayo, la aplicación de estas bonificaciones en la cotización se produce a partir del día 13 de mayo, esto es, si el 11 de mayo se han reincorporado trabajadores por que ya podían reiniciar teniendo en cuenta la fase en la que estaban...estos no se verán beneficiados por esta medida...Ya os digo, esto lo he concluido del Noticias RED, os agradecería pudierais decirme si estoy equivocada, pero es frustrante que cambien las reglas a mitad de partido y como consecuencia ocurran estas cosas.
ResponderEliminarLa norma no lo dice claro. Dice "desde el momento en el que las causas reflejadas en dicho precepto permitan la recuperación parcial de su actividad, hasta el 30 de junio de 2020".
EliminarYo dos veces h llamado al sistema red y me dijeron que de momento esas exenciones son a partir del 13 de mayo.
EliminarSi has reincorporado a tus trabajadores antes no hay exención.....
Ojo, que hoy 20-05-2020 salido un nuevo BNR, el 12, que aclara sobre este tema.
EliminarLaboro donde dice "lo irán gastarán" imagino que querías decir "lo irán gastando"
ResponderEliminarSi, parece ser q han "aclarado" el noticias red previo..."rectificado" diría yo pero bueno.. q país!
ResponderEliminarHola, tengo una duda que puede afectar a muchos fijos discontinuos de hosteleria, por si alguien ha podido confirmarlo....... si la empresa sigue pagando la cotización estando en ERTE (aunque aplique las bonificaciones indicadas en el articulo) el trabajador en dicho periodo genera prestación por desempleo? Gracias
ResponderEliminarHola, 20 de octubre, fin de contrato , 1 año trabajado (365 dias) ,no tengo derecho a los 4 meses de prestacion por desempleo porque el SEPE dice que los 128 dias del ERTE no cotizan al desempleo,vamos que si estan cotizados porque los pago el estado pero no cuentan ,¿como averiguar si esto es verdad? en la vida laboral figuran como dias efectivos en situacion de alta
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