Horario de trabajo.
La distribución de la jornada de trabajo será libre dentro de cada empresa sin necesidad de hacer caso a lo que diga el convenio aplicable. Por tanto, aunque el convenio diga que se trabaja 1780h anuales de lunes a viernes, las empresas podrán hacer que se trabaje de lunes a sábado, a turnos o como quieran, pero sin sobrepasar el límite de 1780. Eso sí: los empleados a los que se les modifique el horario mantendrán su derecho al conflicto colectivo y/o demanda individual contra dicho cambio o a la rescisión voluntaria de su contrato cobrando indemnización 20d año y paro.
Congelación del sueldo.
El llamado "descuelgue salarial" (congelación del sueldo o no aplicación de las subidas) por dificultades económicas ya existe en el Estatuto de los Trabajadores desde hace años. Hasta ahora, esa rebaja sólo se podía hacer siguiendo el método y cumpliendo los requisitos indicados en el convenio aplicable. La diferencia es que cuando entre en vigor la reforma se podrán congelar los salarios de toda la plantilla mediante pacto de empresa, diga lo que diga el convenio, pero sólo si no hacerlo hiciera peligrar los empleos. Este pacto sólo podrá durar lo que le quede de vigencia al convenio o, en su defecto, 3 años.
Despido parcial.
- Por causas económicas, organizativas y de producción, las empresas podrán reducir temporalmente las jornadas de sus trabajadores entre un 10% y un 70% sin pagarles indemnización alguna. No hay límite superior ni inferior en cuanto al nº de trabajadores afectados. Esto ya existía antes y era conocido como el ERE de reducción de jornada. La diferencia es que antes no existían los límites 10-70 ni se exigía que fuera de forma temporal y sobre todo queda claro que se tendrá derecho al cobro del paro. También parece concluirse que la empresa en ERE temporal no podrá contratar trabajadores nuevos y que cuando mejore su situación deberá reincorporar a los reducidos.
- Está pendiente de desarrollarse un reglamento en el que puede que se obligue a realizar cursos a los trabajadores a los que se les aplique este despido parcial si quieren cobrar el paro de la parte de jornada que les quiten. No es un secreto que estos cursos serán impartidos casi siempre por los centros de formación de los sindicatos y organizaciones empresariales.
Consecuencias.
- Ya sabemos lo que significa un "pacto de empresa" en una empresa española. En la inmensa mayoría de las ocasiones significa que lo firma el delegado de la empresa pequeña que no sabe ni lo que hace y que le dicen "firma aquí o a la puta calle". Por tanto las congelaciones de salario van a ser muy fáciles de conseguir. Por supuesto tenemos los casos del Comité de empresa con mayoría de Fasga, Fetico u otros sindicatos amarillos, que firmarán todo lo que digan las empresas que los mantienen.
- Como hace años, puede que vuelvan aquellos cursos que había que hacer obligatoriamente para cobrar el paro. La diferencia es que antes los daba el INEM con su propio personal, aunque fuera subcontratado. Ahora los darán los sindicatos y las asociaciones de empresarios. Todos conocemos la calidad de esos cursos y su seriedad en cuanto a asistencia y evaluación de los conocimientos efectivamente adquiridos. ¿Quién no ha hecho un curso de "informática avanzada" en el que te creas tu primer email y aprendes a subrayar con el Word?
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Que fuerte, y nosotros de brazos cruzado
ResponderEliminarVamos a ser las "putas" (sin ánimo de ofender a prostitutas) a merced de la empresa...
ResponderEliminar¿Podrías hacer un post explicando el tema éste de que no se puede rechazar un curso más allá de los primeros 30 días de cobrar el paro? Si yo soy Informática, por ejemplo, y me mandan a hacer un curso de Pastelería, ¿tengo que ir?! ¿Existirá alguna limitación en cuanto a la distancia a desplazarse para el curso o pueden mandarme desde Aranjuéz a Navacerrada aunque no haya transporte público?
ResponderEliminarUn saludo y sigan informándonos, por favor.
Desde luego cuantos pasos para atras estamos dando los operarios. Lejos estamos de esos pasos que dierón nuestros abuelos y padres para tener derechos los trabajadores, yo tengo una pregunta ¿y la vaselina quien lo pagaran los empresarios? ¿o nosotros?. En fin, o hacemos algo o nos dolerá el trasero muchos años.
ResponderEliminarUna duda respecto al cambio de jornada. El convenio dice que los viernes debe haber jornada intensiva. Sin embargo la empresa quiere que hagamos turnos para cubrir en jornada partida los viernes sin ninguna explicación. Somos ocho trabajadores. No ha habido una comunicación oficial y se nos ha dicho a través de uno de los compañeros asignándose los turnos como le ha salido del culo al jefe. El procedimiento es correcto? Que se puede hacer? si demando tengo que hacer los turnos mientras no hay sentencia? Gracias por la respuesta. Un saludo. Jose Manuel
ResponderEliminarPárrafo 1 del artículo.
ResponderEliminarCongelación salarial
ResponderEliminar¿Esta en vigor la reforma para que te lo puedan aplicar?
¿Puedes recurir si hay un pacto de empresa?
¿Cuando salga un nuevo convenio el pacto de empresa se anulara automaticamente?
Y si en el pacto antiguo te amplian 2 años más de congelación segun el nuevo convenio del 50%.
¿Lo pueden hacer? ¿Hasta que punto es legal?
1- Claro que sí.
ResponderEliminar2- Sí, porque la congelación sólo se puede aplicar si la situación y perspectivas económicas de la empresa pudieran verse dañadas como consecuencia de la aplicación del régimen salarial del convenio, afectando a las posibilidades de mantenimiento del empleo en la empresa. En el acuerdo deberá estar explicado contablemente con datos concretos por qué se cumple eso y en caso de demanda LO TENDRÁN QUE PROBAR. Además en el acuerdo debe estar la programación de la progresiva recuperación de las condiciones salariales establecidas en el convenio. Si no está o no está lo suficientemente concretado (por ejemplo, dice "cuando se pueda", "cuando mejoran los ingresos") es otro motivo para que sea anulado.
3- Sí. Y si no hay convenio nuevo el pacto puede durar como máximo 3 años.
4- No vale ampliar el pacto anterior. Habría que firmar un nuevo pacto con los nuevos representantes de los trabajadores.
Hola!
ResponderEliminarMe estoy poniendo mala de leer lo que se nos viene encima pero...Una vez entendido, que propuestas serian mejores...Para conseguir lo que quieren: aumento de contratos indefinidos, bajada del paro,... sin perjudicar a las empresas y sin perjudicar a los trabajadores...
Creo que lo que se ha propuesto no es justo pero no se tanto sobre este tema como para poder pensar propuestas viables...Seria genial un post que se titulara algo asi como: un undo ideal..aunque fuera totalmente relativo a la opinion del escritor...
Mil gracias!!!
L.