Pero es que además el asunto no va ni sobre emails ni sobre whatsapps sino sobre un trabajador que a petición de la empresa y en un ordenador de la empresa creó y usaba una cuenta del prehistórico Yahoo Messenger (el asunto es del 2007) para atender a los clientes, pero también usaba el Messenger para hablar con su novia y con su hermano con una cuenta personal diferente de la empresarial. La empresa sí que había prohibido el uso de sus ordenadores para fines personales e incluso había avisado por escrito de que se efectuaría una vigilancia o monitorización al respecto, cosa que hicieron. La empresa accedió a la cuenta de Messenger privada del trabajador, imprimió los mensajes privados (algunos de contenido íntimo) de 8d seguidos y lo despidió.
Es decir que todo parecía que estaba en contra del trabajador porque había demostración de uso privado de medios de la empresa, había aviso previo de la vigilancia, etc. Pero aún así la sentencia ha sido favorable al trabajador. Es decir que es todo lo contrario de como lo han contado en la tele. Según la tele el asunto ha sido que el despido habría sido correcto porque la empresa te puede mirar todo (emails y whatsapps) siempre que te avisen. Pero la realidad es que el asunto ha sido que el despido no ha sido correcto porque, aunque la empresa avisó, el Tribunal ha considerado que el aviso no era lo suficientemente específico y que no se valoró si la empresa hubiera podido vigilar con métodos menos intrusivos. Una cosa es probar que el trabajador usaba una cuenta privada de Messenger en el ordenador de la empresa y otra muy distinta es leer e imprimir el contenido de los mensajes privados a su novia y hermano.
Ahora imaginad qué pasaría si el asunto fuera que una empresa despidiera a un trabajador por el contenido de sus emails privados o de sus whatsapps privados pero que los hubiera usado en su propio ordenador o teléfono y no en los de la empresa.
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Es decir (y bajo lo que entiendo tras la lectura), que si el aviso está bien especificado, la empresa te puede despedir.
ResponderEliminarES DECIR, QUE LA EMPRESA NO PUEDE CHAFARDEAR TU INTIMIDAD PRIVADA.
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