El desprecio total a la causa de los contratos temporales.

Los trabajadores bien informados, que son muy pocos, saben que los contratos temporales tienen que tener una causa justificada que, llegado el caso, tendría que probar la empresa. Dicho a la inversa: todo contrato tiene que ser indefinido por defecto y solo cuando hay una causa justificada se puede hacer un contrato temporal. Esa causa no puede ser cualquiera, sino que solo valen unas pocas definidas por la ley. Además, aún suponiendo que hubiera causa válida, los contratos temporales tienen límites de duración, de nº de contratos por trabajador y de nº de contratos por plantilla. Si todo esto no se cumpliera, el contrato se transformaría automáticamente en indefinido, porque sería lo que se conoce como un contrato temporal en fraude de ley (enlaces al final).

Extraordinario. Qué bonito es el sistema legal españistano de contratación laboral. Pero la realidad es que todos los empresarios y "asesorías Pepe" se lo pueden pasar por el arco del triunfo sin que nadie se lo impida. Cuando un contrato es temporal, la ley obliga a que sea por escrito, a poner en el contrato la causa que justifica que sea temporal y a comunicar una copia del contrato al SEPE. Pero todo se lo saltan cuando quieren.

Empecemos por la causa de temporalidad que ponen o ponían en los contratos temporales. Resumiendo mucho, la causa de temporalidad tiene que estar perfectamente identificada, no ser una especie de generalización o ambigüedad, y por supuesto tiene que ser una tarea especial que se pueda identificar como temporal y no la necesidad habitual de trabajo en la empresa como el que hacen el resto de trabajadores incluyendo los indefinidos.

Pero las "asesorías Pepe" pueden poner y de hecho ponen como causa de temporalidad absolutamente el texto que les da la gana sin problema alguno. Incluyendo causas totalmente absurdas, falsas e inventadas. Hasta algunas que suenan a cachondeo, algo así como si le dijeran a todo el mundo en su cara y por escrito que se saltan la ley porque quieren y porque pueden. Por citar solo algunos ejemplos reales, en Laboro se han visto contratos temporales con las siguientes causas de temporalidad en negro sobre blanco:

  • Contrato de un informático por "mantenimiento técnico de webs de clientes para temporada de primavera."
  • "Exceso de trabajo."
  • "Atender faena."
  • "Despachar documentos."
  • "Dar clases de letras."
  • "Cocina de verano."
  • "Tareas varias."
  • "Campaña de navidad, carnaval y semana santa" con 6 meses de duración.
  • "Prestar soporte a plantilla habitual."
  • "Acumulación de tareas de venta en comercio."
  • Contrato de 6 meses con el que el empleado llevaba 24 años trabajando.
  • "Aumento afluencia de público."
  • "Actualización de conocimientos y reciclaje" en contrato temporal tras reincorporación de una excedencia de contrato indefinido.
  • Dependienta de tienda de lencería: "Atender la venta a clientes, ordenar, clasificar, marcar las mercancías, etc."
  • "El trabajador realizará las tareas propias a su categoría en espera de mayor afluencia de público por estas fechas debido a fiestas y verano."
  • "El objeto del presente contrato son las tareas propias de ayudante de comercio en temporada de incremento excepcional de faena debido a la buena acogida que ha tenido nuestra nueva gama coral y por fin de temporada."
  • "Nuevo servicio terraza de verano"... en noviembre.
  • "Aumento nivel de trabajo."
  • "Estudio, diseño, coordinación y ejecución de las medidas necesarias a desarrollar para la promoción y difusión de las acciones a realizar por este ente público de derecho privado en la implantación y desarrollo de la Sociedad de la Información."
  • "La realización de las funciones de auxiliar de caja en el nuevo centro de trabajo que la empresa tiene previsto abrir antes finales de octubre y principios de noviembre, estando su continuidad sujeta a que la actividad desarrollada en el mismo sea rentable para la empresa."

Así hasta el infinito. Pero eso era antes, cuando era obligatorio darle al SEPE una copia del contrato. Desde hace unos años solo es obligatorio comunicarle al SEPE los datos básicos del contrato, no una copia del contrato en sí mismo. Pero la causa de temporalidad no está entre los datos básicos que la empresa le tiene que comunicar al SEPE. Alucinante. La causa de temporalidad es sencillamente el dato más importante de un contrato temporal porque es el que define si vale o no como contrato temporal. Pero el legislador se ocupó de que ese dato no se pasara al SEPE. ¿Por qué? Obviamente, para que nadie pudiera decir que el SEPE tuviera la culpa del descontrol del fraude masivo en la contratación temporal.

Esto ha producido que desde hace unos años, en muchísimas empresas y "asesorías Pepe" ni se molesten en que el trabajador firme físicamente el contrato temporal antes de empezar a trabajar o bien se lo dan para que lo firme unos meses después o incluso después de que lo echen. Es decir que hacen contratos temporales verbales y sin poner la causa de temporalidad, pasándose por ahí las dos normas básicas en un solo movimiento. No ya poniendo alguna tontería o alguna mentira, sino sencillamente sin poner nada. Y no pasa nada. Nadie lo impide ni antes, ni durante ni después. Obviamente, todo trabajador que no haya firmado su copia del contrato temporal en realidad es indefinido. Pero eso tampoco importa, porque la inmensa mayoría no llegará a saberlo nunca y de los pocos que lo sepan no demandará casi ninguno. Por supuesto, los sindicatos jamás iniciarán demandas masivas de conflicto colectivo contra las empresas que hacen masivamente contratos temporales en fraude. ¿Por qué? Pues muy sencillo: porque la realidad es que nunca lo han hecho. Por algo en Laboro hablamos habitualmente de los sindicatos que saben comportarse. ¿Cuántos afiliados tienen estos sindicatos con contratos temporales en fraude sin que el sindicato les haya informado de ello y menos aún les haya animado a que demanden? ¿Cómo se explica que un temporal pague la afiliación pero luego no la use para demandar ser indefinido cuando lo es? ¿Se afilia solo para pagar sueldos de sindicalistas y sindicalistos?

Es evidente que siempre ha existido una voluntad política de permitir todos los contratos temporales sin revisarlos. Es decir que por un lado hacen una ley que dice que los contratos por defecto tienen que ser indefinidos pero por otro lado y por la vía de los hechos permiten que cualquiera haga todos los contratos temporales que quiera sin respetar ninguna de sus normas. Si algún trabajador demandara, entonces sí, a ese le harían indefinido, pero no a los demás. En algunos casos incluso actúa la inspección de trabajo y obliga a hacer indefinidos a todos. Pero son casos que puedes contar con los dedos del caballo del novio de la Barbie.

Artículos relacionados:

Puedes suscribirte gratis para recibir por email los nuevos artículos que se publiquen sobre derechos de los trabajadores. Proporcionamos servcios profesionales de consultas laborales privadas y de redacción de denuncias ante Inspección de Trabajo, sin necesidad de decir en qué empresa trabajas. Dispones del libro "Tus Derechos en el Trabajo" , de otros libros y modelos y de la recopilación gratuita de "conocimientos básicos" para aprender a defenderte tú solo, sin obligación de pagar abogado.

Todos los artículos pubicados en Laboro son 100% originales. Son otros los que copian contenido e imitan el nombre.

5 comentarios: