Un empresario no es lo mismo que un empresario y una asesoría no es lo mismo que una “asesoría Pepe”. Las asesorías competentes usan el modelo obligatorio; pero las “asesorías Pepe” puede que ni siquiera sepan que existe la obligación, que lleva vigente casi 30 años, o que no se hayan molestado en comprobar el convenio o acuerdo o simplemente que les importe tres pitos y cuatro oboes. Las "asesorías Pepe" podrían usar su modelo propio de nómina porque usar otro modelo, por muy obligatorio que fuera, sería complicarse la vida en vez de seguir haciendo lo de siempre, como todo el mundo según ellas. Pero sobre todo porque consideraran que serían los clientes de las "asesorías Pepe" quienes pagarían las consecuencias en caso de sanción y/o reclamación económica de los trabajadores de los clientes.
Aparte de que el modelo sea o no el legal, aún encima hay nóminas que son un emplasto ininteligible que no cuadra por ningún sitio y menos aún con la ley. En el servicio de consultas laborales privadas de Laboro hemos visto de todo. Por ejemplo, poner como cotizables conceptos que no son cotizables, causándole gastos a la empresa. O aún peor: poner como no cotizables conceptos que sí que son cotizables, perjudicando al trabajador y exponiendo a la empresa a una grave sanción de la Inspección de Trabajo. O meter las horas extras en cualquier sitio menos en el correcto, retener menos IRPF del correcto para que el trabajador se crea que cobra más, no poner conceptos obligatorios del convenio o calcularlos mal, usar tablas salariales “caducadas”, poner puestos de trabajo totalmente inventados que no están en el convenio… No os perdáis la nueva película “Las nóminas inventadas” y el libro “Calcule nóminas con montones de piedras”; de los mismos creadores de los contratos temporales sin firmar, del "derecho" de las empresas a acogerse a un convenio según cómo se llame, de los finiquitos por excedencia, de las reducciones voluntarias de jornada como contratos a tiempo parcial… Una gran saga de obras imprescindibles sin la que no puede entenderse la Españistán del siglo XXI… o algo así.
Afortunadamente para ti como trabajador, pero no para las empresas clientes de las “asesorías Pepe”, no importan las anormalidades que digan sus nóminas. No es imprescindible que entiendas las nóminas perpetradas por las “asesorías Pepe” ni que las "corrijas". Solo necesitas saber lo que te tiene que pagar realmente la empresa según tu convenio correcto y tu clasificación profesional correcta, tanto por conceptos salariales como extrasalariales. Sabiendo cuánto tienes que cobrar legalmente, puedes presentar demanda de reclamación de cantidad pidiendo la diferencia respecto a lo que has cobrado en total con las nóminas ininteligibles de la “asesoría Pepe”. Puedes pedir esa diferencia no solo en adelante, sino también 12 meses hacia atrás y con intereses moratorios del 10% sobre el salario. En algunos casos hay que ser algo más preciso, pero en la mayoría de casos basta con esta forma resumida para calcular la deuda.
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Cuando solicitas una excedencia la empresa no te tiene que hacer finiquito???
ResponderEliminarSupongo que laboro se refiere a faenas como que te dan de baja en la seguridad social con el epígrafe de baja voluntaria y no de excedencia. Por eso hay que tener una copia sellada y firmada del escrito de excedencia.
EliminarEn caso de que el trabajador solicite una excedencia sí le corresponderá el pago del finiquito, pues el empresario deberá liquidarle las cantidades pendientes. Lo que no obtendrá el trabajador es indemnización alguna, pues la excedencia no es un supuesto que dé lugar al pago de una compensación.
EliminarCorrecto. La verdad que no se a qué se refiere laboro al haber mencionado finiquito y excedencia.
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