Las empresas no tienen “prioridad” sobre los trabajadores.

Hay dos argumentos completamente falsos que los empresarios, y sobre todo los empresaurios, suelen utilizar en sus conversaciones, negociaciones y disputas con los trabajadores. Es curioso que haya millones de trabajadores que se los crean y repitan en el bar sin hacer la mínima evaluación crítica. El primero es considerar las necesidades de las empresas como prioritarias sobre las necesidades de los trabajadores. El segundo es considerar que estas necesidades regulan los derechos de los trabajadores.

El primer argumento lo oiréis cada vez que se hable de mejoras de los derechos de todos los trabajadores. Dicen que si una mejora para los trabajadores supone mayores costes para las empresas en general, entonces es seguro al 100% que se pierde empleo y al final también resulta ser una mala medida para los trabajadores, para la economía en general y “para España”. Pero los mismos que dicen eso también dicen que todo lo que sea favorecer el consumo es bueno para las empresas en general. ¿Pero acaso no es obvio que los trabajadores de una empresa son los clientes de todas las demás empresas y a veces también de la misma empresa donde trabajan? ¿O los clientes y los trabajadores son razas alienígenas diferentes que no se reproducen entre ellas? ¿No era que donde mejor está el dinero es en el bolsillo de los trabajadores? Qué lio.

Además de que no hay que olvidar que las empresas son personas jurídicas, no personas físicas como los trabajadores. Una empresa se llama Pepito S.L. y tiene un CIF, pero no tiene orejas ni brazos ni cerebro porque no es una persona física. Las personas físicas tienen todos los derechos fundamentales y constitucionales pero las personas jurídicas solo tienen algunos. Por ejemplo, los trabajadores como personas físicas tienen el derecho “a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia”; pero las empresas como personas jurídicas no tienen este derecho. Lo cual quiere decir que el Estado no tiene obligación alguna de asegurar que ninguna empresa tenga beneficios suficientes por encima del derecho a remuneración suficiente de sus trabajadores. Sin embargo, con ocasión de las últimas subidas del salario mínimo ha habido montones de empresarios y empresaurios lloriqueando en las redes sociales y medios de comunicación con el argumento de que ellos no pueden pagar esas subidas. Pues mire usted, el que no pueda que cierre el negocio o despida trabajadores reduciendo su actividad. Los empleados que eche se podrán ir a otras empresas de la competencia, que se llevarán a todos sus clientes en caso de que cierre o a una parte de ellos en caso de que reduzca su actividad.

Otros ejemplos son los derechos a la salud y a la protección social, económica y jurídica de la familia. Derechos que tienen los trabajadores, pero no las empresas, y que justifican que existan el sistema público de salud, las cotizaciones, las prestaciones de la Seguridad Social (bajas médicas, paro…), los derechos de conciliación familiar, etc. Que siempre salta el listo que dice que eso lo pagan las empresas... olvidando que eso lo disfrutan también las empresas al ser derechos que mejoran la vida y la economía de los clientes de las empresas.

El segundo argumento se usa más en las relaciones laborales individuales o colectivas en casos concretos y empresas concretas. Consiste en decir que los derechos de los trabajadores se pueden ver comprometidos cuando una empresa tiene una necesidad concreta u obligación concreta con sus clientes. Por ejemplo, las típicas empresa que proporcionan servicios 24x7 a sus clientes, sean servicios de vigilancia, de informática, de suministros, de mantenimiento, de atención al cliente… Oye Jacinto, que tienes que tener el teléfono abierto 24h porque en cualquier momento te podemos llamar o un cliente te puede llamar para atender una incidencia o necesidad. Pues no, porque el derecho a la desconexión digital es para todos los trabajadores incluyendo los de las empresas que prestan servicios 24x7. Oye Porfirio, que tienes que hacer montones de horas extras porque si no no te da tiempo a hacer el servicio que el cliente nos paga. Pues no, porque el derecho al descanso diario, el derecho al descanso semanal y la jornada máxima existen para todos los trabajadores, con unas regulaciones especiales en algunos casos. Que luego sale el listo diciendo que no te preocupes que te pagamos las horas extras, que te pagamos las guardias, que te lo pagamos todo… Pues mire usted, ni aún así porque hay muchos derechos de los trabajadores que no son susceptibles de compensación económica y muchas cosas que directamente están prohibidas incluso aunque se paguen aparte. Por ejemplo no se puede pagar por reducir los días de vacaciones ni se pueden pagar más de 80 horas extras anuales.

¿Que cumplir con todos los derechos de los trabajadores supusiera que una empresa tuviera que contratar a más personal? Pues sí… ¿y qué? Es su problema, que para algo son los empresarios que se llevan los beneficios y tienen el poder organizativo. Volvemos al caso de antes… la empresa que no tenga personal suficiente que cierre y sus clientes se irán a otra que sí que lo tenga. ¿Lo mejor no era la sana competencia? Pues eso...

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