Subofertas de subempleo con subsalario.

Todos habréis conocido ofertas de empleo con altos requisitos, pero salario ridículo. Un claro ejemplo está actualmente en portada de Meneame: "Licenciado en Diseño Gráfico" por 720€. Por supuesto pedían un amplio abanico de conocimientos informáticos.

Lo que llama la atención es que el 99,99% de la gente crea que quien la acepte tendrá que joderse con sus 720€ hasta que los pajaritos vuelvan a cantar en el mundo globalizado. Craso error. El derecho laboral español es fuertemente garantista y su principio fundamental (o uno de ellos) es el de la condición más beneficiosa, santificado en el artículo 3 del Estatuto de los Trabajadores.

Traducción: si os veis en un caso así podéis aceptar la oferta firmando el contrato y demandar luego incluso después de que os echen porque el hecho de firmar el contrato no supone en absoluto la renuncia a ninguno de vuestros derechos laborales, como es el salario o cualquier otro. En el artículo publicado en Laboro "Reclamación de cantidad laboral" se explica cómo hacerlo y en el artículo sobre demanda de diferencias salariales se explica un ejemplo.

Por tanto, un informático inteligente si quiere acepta esa oferta y pasados X meses podrá poner su demanda de reclamación de cantidad, porque el convenio aplicable es el de consultorías, porque la actividad de la empresa se supone que debe ser de servicios informáticos. Quien lo dude que lea el artículo publicado en Laboro "Los fraudes a los informáticos, parte 1". En cambio, si la empresa fuera de publicidad, el convenio sería el de publicidad

Esto es así le guste a la empresa o no y diga el contrato lo que diga. Las empresas no pueden elegir el convenio que más les guste lo mismo que no pueden elegir el tipo de IVA que prefieran. Tienen que aplicar el convenio que les corresponda por la actividad real que tienen. Tras ganar el juicio la empresa le tendrá que pagar la diferencia entre lo que le han pagado y lo que tenían que haberle pagado según las tablas salariales del convenio y además con un 10% de interés anual. Hay que tener en cuenta que sólo se podrá cobrar la diferencia de los 12 meses anteriores a la solicitud del acto de conciliación y que la demanda se puede poner también después de que el informático inteligente se vaya o le echen.

Por supuesto esto es aplicable a cualquier empleo de cualquier sector de la economía, no sólo a los informáticos o diseñadores gráficos. O sea que les pueden aplicar la misma medicina a las empresas que buscan un contable por 800€, un camarero por 700€ o un comercial sin alta en la SS. La medicina es firmar y luego demandar.

Pero un informático inteligentísimo lo que haría realmente sería no aceptar esta oferta y seguir cobrando el paro mientras pueda y no haya una oferta que cumpla con el convenio, que no es mucho pedir. Esa es la verdadera razón de que quieran endurecer el cobro del paro. No es el fraude del albañil que cobra el paro y hace chapuzas. La razón principal es obligar a la gente a aceptar este tipo de ofertas.

Por eso también quieren acabar con la negociación colectiva. Dicho así casi nadie lo entiende. Pero si en vez de eso decimos que lo que quieren es que no haya convenios y que los salarios sean libres, eso sí que lo entiende todo el mundo. Así el informático inteligente no podría demandar si aceptara la oferta.

En los últimos meses están en juego cosas muy importantes, pero parece ser que la gente anda más preocupada por la Ley Sinde. Otro gallo les cantaría si se supieran el Estatuto de los Trabajadores y su convenio igual que se saben, o creen saber, los artículos sobre propiedad intelectual del Código Penal.

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