El derecho a descanso por "bocadillo".

En los últimos días no sólo estáis oyendo que el TS ha dicho que los convenios ya no mueren sino que puede que también hayáis oído que el TS ha dicho que todos los trabajadores tenéis derecho al descanso retribuido de bocadillo. Pero la realidad es que no ha dicho nada de eso.

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La contractualización del convenio tras el fin de su vigencia.

Ya quisiérais, pero no, lamentablemente el TS no ha dicho TODAVÍA que se mantenga la ultraactividad de los convenios aunque haya pasado más de un año desde que finalizó su vigencia. Tampoco ha dicho todavía que no se mantenga; aún no se han pronunciado al respecto. Sencillamente ese no es el tema de la nueva sentencia del TS. ¿Entonces qué narices ha dicho? Pues en realidad aún nada, porque la sentencia aún no se ha publicado, pero sí que hay un comunicado oficial del CGPJ al respecto que es el único texto en el que cabe basarse para informar, a la espera del texto definitivo. Al lío:

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Nuevas normas laborales en la gestión de las bajas médicas.

En el 2015 habrá novedades importantes respecto a la gestión de las populares "bajas". Parte de la nueva normativa ya está en vigor, otra entrará en vigor el 1/1/15 y otra el 1/3/15. Por tanto es tiempo de hacer la "traducción" adecuada de esta nueva norma en la parte que más interesa a los trabajadores:

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Las horas extras ilegales.

Todos sabéis que los empresaurios hispánicos suelen imponer la realización de horas extras ilegales al trabajador, es decir ni pagadas ni compensadas con tiempo de descanso. En casos así, se generarían dos deudas por parte de la empresa. Por un lado el dinero que te debieran a ti por el impago y por otro lado el dinero que le debieran a la SS por la cotización de ese impago:
  • Para el dinero que te debieran a ti, podrías presentar una demanda de reclamación de cantidad, añadiendo un 10% de interés moratorio. No sería obligatorio que contrataras abogado sino que lo podrías hacer tú mismo, para lo que dispones de un libro en PDF que explica el proceso e incluye los modelos necesarios para los casos habituales.
  • Para el dinero que le debieran a la SS, podrías presentar una denuncia ante Inspección de Trabajo; en cuyo caso la empresa no solo podría tener que pagar las cotizaciones con recargo, sino además pagar la sanción correspondiente por las faltas cometidas, que podrían ser varias. Podrías aprovechar la misma denuncia para cualquier otro incumplimiento de la empresa en cualquier otra materia laboral, tanto si fueras tú el afectado como si lo fuera el resto de la plantilla, total o parcialmente. En Laboro te proporcionamos el servicio profesional de redacción de denuncias ante Inspección de Trabajo.

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La relación entre la precariedad laboral y ciertas formas de corrupción.

Cuando la gente habla de corrupción suele imaginar a un político cobrando una mordida por conceder una obra pública. Pero hay otra forma de corrupción, por un lado quizá menos peligrosa por los importes que pueda alcanzar, pero por otro lado quizá más importante porque no es necesario ser un político de "alto nivel" para poder beneficiarse de la misma. Es tan sencilla que está al alcance de casi cualquier aspirante a corrupto que tenga una cierta capacidad decisoria en un presupuesto y sobre todo está al alcance del típico empresaurio patán. Es decir que la corrupción en la construcción de una autopista no está al alcance de cualquiera, ni en el lado de quien la adjudica ni en el lado de quien la ejecuta. Pero el nivel baja muchísimo cuando hablamos del objeto de este artículo, que es la típica corruptela en la contratación de personal. Y no, no estamos hablando de cobrar un sobre por enchufar a alguien. Hay un chiste bastante viejo que lo explica perfectamente:

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