Trabajar con alta en la SS pero sin haber firmado el contrato.

Todos sabéis que en Españistán no solo existen los empresaurios sino que también existen sus "asesorías Pepe". Hoy vamos a hablar de una situación que solo se puede dar en una asesoría tipo Pepe, porque solo una de esa clase es capaz de perpetrar semejante animalada. Es tan gorda que algunos no os creeréis que pueda existir, pero existe y en Laboro se han conocido varios casos.

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Sí que hay montones de trabajadores que pagan por trabajar.

Los trabajadores en Españistán suelen comentar eso de que "solo nos falta pagar por trabajar". Se creen que es broma pero resulta que no lo es. Hay muchísimos trabajadores que pagan por trabajar en Españistán y la mayoría ni se dan cuenta. Evidentemente no estamos hablando de que haya trabajadores que paguen por trabajar pero no cobren nada sino sencillamente de trabajadores que cobran un salario mensual de X euros pero aparte pagan otra cantidad mensual inferior, por ejemplo X-300€, por seguir trabajando. De esos los hay a patadas. ¿Cómo es posible? Pues muy sencillo:

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Las cláusulas "antiembarazo" son nulas.

En las últimas semanas puede que hayáis oído en los informativos de la TV una noticia sobre el fútbol femenino y en general sobre las deportistas profesionales, en la que se quejan de tener "cláusulas antiembarazo" en sus contratos. Suelen acompañar a la noticia con el testimonio de alguna jugadora que dice que si se quedan embarazadas las echan porque lo permite el contrato al tener la famosa cláusula. Ahí finaliza la noticia televisiva en la cual, como veremos, más que informar han desinformado.

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Los descuentos de días de vacaciones.

En el artículo anterior vimos que todo trabajador tiene derecho a disfrutar de sus vacaciones y cobrarlas mientras las disfruta, incluyendo los trabajadores temporales "normales" y los de ETT, sea cual sea la duración de su contrato. El nº de días de vacaciones es el que diga el convenio, que nunca podrían ser menos de 30d naturales al año. Pero todo sabéis que entre los truquitos de los empresaurios hispánicos también está el de descontar días de vacaciones por múltiples causas que se sacan de la manga.

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El pago prorrateado de las vacaciones es ilegal.

No suele suceder con los trabajadores indefinidos, pero sin con los temporales especialmente cuando tienen contrato por ETT. La situación suele ser de un trabajador que tiene un contrato temporal de por ejemplo 3m de duración y al que le dicen que por ser temporal no tiene derecho a disfrutar de vacaciones pero que no se preocupe que se las pagarán aparte. Pues bien, esto es completamente ilegal.

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El "truco" de empezar las vacaciones los sábados.

La situación típica es la siguiente: Porfirio el que se tiró por la ventana tiene jornada de lunes a viernes y solicita vacaciones de una semana de lunes a domingo. La empresa se las concede pero le dice que no son 7d de vacaciones sino que son 9d porque el convenio dice que las vacaciones son en días naturales. Por supuesto Porfirio está de acuerdo porque si lo dice el jefe por algo será, que seguro que lo pone en la página 7 de la reforma laboral y que la culpa es de los socialistas, de los catalanes y de los sindicatos que comen cazuelas de gambas de esas gordas.

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Conocimientos básicos para defenderte en la empresa.

En Laboro se están publicando artículos sobre los derechos de los trabajadores desde hace más de 10 años. De todos ellos, se han seleccionado y clasificado los siguientes como los más importantes y básicos para que los trabajadores conozcan sus derechos y cómo ejercerlos, pero hay muchos más que puedes encontrar mediante la clasificación por temas y el buscador. Puedes suscribirte gratuitamente para recibir los nuevos artículos por email.

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Algunos trabajadores a tiempo parcial tendrán derecho a cobrar el paro durante más tiempo.

En noviembre de 2017 se informó en Laboro de que una sentencia de la justicia europea había declarado discriminatoria la forma de calcular la duración del "paro" para algunos trabajadores a tiempo parcial. Pues bien, el gobierno actual, que no el anterior, ha reaccionado a dicha sentencia realizando una reforma, es decir cambiando la legislación de forma favorable a los trabajadores aplicando u obedeciendo dicha sentencia. Cosa que no es nada habitual y menos aún tan rápido. De hecho, hablando de memoria, es la primera vez que sucede al menos en los últimos 8 años.

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"Errores" habituales al finalizar la relación laboral.

Siguiendo en la línea de los últimos artículos publicados en Laboro, hoy se aborda el tema de los "errores" habituales de los empresaurios a la hora de la finalización o extinción de la relación laboral por despido, fin de contrato, baja voluntaria, etc. En cada apartado se incluyen enlaces al tema en cuestión. Antes de leer este artículo deberías leer los anteriores sobre los "errores" habituales en el contrato de trabajo y sobre los "errores" habituales en las nóminas.

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