Libro "Tus derechos en el trabajo 8" ya a la venta.

  • Ya puedes comprar el nuevo libro "Tus Derechos en el Trabajo 8", que vende la editorial Lulu.
  • Puedes aprovechar los gastos de envío incluyendo en el mismo pedido el libro de humor "Manolo el del bar. Ya soy empresaurio."

El libro "Tus derechos en el trabajo 8" está actualizado según la última reforma laboral de 2022 (reforma laboral "de Yolanda Díaz"). Incluye todos los cambios en la contratación, subcontratación, convenios colectivos, ERTE, mecanismo RED; además de diversas novedades introducidas por la jurisprudencia que se han producido sobre la legislación laboral que ya estaba vigente antes de la reforma. Contiene multitud de referencias a sentencias de los Tribunales españoles y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

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El Gobierno ha subido lo que se cobra de paro en caso de ERTE por fuerza mayor.

Todos sabéis, o deberíais, que de paro se cobra un 70% los primeros 6 meses, un 50% los posteriores, que se genera derecho al paro después de cotizar un año y que la duración del paro depende del tiempo cotizado anteriormente y no gastado en haber cobrado el paro antes. Muchos sabéis también que en los ERTE especiales de la pandemia de COVID-19 se cobraba un 70% durante todo el ERTE y sin necesidad de haber cotizado ese mínimo de un año, dicho sea de forma muy resumida. Aún hay unos pocos trabajadores en esta situación y estos ERTE especiales de la pandemia han sido prorrogados hasta el 31/3/22.

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Cuándo os tienen que subir el sueldo tras la última reforma laboral.

Como todos los laboreros sabéis ya, los dos cambios más importantes en la última reforma laboral son haber dificultado hacer contratos temporales en vez de indefinidos y haber quitado la prioridad del convenio de empresa sobre el sectorial en materia de salarios. Es decir que os tienen que sibir el sueldo a todos los trabajadores que cobráis menos de lo que dice el convenio del sector. En Laboro ya explicamos cuándo os tienen que hacer fijos a los temporales en aplicación de la reforma laboral. Hoy vamos a explicar cómo y cuándo os tienen que subir el sueldo aplicando el convenio sectorial.

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El Tribunal Supremo hace "política empresarial" con el salario mínimo.

El TS acaba de dictar la sentencia que todos los profesionales estábamos esperando. Recordemos que, cuando empezó a subir fuertemente el salario mínimo en 2019, algunas empresas consideraron que podían absorber esa subida rebajando al mismo tiempo los complementos salariales o incluso eliminándolos. Tema que fue llevado ante los tribunales varias veces por varios sindicatos y que ha acabado en el TS, que acaba de dictar la primera sentencia al respecto y desfavorable a los trabajadores, como todos esperábamos que fuera por razones más que evidentes.

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El Tribunal Supremo se ha cargado los periodos de prueba “según convenio”.

La fórmula favorita de las “asesorías pepe” para rellenar la segunda página de los contratos de trabajo es “según convenio”. ¿Periodo de prueba? Según convenio. ¿Salario? Según convenio. ¿Conceptos salariales? Según convenio. ¿Duración de las vacaciones? Según convenio. Lo hacen de esta forma porque así no tienen ni que molestarse en leer el convenio. Por lo visto, Pepe el de la asesoría pepe cree que poner "según convenio" vale para todo, acaba antes y cobra lo mismo.

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No existe el personal laboral fijo en la Administración pública.

Como es lógico, los trabajadores temporales en fraude y los “eterninos” (interinos eternos) del personal laboral de las Administraciones públicas ansían conseguir “la fijeza”. Por ello ha habido una gran proliferación de demandas judiciales al efecto en los últimos ¿25? años aproximadamente. Pues bien, ese ansia por demandar solo puede explicarse desde la ignorancia, porque sentimos tener que recordar que sencillamente no existe el personal laboral fijo en la Administración pública igual que no existe en la empresa privada. Ni aunque lo diga una sentencia, ni aunque lo diga una resolución de la Administración, ni tras la reciente reforma legal del Ministro Iceta, ni tampoco aprobando una oposición.

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Las verdaderas cuentas del despido tras la reforma laboral de Yolanda Díaz.

Como todos sabéis, el pasado jueves se aprobó la nueva reforma laboral, cuyo principal efecto es que aumenta los salarios de muchos trabajadores y hace mucho más difícil hacerles un contrato temporal en vez de un contrato indefinido. Todos sabéis también que se supone que la reforma no ha vuelto a aumentar el coste del despido improcedente; según dice tu primo, el rojeras para lo suyo pero que vota a Vox o al PP. Dice tu primo que la indemnización de despido improcedente era de 45 días, que el PP la bajó a 33 en el año 2012 con su voto, y que los podemitas a los que no votó le habían prometido a él volverla a subir a 45, pero le han traicionado.

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Yolanda Díaz ha conseguido traicionar a los trabajadores subiéndoles el sueldo y haciéndoles indefinidos.

Hace unos minutos que se ha confirmado en el Congreso de los Diputados la mayor traición que se recuerda a la clase obrera por parte de un gobierno de izquierdas, porque ha conseguido aprobar su nueva reforma laboral. Desde ya, los trabajadores tenéis la desgracia de que las empresas van a tener la obligación legal de haceros indefinidos antes e incluso en muchos casos desde el primer día. Por ejemplo, os ha caído encima el marrón de que ahora ya no os pueden hacer contratos temporales por obra para las subcontratas sino que os tienen que hacer fijos o al menos fijos discontinuos.

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