En la cabecera de tu nómina deberías tener ambos datos. En el modelo oficial de nómina tienen los nombres correctos (grupo profesional y grupo de cotización), pero en los modelos antiguos (y sancionables) que usan muchísimas empresas se llaman "categoría" y "tarifa". Puedes verlo en las imágenes siguientes, sin descartar que tu empresa use otro modelo de nómina en el que les hayan puesto otros nombres a estos datos, como "puesto" o "GC". El caso es que en el dato del grupo profesional o categoría dirá el nombre interno de tu puesto de trabajo en la empresa: recepcionista, fontanero, operario, albañil, ingeniero, arquitecto… mientras que en el dato del grupo de cotización o "tarifa" habrá o debería haber un número del 1 al 11.
Ya explicamos a los trabajadores lo que es la clasificación profesional correcta en la empresa. Depende del convenio aplicable a la empresa y divide a los trabajadores en grupos o categorías profesionales. Por tanto, a efectos de lo que vamos a explicar en este artículo, la categoría y el grupo profesional son lo mismo. Por ejemplo en un convenio de comercio podría haber grupos profesionales de dependientes, jefes, administrativos… ¿Por qué en tu nómina pone un grupo profesional o categoría que no existe en tu convenio? Pues porque las nóminas de tu empresa las hace una "asesoría Pepe" que ni se ha leído el convenio en este aspecto ni le importa, ya que si la empresa te debiera dinero a ti por esa causa, o la sancionaran por no usar el modelo correcto de nómina, sería la empresa la que pagaría, no Pepe el de la asesoría.
Como hay miles de convenios, también hay miles de grupos profesionales con nombres distintos, aunque tengan funciones similares. Por ello, hace muchísimos años que la Seguridad Social consideró necesario hacer su propia ordenación de los tipos de trabajadores y ha separado en 11 grupos de cotización todos los miles de categorías o grupos profesionales que hay en los convenios. Dicho de otra forma, el grupo profesional es cómo te clasifica a ti la empresa, mientras que el grupo de cotización es cómo te clasifica a ti la SS. Puede ser el mismo grupo o no serlo, porque los nombres de los grupos profesionales en algunos convenios ni siquiera se parecen a los nombres de los grupos de cotización de la SS. Los 11 grupos de cotización actuales son los siguientes:
Grupo de Cotización Categorías Profesionales 1 Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores 2 Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados 3 Jefes Administrativos y de Taller 4 Ayudantes no Titulados 5 Oficiales Administrativos 6 Subalternos 7 Auxiliares Administrativos 8 Oficiales de primera y segunda 9 Oficiales de tercera y Especialistas 10 Peones 11 Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional
Lo que paga la empresa de cotización a la SS depende de lo que cobras de salario, que forma la base de cotización; pero cada grupo de cotización tiene una base de cotización mínima y una base de cotización máxima, establecidas cada año por el Gobierno. Esto quiere decir que la empresa tiene que cotizar una cantidad mínima por ti, aunque cobres menos que la base mínima. De la misma forma, la empresa cotiza un máximo por ti, aunque cobres más que la base máxima.
Las bases máximas actuales son iguales en los 11 grupos de cotización, pero el problema es que no son iguales todas las bases mínimas. Recordad que os acabamos de explicar que de la base mínima depende el mínimo que la empresa paga de cotización, por lo que ya tenemos servido el truco y el fraude de los empresaurios hispánicos gracias a la ayuda, con ánimo de lucro, de sus “asesorías Pepe”.
Las bases mínimas de los grupos de cotización 3 al 11 sí que son iguales y son las correspondientes al salario mínimo de cada año. Pero la base mínima del grupo de cotización 2 es un poco más alta y la del grupo de cotización 1 es más alta todavía. El fraude consiste en ponerle al trabajador un grupo de cotización falso inferior al grupo de cotización correcto cuando este sea el 1 o 2 y el salario del trabajador sea inferior a la base mínima del grupo correcto.
Por ejemplo, supongamos que las bases mínimas del año correspondiente fueran 1.500€ en el grupo de cotización falso y 1.900€ en el bueno. Si un trabajador del grupo bueno cobrara un salario de convenio de 1.550€, la empresa tendría que cotizar como si cobrara 1.900€. Pero si lo metieran en el grupo falso, la empresa solo cotizaría por su salario de 1.550€. Por lo que a este trabajador le faltarían 350€ en sus bases de cotización de cada mes, y cobraría mucho menos de paro, bajas médicas, maternidad, paternidad, incapacidad permanente, jubilación… Lo peor es que el trabajador no se daría cuenta, ni antes ni después, porque la empresa no le debería dinero a él. El trabajador habría cobrado el salario correcto de convenio, pero nunca llegaría a saber que la empresa habría pagado menos cotizaciones y que por eso él habría cobrado prestaciones inferiores. En el caso de la pensión de jubilación, el “error” del empresaurio y de su “asesoría Pepe” lo estaría arrastrando el trabajador todo lo que le quedara de vida.
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Un artículo imprescindible para todo trabajador ya que se nos suele pasar por alto este importantísimo aspecto de la nómina. Gracias Laboro por seguir instruyéndonos.
ResponderEliminarMe acabas de hundir metafóricamente en la miseria. Porque yo daba por supuesto que una empresa que cotiza a su trabajador en el grupo 1 , tenía obligación de pagarle al menos en relación con el mínimo de su grupo. O sea que puede darse el caso, que el trabajador gane mas en el paro que lo que cobraba de nómina ( ya se que el paro tiene un tope máximo, así que hablo intuitivamente sin calculadora en la mano)
ResponderEliminarQue sentido tiene obligar a las empresas a cotizar a los titulados en el grupo 1 si luego les pagas lo que marque el convenio, que será ( perdonando la expresión ) una mierda pinchada en un palo
A falta que te responda mucho mejor Laboro considero que es la unica via posible de obligar a la empresa a cotizar de acuerdo a los profesionales que tiene contratados ( que para pedir el oro y el moro en sus ofertas no les duele) para el sostenimiento de pensiones y el Estado del Bienestar pagando a cada cual lo que le toca. Por lo de la nomina imagino que te recomendaran que te leas como los sindicatos mayoritarios intervienen en esa mierda pinchada en un palo que dices
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