Traducción de la reforma laboral 2010. Parte 6. La Administración Pública.

Va a ser posible el despido del personal laboral fijo y se va a poder contratar personal por ETT. La reforma laboral, que sigue su curso parlamentario ante el silencio de la oposición y de los medios de comunicación, va a suponer el cambio más importante en la política de personal en la Administración que cualquiera que lea esto haya conocido jamás.


Despidos.

El despido del personal laboral va a ser posible gracias a la facilitación del despido objetivo por esta reforma laboral. Aunque sea personal laboral "fijo" o temporal, aunque hayan aprobado una oposición, dijera lo que dijera su convocatoria y aunque su plaza y/o nombramiento estén en el Boletín Oficial correspondiente firmado con sangre por el rey y Gandalf el Gris. Por supuesto, da lo mismo que sea Administración estatal, autonómica o local; el Estado, autonomías, universidades, ayuntamientos, diputaciones, organismos autónomos (CIS, CSIC, CNI, INE, Patrimonio Nacional…), agencias estatales (BOE, AEMET…) y entidades públicas y empresariales (AENA, RTVE, RENFE, FNMT, ICO…). Los funcionarios pueden estar tranquilos... de momento. Esto creemos que no ha sido comentado por ningún medio de comunicación, ni siquiera en internet.

El Estatuto del Empleado Público, a diferencia del Estatuto de los Trabajadores, exige que ante despidos colectivos u objetivos en la Administración se tramite un plan de ordenación de recursos humanos. Es decir que antes de despedir tienen que hacer unos papeles que tendrá que aprobarles otra Administración. Menudo problema para los que son profesionales precisamente de eso.

La facilitación del despido objetivo por la reforma laboral en curso va a suponer que se pueda despedir objetivamente (de forma colectiva o individual) al personal laboral fijo en dos casos:

  • Por causas económicas. Hasta ahora no se podía hacer porque era necesario que estuviera en peligro la viabilidad de, por ejemplo, el ayuntamiento del que se tratase. Cuando la reforma sea aprobada definitivamente, ya no será necesario este requisito.

  • Por causas organizativas. Por ejemplo porque se privatice un servicio público o simplemente porque empiece a funcionar mediante contratas. Ya no habrá obligación de reubicar al personal ni de esperar a que se jubilen. Por ejemplo, un Ayuntamiento podrá poner de patitas en la calle a todo su personal de oficios (mantenimiento, telefonistas, ordenanzas, jardineros...) y contratar el servicio con cualquier empresa.


ETT.

Ya los comentamos en la primera parte de la traducción de la reforma laboral:

Se va a permitir la contratación por ETT dentro de las Administraciones Públicas. Esto sí que es gordo porque es directamente anticonstitucional, ya que infringe el principio de igualdad, mérito y capacidad en el acceso a la función pública. Esto puede suponer directamente la muerte de las bolsas de trabajo y un golpe gigantesco para el negocio de las oposiciones (academias y editoriales), especialmente en algunas administraciones, como los servicios de salud, y en algunos puestos de escasa cualificación, como ordenanzas y auxiliares administrativos. Por ejemplo, si ahora se usa la bolsa de trabajo para cubrir las bajas de maternidad, dentro de un tiempo estará generalizado llamar a la ETT y pedirle un licienciado en derecho con conocimientos de informática para sustituir a Paqui, la auxiliar del Ayuntamiento que está embarazada. Hasta ahora las Administraciones tenían que convocar oposiciones cada cierto tiempo con el objetivo de tener bolsa de trabajo. Ahora no va a hacer falta. El chollo y la buena vida para el funcionario con plaza y cuando haya mucho trabajo que hacer se llama a la ETT y ya está.


Consecuencias.

Todos sabemos que la contratación pública es el lugar habitual donde anida la corrupción. Hasta ahora la contratación de personal estaba al margen de este tipo de chanchullos, pero ahora esto puede ser Hollywood para algunos. Imaginad el volumen de negocio que puede suponer para una ETT el "captar" a una Administración cualquiera para proveerle continuamente de ordenanzas, auxiliares administrativos, personal de mantenimiento, monitores, enfermeros, auxiliares de clínica, celadores... Puestos todos ellos de baja cualificación, de fácil ocupación y sobre todo con muchísimo movimiento. Menudo negocio.

Tampoco hace falta pensar mal del todo. Sin necesidad de llegar a la corrupción, la posibilidad de despedir personal de la Administración y usar las ETT va a suponer un auténtico chollo, sobre todo para los funcionarios de alto nivel que trabajen en esa misma administración:

  • Muchísimo menos trabajo. Ya no hay que llamar a personal para que te mande un auxiliar de la bolsa que seguramente ya se las sabe todas respecto a funciones, vacaciones, moscosos... ahora se llama a la ETT y si el que te mandan no te gusta te lo cambian por otro.
  • Ya no hace falta convocar oposiciones para tener bolsa. En algunas administraciones ya de por sí estaban años sin convocar porque hacerlo es un lío: negociar las bases con los sindicatos, ponerlas de forma que "los de dentro" se queden, los exámenes, corregirlos, los recursos, los nombramientos, mantener la bolsa actualizada... uf, qué trabajaera. Llamar a la ETT es mucho más fácil.
  • Menos gasto. Si se puede despedir al personal laboral fijo y cambiarlo por una contrata que cobra menos (y paga más a según quién) ¿por qué no hacerlo? Así se ahorra dinerito que puede ser utilizado en mantener los espectaculares sueldos de algunos funcionarios, en obras públicas llamativas, etcétera.

Finalizamos con la recomendación de que veáis el vídeo de este artículo, que nos envío Javy como colaboración en Laboro. Le sonará de algo a quien haya visto "La Vida de Brian".

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Si la selección fuera una empresa española

Mucha gente piensa que la razón fundamental de los éxitos de las selecciones de fútbol, baloncesto, balonmano o waterpolo es la motivación. Ahora vamos a imaginarnos que estas selecciones fueran dirigidas por el empresario medio español o mejor aún por el "gran" empresario medio español, tipo Díaz Ferrán. ¿Qué pasaría?
  • La prima por la victoria no la cobrarían los jugadores, sino los directivos.

  • A los jugadores se les diría que su premio consiste en seguir en la selección.

  • No se seleccionaría a los mejores jugadores en términos absolutos, sino a los mejores dentro de los que aceptarán:
    • Cobrar poco.
    • Entrenar mucho.
    • Que el entrenador les tratara con desprecio o en el mejor de los casos con indiferencia.
    • El resto de condiciones que hay en este listado.

  • Cuando un jugador cometiera algún fallo en los entrenamientos, sería recriminado o incluso ridiculizado públicamente para que los demás supieran que quien manda, manda.

  • Si los resultados no fueran buenos, los jugadores tendrían que entrenar más horas cobrando lo mismo.

  • Si los resultados siguieran siendo malos, se empezarían a expulsar jugadores del equipo. Cada vez habría menos banquillo e incluso se llegarían a jugar partidos con menos de 11 jugadores y aún así se mantendrían los objetivos.

  • Los jugadores con graves lesiones serían expulsados del equipo.

  • Los jugadores son lesiones menores serían llamados cada dos por tres por una mutua contratada por el equipo, que no les daría ningún tratamiento y les diría que ya es hora de ponerse a jugar y dejar de hacer el vago.

  • Si el equipo empezara a jugar bien y a tener éxitos, la directiva subiría los precios de las entradas pero los jugadores seguirían cobrando lo mismo. Incluso se programarían más partidos para aprovechar el tirón.

  • A los jugadores les pagarían parte de su sueldo en dinero negro.

  • Sólo el entrenador y el capitán del equipo tendrían contrato para toda la temporada. Para cada partido se contratarían 10 jugadores temporales y si se lesionara alguno se contrataría a otro sobre la marcha.

  • Los horarios de los entrenamientos y partidos serían los que a la directiva les viniera mejor para su vida privada.

  • A los jugadores se les diría constantemente que cualquier espectador estaría dispuesto a ocupar su lugar.

  • Los jugadores cobrarían menos de lo que las propias normas de la Federación dijeran.

  • Si se vendieran menos entradas se bajaría el sueldo de los jugadores o algunos serían expulsados del equipo.

  • Los jugadores tendrían contrato de recogepelotas.

  • Casi todos los jugadores habrían jugado en varios equipos durante los últimos años y habrían pasado por varias etapas de meses o años sin jugar.

  • Si la liga en general no produjera beneficios o se sospechara razonablemente que los puede dejar de producir, se modificarían las reglas para que a los jugadores les pudieran quitar la mitad del sueldo a cambio de entrenar la mitad.

  • Expulsar a un jugador costaría menos si se vendieran pocas entradas.

  • Muchos jugadores jugarían mal a propósito.

  • Muchos jugadores desearían que su equipo perdiera o, en el mejor de los casos, les daría lo mismo.

  • La gran mayoría de los jugadores odiarían al entrenador o bien les inspiraría miedo, risa o indiferencia.

  • Casi todos los jugadores estarían deseando cambiar de equipo o incluso quedarse sin equipo y cobrar el paro.

Todo esto parece broma pero es en serio. Parece broma porque todos pensáis que nadie dirige así un equipo porque sabe que perdería todos los partidos y que ningún jugador bueno querría jugar en un equipo así. Pero ¿y si todos los equipos fueran así? La respuesta es obvia: ganaría el menos malo, el que más suerte tuviera por razones que ni ellos mismos se explicarían, pero cuando tuvieran que competir con equipos de otras ligas serían masacrados. Tanto que la mayoría de los equipos nunca se plantearía salir fuera sino que sólo jugaría dentro, aunque fuera mal, porque así juega todo el mundo.

La realidad fuera de toda duda y de toda broma es que casi todas las empresas españolas se dirigen de esta manera. Muchos de vosotros, por no decir casi todos, no habréis conocido ni conoceréis nunca una empresa que no se dirija así a no ser que emigréis a un país civilizado laboralmente. Quien lo dude que lea nuestros estudios. La reforma laboral va a profundizar aún más en esta filosofía laboral. Es como el chiste de los remeros. Si una barca con diez directivos y dos remeros no gana, la culpa es de los remeros que pesan mucho, por lo que echan a un remero.

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Traducción reforma laboral 2010. Parte 5. El paro.

Lo que más está pasando desapercibido de la reforma laboral en fase de proyecto son las modificaciones en cuanto al cobro del paro, aunque esto es sin duda alguna lo que más van a notar todos los trabajadores españoles. Ahora el paro va a estar controlado por las nuevas agencias de colocación igual que las bajas las controlan las mutuas, por supuesto con el único objetivo de ahorrar aunque sea a costa de permitir el enriquecimiento de quienes controlen estas agencias privadas.


Cambios en el paro.

Esta reforma se va a llevar a cabo mediante modificaciones en el Estatuto de los Trabajadores, en la Ley 56/2003 de Empleo, en la Ley General de la SS y en la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

  • Se autorizan las agencias privadas de empleo con afán de lucro.

  • Las agencias tendrán el control de la prestaciones que cobran los parados. Bajo la amenaza constante de perder el paro, los parados tendrán que:
    1. Renovar la demanda en la agencia.
    2. Acudir obligatoriamente a las citas de la agencia para ofertas, cursos...
    3. Acudir a las entrevistas de trabajo que les diga la agencia.
    4. Acudir a la agencia para entregar el comprobante de que han acudido a la entrevista de trabajo.
    5. Aceptar obligatoriamente las ofertas de empleo que la agencia considere adecuadas. Obviamente será necesario que el empresario haya aceptado previamente al candidato.
    6. Hacer los cursos de formación que la agencia considere adecuados.
    7. Realizar los trabajos de colaboración social que sean requeridos por la agencia.

  • Las agencias tendrán acceso directo a los datos de los parados registrados en los servicios de empleo de las Comunidades Autónomas. Cualquier auxiliar administrativo que allí trabaje podrá conocer todo vuestro historial laboral y vuestros datos personales.

  • Las agencias no podrán cobrar a los parados por sus servicios pero sí que podrán cobrar a cualquier empresa, tanto a las que busquen empleados como a las que busquen alumnos para sus cursos como a las que busquen colaboradores para asuntos sociales. Por supuesto podrán cobrar todas las subvenciones que quieran y puedan.


Consecuencias.

  • Todo el mundo que tenga algo de experiencia en el mundo de los trabajadores sabe perfectamente que a los trabajadores españoles les importa tres cojones lo que les paguen de despido, porque saben de sobra que muy pocos trabajos acaban en despido, sino que lo habitual es que acaben por finalización de contrato temporal o por baja voluntaria. Nuestros estudios lo confirman. Menos aún les importan las florituras sobre el nuevo despido objetivo reconocido como improcedente o sobre el nuevo contrato de fomento, porque no tienen ni putísima idea de lo que significa todo eso. El trabajador español lo único que quiere es poder cobrar el paro después de que acabe su empleo habitual porque lo percibe como la única forma que tiene de compensación de la mierda de condiciones laborales que soporta. Es decir, el trabajador español está soportando hacer más horas que las permitidas, cobrar menos de lo que dice el convenio, tener las vacaciones cuando le salga a la empresa de los cojones, no poder coger la baja cuando está enfermo, no disfrutar de los permisos que pueda tener... todo eso a cambio de poder cobrar el paro unos meses cuando el martirio acabe. ¿Qué pasará si encima le ponen problemas para cobrar el paro? Dejemos al Gobierno y a las empresas que sigan tirando de la cuerda, a ver si se rompe de una vez.

  • Las empresas pronto aprenderán que el peor método de buscar personal será acudir a estas agencias, porque sólo les mandarán gente que realmente no quiere el puesto, sino que acuden sólo porque les obligan para poder seguir cobrando el paro. Sólo la empresas que oferten puestos tan malos que no encuentren a nadie para cubrirlos acabarán acudiendo a estas agencias. La consecuencia obvia es que los trabajadores sabrán que cualquier puesto que oferten estas agencias será malísimo por definición. Si no fuera malo, la empresa no habría tenido necesidad de acudir a la agencia.

  • Lo único que tiene que hacer el parado que quiera seguir cobrando el paro es provocar que el empresario le rechace. En la entrevista puede preguntar por las vacaciones, por la felixibilidad de horario, por los puentes, por los permisos, comentar que demandó a su empresa anterior, que la denunció ante inspección de trabajo... mano de Santo, oiga.

  • Antes de que empiecen a funcionar estas agencias, los trabajadores más formados acudirán al servicio público de empleo de su Comunidad Autónoma para adelgazar su curriculum en cuanto a titulaciones, conocimientos y experiencia con el fin de que las agencias privadas encuentren menos trabajos "adecuados" para ellos.

  • Las empresas, asociaciones y fundaciones que se dediquen a impartir cursos de formación sí que van a usar con intensidad los servicios de estas agencias. Ya no tendrán que preocuparse de buscar alumnos sino que las agencias de empleo se los traerán de la oreja. Quienes imparten los cursos son los que luego hacen todo el papeleo diciendo que no ha habido faltas de asistencia, que la evaluación es muy positiva y que todo es fenomenal.

  • Sin ningún tipo de contemplaciones, las agencias y las empresas intentarán a acojonar a los parados más ignorantes diciéndoles que les van a quitar el paro, para obligarles a aceptar los puestos pésimos y que no requieran ninguna formación: agricultura, limpieza, vigilancia, hostelería...

  • En incluso posible que puestos de trabajo reales se introduzcan fraudulentamente como supuestos cursos. Por ejemplo un supuesto curso de ventas en el que realmente se están buscando comerciales a puerta fría. Si el "alumno" no vende nada la empresa no pierde porque no le está pagando sueldo ni cotización sino que el "alumno" cobra el paro; pero si vende algo, miel sobre hojuelas.

  • La obligación de realizar trabajos de colaboración social y programas de empleo puede ser un auténtico coladero para que algunos Ayuntamientos y supuestas ONG consigan mano de obra gratuita. Una ONG no puede tener ánimo de lucro, pero sus dirigentes y empleados pueden cobrar la nómina que la propia ONG decida. A buen entendedor...

Podemos concluir que todo el mundo sabe, Gobierno incluido, que estas agencias realmente no van a ayudar a ninguna empresa a cubrir puestos de trabajo reales y adecuados. Van a hacer lo mismo que hacen ahora las mutuas: citar constantemente a los parados. Cada oferta supondrá tres citas: la primera en la agencia, la segunda la entrevista en la empresa y la tercera en la agencia para justificar que se acudió a la entrevista. Con esto intentan evitar que haya parados trabajando en la economía sumergida; pero esta economía va a seguir existiendo, sólo que habrá mayor rotación dentro de los parados que la sufren.

En nuestra opinión, las asociaciones de empresarios van a crear agencias de colocación porque les van a servir de mucho. Van a tener acceso directo a las bases de datos de los servicios públicos de empleo, un mecanismo para cubrir los empleos que nadie quiere y sobre todo carne de cañón a mansalva para sus cursos.

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El Supremo elimina las dobles escalas salariales

"El Tribunal Supremo sentenció la nulidad de la doble escala salarial en Repsol Química y Repsol Butano, ratificando la condena no sólo a la compañía, sino también a UGT y CCOO que se habían alineado con la empresa. De esta manera, el Alto Tribunal ratifica la sentencia de la Audiencia Nacional y cierra definitivamente la pelea jurídica iniciada por USO el 26 de julio de 2005.


Tras las sentencias lo que procede es la ejecución: abono de los atrasos y actualización en la antigüedad de las nóminas. La resolución afecta al 64% de la plantilla del grupo, 10.688 trabajadores y el impacto económico asciende a cerca de 30 millones de euros."

Fuente: diario digital Hispanidad.

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Traducción reforma laboral 2010. Parte 4. Cambios de horario, congelación del sueldo y despido parcial.

Seguro que el título de este artículo ya acojona y no es para menos.


Horario de trabajo.

La distribución de la jornada de trabajo será libre dentro de cada empresa sin necesidad de hacer caso a lo que diga el convenio aplicable. Por tanto, aunque el convenio diga que se trabaja 1780h anuales de lunes a viernes, las empresas podrán hacer que se trabaje de lunes a sábado, a turnos o como quieran, pero sin sobrepasar el límite de 1780. Eso sí: los empleados a los que se les modifique el horario mantendrán su derecho al conflicto colectivo y/o demanda individual contra dicho cambio o a la rescisión voluntaria de su contrato cobrando indemnización 20d año y paro.


Congelación del sueldo.

El llamado "descuelgue salarial" (congelación del sueldo o no aplicación de las subidas) por dificultades económicas ya existe en el Estatuto de los Trabajadores desde hace años. Hasta ahora, esa rebaja sólo se podía hacer siguiendo el método y cumpliendo los requisitos indicados en el convenio aplicable. La diferencia es que cuando entre en vigor la reforma se podrán congelar los salarios de toda la plantilla mediante pacto de empresa, diga lo que diga el convenio, pero sólo si no hacerlo hiciera peligrar los empleos. Este pacto sólo podrá durar lo que le quede de vigencia al convenio o, en su defecto, 3 años.


Despido parcial.

  • Por causas económicas, organizativas y de producción, las empresas podrán reducir temporalmente las jornadas de sus trabajadores entre un 10% y un 70% sin pagarles indemnización alguna. No hay límite superior ni inferior en cuanto al nº de trabajadores afectados. Esto ya existía antes y era conocido como el ERE de reducción de jornada. La diferencia es que antes no existían los límites 10-70 ni se exigía que fuera de forma temporal y sobre todo queda claro que se tendrá derecho al cobro del paro. También parece concluirse que la empresa en ERE temporal no podrá contratar trabajadores nuevos y que cuando mejore su situación deberá reincorporar a los reducidos.

  • Está pendiente de desarrollarse un reglamento en el que puede que se obligue a realizar cursos a los trabajadores a los que se les aplique este despido parcial si quieren cobrar el paro de la parte de jornada que les quiten. No es un secreto que estos cursos serán impartidos casi siempre por los centros de formación de los sindicatos y organizaciones empresariales.


Consecuencias.

  • Ya sabemos lo que significa un "pacto de empresa" en una empresa española. En la inmensa mayoría de las ocasiones significa que lo firma el delegado de la empresa pequeña que no sabe ni lo que hace y que le dicen "firma aquí o a la puta calle". Por tanto las congelaciones de salario van a ser muy fáciles de conseguir. Por supuesto tenemos los casos del Comité de empresa con mayoría de Fasga, Fetico u otros sindicatos amarillos, que firmarán todo lo que digan las empresas que los mantienen.

  • Como hace años, puede que vuelvan aquellos cursos que había que hacer obligatoriamente para cobrar el paro. La diferencia es que antes los daba el INEM con su propio personal, aunque fuera subcontratado. Ahora los darán los sindicatos y las asociaciones de empresarios. Todos conocemos la calidad de esos cursos y su seriedad en cuanto a asistencia y evaluación de los conocimientos efectivamente adquiridos. ¿Quién no ha hecho un curso de "informática avanzada" en el que te creas tu primer email y aprendes a subrayar con el Word?

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