La enmienda dará preferencia para conservar su puesto al personal laboral fijo sobre el no fijo. ¿Cuál es el fijo? Según la misma enmienda, aquel que haya superado un proceso selectivo según los principios de igualdad, mérito y capacidad. El que haya aprobado una oposición como dios manda, para que todo el mundo lo entienda. Es decir que no se es personal laboral fijo por tener un contrato indefinido ni aunque sea por sentencia.
- No hay doctrina unificada que concrete qué se entiende por preferencia o prioridad en el caso de los representantes de los trabajadores en un ERE, por lo que menos aún la hay para este caso, que va a ser totalmente nuevo.
- Los típicos indefinidos por sentencia tras contrato temporal en fraude o por cesión ilegal de trabajadores no son fijos sino indefinidos no fijos, como ya dijo hace años el TS.
- Tampoco es personal laboral fijo quien esté ocupando su puesto mediante uno de los conocidos "contratos de confianza", es decir el enchufe de 220v de toda la vida. Los típicos "asesores" de ayuntamientos, diputaciones, consejerías, etc. etc.
- Es curioso, pero conforme se sube en la escala hay más personal indefinido no fijo. Es decir que es muy habitual que el típico "jefe" de una unidad o servicio que no da ni golpe y "trabaja" de 10 a 13:30 tenga un contrato de confianza o esté allí gracias a que hace años un amiguete le hizo un contrato temporal en fraude a posta para ponerle en bandeja la demanda para ser indefinido no fijo. No tiene tampoco nada de raro que los auxiliares administrativos de la misma unidad sí que sean fijos por oposición y ademas sean los que hacen todo el trabajo. Si esa unidad sufriera una insuficiencia presupuestaria sobrevenida y persistente podría haber despidos y, tratándose de Españistán, los despedidos serían algunos de los auxiliares, pero jamás el "jefe". Esto va a ser cachondísimo porque según esta enmienda, los despedidos podrían poner demanda de impugnación del despido contra la administración y contra el jefe vividor, alegando que tienen preferencia sobre éste con toda la razón del mundo según esta enmienda, con lo que el despido podría ser declarado improcedente e incluso nulo.
- Por supuesto hay muchísimos "colocaos" gracias a un proceso selectivo sospechoso, porque nunca fue publicado en el boletín oficial correspondiente, porque su baremo de méritos coincidió sospechosamente con el perfil del candidato que querían que aprobara, porque no se respetaran los plazos, porque no se pidió la titulación necesaria o se pidió una no necesaria, porque se usó el concurso oposición en vez de la oposición libre, etc. etc. Por tanto el que esté ocupando un puesto gracias a este tipo de "oposición" de chichinabo tampoco puede considerarse indefinido fijo. Ni de cara a su propio despido ni de cara al despido de otra persona que sí que haya aprobado una oposición de verdad, que podría demandarle a él y a la administración en base a no ser cierto que hubiera ocupado su puesto según los principios de igualdad, mérito y capacidad sino según los principios de amiguismo, nepotismo y besaculismo.
Una vez se aprueben las enmiendas en el senado, el proyecto final de reforma irá al congreso y será definitivamente aprobado. Es decir que ese será el día en el que le dan a los botoncitos, salen las lucecitas verdes y rojas en el panel y aplauden los del PPSOER. Puedes suscibirte gratuitamente y recibirás un aviso por email con todas las nuevas noticias. Esto se puede poner MUY divertido.
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¿Que ocurrirá en el caso del personal laboral indefinido por sentencia, pero que accedieron al puesto por oposición? (es decir, que accedieron por oposición a un puesto laboral temporal, pero que por fraude de ley se transformó en el famoso "indefinido"). Es el caso del 80% de los auxiliares del SCE
ResponderEliminarSólo se puede ser personal laboral fijo mediante una oposición de personal laboral fijo.
ResponderEliminarSe puede despedir a un laboral fijo con 20 años de antiguedad. De ser que si en que condiciones.
ResponderEliminarY que a mí no me hagan un ERE, con el paro juvenil que hay, y yo con mas de 37 años cotizados. Lo dicho por Arturo Pérez Reverte: país de golfos y gilipollas, 100.000 gilipollas por cada golfo.
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