- Era peón contratado por una empresa de limpieza que tenía una contrata con las SS, mira tú por dónde.
- Una nueva empresa se quedó con la contrata pública de limpieza y por tanto también con el contrato de trabajo del empleado, mediante sucesión de empresa. Que lo hicieran por las buenas ya tiene su "mérito" porque como todos sabéis, y más aún los trabajadores de la limpieza, a los empresaurios les gusta mucho quedarse con las contratas públicas pero les gusta algo menos quedarse por las buenas con los trabajadores de la empresa anterior. Curiosamente, hace poco el gobierno del PP, no de los marcianos, legisló que próximamente los pliegos de condiciones dejarán de obligar a la subrogación; pero eso no lo hizo pensando en el interés de las empresas sino en el interés de los trabajadores como el de este caso y a causa de la problemática reproducción del Koala en cautividad.
- A los pocos días de dicha subrogación y a pesar de su poquísima antigüedad y el bajo coste de su despido, al trabajador se le ocurrió la genialidad de decirle solo verbalmente, no por escrito, a sus encargaos de la nueva empresa que pensaba inscribirse en el registro de parejas de hecho porque iba a ser padre y les preguntó que cuántos días de permiso tendría por ambas cosas.
- ¡Oh sorpresa! El empresaurio despidió al trabajador en menos de un mes, solo 8d después de inscribirse en el registro de parejas de hecho. El empresaurio seguramente que contaba con los impagables servicios de una "asesoría Pepe" que le redactó una magistral carta de despido disciplinario por causa inventada, generalista (bajo rendimiento sin dar ningún detalle) y reconociéndolo directamente como improcedente. Seguro que no usaron el modelo de siempre cambiando los nombres y las fechas.
- Pero resulta que todo despido es impugnable incluyendo los reconocidos como improcedentes porque aparte del despido improcedente, en el que la empresa opta entre indemnización y readmisión, existe el despido nulo en el que la readmisión es obligatoria. Resulta que en este país de gandules que no trabajan no solo se puede impugnar cualquier despido sino que encima es el juez y no la empresa quien decide si el despido es procedente, improcedente o nulo y los importes de la indemnización o salarios de tramitación. Poco menos que comunismo leninista pero así están las cosas con las tonterías esas del derecho fundamental a la tutela judicial, que lo tenían que quitar pero no se atreven porque viene el coletas y lo cuenta. Así que el trabajador presentó demanda de impugnación de su despido.
- El trabajador pedía en su demanda la nulidad del despido, ya que la improcedencia ya la tenía. Nulidad por ser obvio que el despido fue a consecuencia de preguntar por el uso del permiso de paternidad tras darse de alta como pareja de hecho. Es decir un despido con violación de derechos fundamentales más grande que la funda de Mazinger.
- El trabajador no tenía ninguna prueba de haberle dicho o preguntado algo a la empresa sobre este permiso, porque todo lo había hecho verbalmente. Además la protección contra despido improcedente por permiso de paternidad solo comienza después de pedirlo, cosa que el trabajador aún no había hecho. Pero por alguna clase de milagro consiguió que se presentaran al juicio unos testigos que declararon que sí que había preguntado por ese tema.
- El despido fue declarado nulo por el juzgado de lo social La empresa recurrió al TSJ, que confirmó la nulidad del despido. Nulidad por violación de derechos fundamentales, que es otra causa de nulidad diferente a la de los despidos después de solicitar el permiso de paternidad.
Lo que quiere decir es que tienes que deducir si en tu caso particular es más inteligente creer que la empresa es tu amiga y que está allí para ayudarte y darte de comer y por tanto pedirle las cosas verbalmente porque por escrito es declarar la guerra o bien creer todo lo contrario y pedir las cosas por escrito, a efectos de que si hubiera una represalia tener al menos prueba de que, por ejemplo, curiosamente dos días antes del despido pediste el dinero que te debían.
De paso puede que algún trabajador haya aprendido algo sobre los despidos nulos por violación de derechos fundamentales. Efectivamente, esos despidos que algunos dicen que a los jueces no les gusta dar, que son imposibles, que no lo ven claro, que es mejor pactar la improcedencia en el acto de conciliación incluso con indemnización a la baja, etc. etc.
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Esto me recuerda a la vez que, a las dos semanas de empezar un trabajo nuevo, le dije a mi jefe que me cogía dos semanas de permiso por matrimonio en la fecha X. Su respuesta: "¿Te casas? ¿Y cómo no me lo dijiste en la entrevista?" Porque segurísimo que me habría contratado igual, con esa respuesta está claro.
ResponderEliminarMuy buena aclaracion,las cosas hay que pedirla por escrito no hay nada de malo en eso,
ResponderEliminarGracias Laboro por informarnos de otra de las 'especialidades a la orden del día en nuestro fabuloso mundo laboral de Españistan'. De todo lo que narra con su cáustico sentido del humor (no por ello impide que nos provoque la sonrisa, aunque la cosa no es para reír sino por el contrario para llorar), lo que realmente me sorprende, ¡qué digo!, me causa alucinaciones, es que al juicio fueron a declarar dos testigos, compañeros de trabajo (eso sí son compañeros) a decir la verdad y en este caso confirmando lo dicho por el despedido. Eso sí es reseñable y que todo el mundo debe poner de ejemplo: ¡Ir a testificar con la verdad por los compañeros de trabajo!, sin miedo a las coacciones, amenazas veladas o no o a las represalias o eventuales consecuencias. Ojalá hubiera sido mi caso.
ResponderEliminarSólo se me ocurre una frase castiza: ¡Olé sus cojones!
Te pueden despedir despues de la paternidad?? O si no quieren renovarte el contrato después de la paternidad?
ResponderEliminarHola, me podríais decir cual es la Sentencia del TSJ? Me interesaría leerla. Tengo un juicio muy similar a este caso y me sería de gran ayuda. Muchas gracias
ResponderEliminarEl mejor aviso para esas permisos es carta en burofax
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