Cabe recordar que lo habitual, esperado y lógico hubiera sido que se hubiera publicado en el BOE del sábado 2/3/19, es decir el día siguiente al consejo de ministros que lo aprobó y a la rueda de prensa que lo anunció. De hecho, en el BOE del 2/3/19 se publicaron otras 8 modificaciones legislativas generales que habían sido aprobadas el día de antes. Por lo que ya era más que sospechoso que directamente hubieran anunciado que este decreto de la ampliación del permiso de paternidad no solo no se publicaría al día siguiente sábado sino que tampoco el lunes y no se publicaría hasta el martes.
Pero el miércoles tampoco se publicó. En vicepresidencia dijeron que ese nuevo retraso era por un "error que no daba tiempo a subsanar" en el texto, que habían descubierto la noche de antes buscando con la lupa. Que ya está bien reírse, joer ya. Es que el informático le quitó los virus al ordenador de María Jesús y le reinstaló el Word pero había salido del Word sin guardar y luego no le funcionaba y tenía que reinstalar todo el Windows y luego todas las actualizaciones y no le daba tiempo porque empezaba el fútbol. Si es que mucho quejaros y reíros pero todo tiene una explicación. Además dijeron que el jueves sí que salía seguro seguro y que entonces los permisos de paternidad de 8 semanas serían para los nacimientos desde el viernes día 8/3/19. Entonces los españoles de bien empezaron a decir que lo habían retrasado porque el día 8 era el día de la mujer trabajadora, para que lo dijeran en las manifestaciones las comunistas esas del pelo morao.
Llegó el jueves y sí que salió el decreto. Pero el mismo decreto dice que la entrada en vigor de la ampliación del permiso de paternidad se retrasa hasta el día 1/4/19. Es decir que todos los nacimientos que se produzcan hasta el día 31/3/19 inclusive seguirán generando el actual permiso de paternidad de 5 semanas y solo generarán el nuevo permiso de 8 semanas los nacimientos desde el día 1/4/19 inclusive.. Los españoles de bien no dijeron que era para que coincidiera con el día de la victoria de Franco en la guerra civil; porque ya sabéis que la culpa no la tuvo él, que le obligaron y que nos libró de que nos tiraran la bomba atómica en el estanque del Retiro o algo de eso. El jueves la vicepresidenta aclaró que ese nuevo retraso era para conceder mayor tiempo a las empresas para su adaptación. Porque el viernes pasao las empresas no necesitaban tiempo de adaptarse, ni el martes ni el miércoles. Les hizo falta adaptarse repentinamente solo desde el jueves. Cosas de las empresas que tú no entiendes y por eso no tienes empresa ni nunca la tendrás y tendrías que dar gracias a que un empresario se preocupé de darte de comer.
Sin embargo, como buenos rojeras quizá haya que recordar que los decretos-ley los aprueba un gobierno, pero un gobierno no puede legislar. Es decir que es obligatorio que el decreto sea aprobado posteriormente por el Congreso. En el caso de este decreto, por la Diputación Permanente porque el Congreso está disuelto por la convocatoria de elecciones. Para hacerlo tienen un plazo de 30d siguientes a su promulgación. Aunque no fuera publicado hasta el día 7/3/19, este decreto fue promulgado (firmado) el día 1/3/19. Es decir que este decreto de ampliación del permiso de paternidad será convalidado o derogado antes del día 1/4/19. No habría ningún problema si fuera convalidado. Pero si fuera derogado desaparecería, digamos que como si nunca hubiera sido aprobado. Es decir que si fuera derogado los permisos de paternidad seguirían siendo de 5 semanas no solo en lo que queda del 2019 sino también en el 2020, en el 2021 y de forma indefinida.
Imaginaos el festival del circo si ya hubiera entrado en vigor pero luego lo derogaran en lo queda del mes de marzo. Los padres de los niños nacidos antes de su derogación tendrían permiso y prestación de la SS de 8 semanas, pero los padres de los niños nacidos después de la derogación solo tendrían el permiso y prestación de 5 semanas. Menudo ridículo. Pero siempre hay un roto para un descosido. Como el día 1/4/19 ya se sabrá seguro si el decreto está aprobado o derogado, se retrasa la entrada en vigor hasta ese día; asunto solucionado y a otra cosa mariposa. ¿Que se convalida? No hay problema: todos los papis tienen permiso de 8 semanas. ¿Que lo derogan? Tampoco hay problema: 5 semanas para todos. Eso sí que es igualdad y lo demás son tonterías.
En resumen, no deis por hecho que la ampliación del permiso de paternidad llegue a entrar en vigor, porque no tendría nada de extraño que no fuera así. De hecho, recordad que esa ampliación ya estaba incluida en los presupuestos del 2019, que fueron rechazados por al menos parte de los mismos que ahora podrían rechazar también la convalidación de este decreto. Es decir rechazar dos veces lo mismo y por tanto con el mismo coste político ya amortizado.
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Creo que hay una errata donde dice '¿Que se convalida? No hay problema: todos los papis tienen permiso de 5 semanas.' Aquí serian 8, no?
ResponderEliminarCorregido. Gracias.
EliminarUna pregunta para todos: ¿Se convalida o se rechaza el decreto, o se convalida y rechaza cada medida que va incluida en el decreto?
ResponderEliminarEntero.
EliminarLa STC 75/2011 contiene un párrafo que ha sido poco citado: "con la actual redacción del párrafo tercero del artículo 48.4 LET, en el supuesto de parto, cuando la madre no tuviera derecho al periodo de descanso con derecho a prestación por maternidad, por no desempeñar actividad laboral o por ejercer una actividad profesional que no dé lugar a la inclusión en la Seguridad Social, el padre trabajador afiliado a la Seguridad Social tendrá derecho al periodo de suspensión de su contrato de trabajo con reserva de puesto en su integridad (y a percibir, en su caso, el correspondiente subsidio de la Seguridad Social)". Es decir, el TC interpreta el precepto incluyendo dentro del supuesto de hecho no solo a las mujeres trabajadoras que estuvieran de alta en alguna de las mutualidades existentes que no recogen el derecho al permiso por maternidad, sino también a todas aquellas que no desempeñan actividad laboral.
ResponderEliminarEl RDLey 6/2009 indica, disp. adic. 13, c) que "En el caso de que un progenitor no tuviese derecho a suspender su actividad profesional con derecho a prestaciones de acuerdo con las normas que regulen dicha actividad, el otro progenitor tendrá derecho a suspender su contrato de trabajo por la totalidad de 16 semanas, sin que le sea aplicable ninguna limitación del régimen transitorio."
Así pues, tanto antes como después del RDLey 6/2019, la clave parece estar en si el hecho o supuesto "no tener actividad profesional" se incluye en el hecho o supuesto "no tener derecho a suspender actividad profesional". El TC así lo interpreta en el párrafo antedicho de la STC 75/2011.
Así que tanto antes como después del RDLey 6/2019 (hasta 2021 que acabe la fase transitoria y sean 16 semanas para ambos progenitores que trabajan), en el supuesto de parto y de que la madre no trabaje, si el padre trabaja, tiene derecho a 16 semanas de suspensión del contrato de trabajo y a la correspondiente prestación en virtud de la interpretación del TC
Por favor, publica un artículo sobre el decreto de registro horario para que podemos reír (o llorar) a cascoporro. Hay to maduras de pelo pequeñas, medianas, grandes, supergrandes y después...el decreto de registro. horario. Y menos mal que lo del Subsidio de +52 ya se lo arregló parcialmente el constitucional en el mes de julio de 2018...
ResponderEliminarEs que ese tampoco lo han aprobado el viernes día 8 pero tampoco lo han publicado ni el sábado día 9 ni hoy lunes día 11. Se ve venir el festival :-)
EliminarEso sí el PP dice que aprobarán una ley de apoyo a la maternidad para que las madres decidan 'libremente' ser madres (como si las madres no pudieran hacerlo ya pues son libres de seguir con el embarazo o no). Tal vez lo que nos quiere decir es que el PP quiere retomar la reforma de la ley del aborto (en la que fracasó nuestro muy esquilmado Gallardon) para que las mujeres puedan 'libremente' dejar de abortar (tal y como el PP entiende 'libremente'), y así gracias a él y a sus leyes las mujeres puedan ser 'libremente' madres (si ya lo dijo Groucho Marx: "Puede que parezca un idiota y hable como un idiota, pero no deje que eso le engañe. Realmente es un idiota").
ResponderEliminarPara apoyar la maternidad no basta con hacer leyes que permitan a las mujeres elegir si serlo o no (pues la Constitución Española ya lo deja asentado claramente), sino leyes de protección de la maternidad que dispongan prestaciones y apoyo de todo tipo (no exclusivamente económicas aunque éstas, siendo imprescindibles, deben ser suficientes), para que la mujer pueda llevar a cabo la maternidad y crianza con la ineludible implicación activa de la pareja, pudiendo compatibilizar su vida familiar y laboral y sin que ello le suponga una desventaja para el posterior reingreso al trabajo o al empleo. Pero si tampoco se facilita que la pareja disponga de un periodo para dedicarlo a la crianza de su hijo/a, pues estaremos en las mismas: la mujer deberá afrontar la maternidad como una tarea mayormente a su cargo pues teóricamente dispondría o podría disponer de más tiempo para ello.
Así que como sabemos que ni PP ni Ciudadanos (y algún otro que esperemos siga sin tener representación parlamentaria) convalidarán el decreto ley del permiso de paternidad como tampoco aprobaron el proyecto de ley de presupuestos del Estado para 2019 que lo sostenía económicamente, no dejemos que eso nos engañe, ni que nos engañe lo que parecen o cómo hablen, porque lo que son, realmente lo son: servidores de los ricos y poderosos.
Me mondo con este artículo.
ResponderEliminarHola, ¿no ha sido publicado hoy?
ResponderEliminarY qué pasaría con este y los demás decretos si los convalidan pero acaban tramitándose como proyecto de ley? Estarían vigentes desde su convalidación hasta esa tramitación como proyecto de ley (acabe como acabe está)? Porque me da la impresión de que ni ellos mismos, que juegan con todos nosotros, lo saben
ResponderEliminarEstá previsto que el día 3/4/19 se reúna la Diputación Permanente para convalidar o derogar el decreto sobre la subida del permiso de paternidad. Por otro lado, la subida entra en vigor el día 1/4/19. Por lo que si fuera derogado la situación sería cachondísima, porque los nacimientos entre el día 1/4/19 y el día en el que se publicara esa derogación en el BOE generarían permiso de paternidad de 8s, pero los nacimientos desde el día siguiente a esa publicación en el BOE volverían a generar el permiso de 5s. Además, los nacimientos hasta dicha publicación en el BOE no generarían el permiso de nacimiento, que es o era independiente del de paternidad, pero los nacimientos desde dicha publicación en el BOE los volverían a generar. Es acojonante el nivel de incompetencia.
ResponderEliminar¿Que pasa con el tema de las enmiendas? No me queda claro. Si lo enmiendan, ¿tiene que pasar por la diputacion permanente del senado? Esto entiendo que significaría la derogación, pues el PP tiene mayoría absoluta ahí. O eso, ¿o es posible enmendarlos y aun así convalidar la medida?
EliminarQue sucede con los permisos de nacimiento que desaparecen? Y si mi empresa tiene convenio que lo mejora pierdo esos 3 dias adionales?
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