- Prorrateo prohibido. Es un hecho que muchos trabajadores prefieren cobrar las pagas extras aparte porque así les parece como que cobran más o porque así su papa empresario ahorra por ellos. Cosas ambas completamente absurdas e inmaduras (enlaces al final). Pues bien, en algunos casos la empresa tiene la obligación de abonar aparte las pagas extras, es decir que tiene prohibido pagarlas prorrateadas. Hasta podría darse el caso de que el trabajador no solo las cobrara aparte desde el momento en que demandara al efecto sino que también cobrara las del último año como si no se las hubieran pagado prorrateadas; es decir cobrar las pagas extras del último año dos veces. Hay que recordar que a la empresa la puedes demandar por cuestiones económicas también después de que te echen o de que te vayas voluntariamente.
- Faltan pagas extras. Muchos trabajadores dan por sentado que solo hay dos pagas extras al año (verano y navidad). Pero resulta que en algunos casos hay 3. ¿Que la "asesoría Pepe" de tu empresaurio no lo sabía y solo te pagan 2? Ese no seria tu problema sino de tu empresaurio, porque en un caso así te debería una paga extra exactamente igual y también la podrías reclamar después de irte o de que te echaran, siempre que no se te pasara el plazo.
- Importe incorrecto. Este digamos que es el problema principal, porque una paga extra no tiene que tener necesariamente el mismo importe que una paga ordinaria. Depende del caso, de los complementos que se cobren, etc. Si el importe de la paga extra estuviera mal calculado a favor del empresaurio, entonces estarías cobrando menos tanto si las cobraras aparte como si las cobraras prorrateadas.
- Discordancia con la base de cotización. En las nóminas ordinarias de los trabajadores se indica siempre lo que cobran de pagas extras, aunque las cobren aparte. El "error" sería que, según las nóminas ordinarias, al trabajador le tuvieran que pagar aparte X euros de pagas extras, pero luego le pagaran realmente menos cantidad en las nóminas de las pagas extras.
Como es obvio, por encima de estos errores de nóminas están los errores principales, que son "equivocarse" en el contrato y en el convenio. Por ejemplo, es posible que tus nóminas de auxiliar administrativo de oficinas y despachos de Burgos estén perfectamente hechas, tanto las ordinarias como las extraordinarias. Pero si el convenio obligatorio (los empresaurios no pueden escogerlo) fuera otro con mejores tablas salariales y/o no fueras auxiliar administrativo sino jefe de ventas, entonces podrías tener derecho a un salario muy superior. En cuyo caso no se trataría de que algunas de tus nóminas estuvieran mal en algunas cosas sino que directamente estarían todas completamente mal, porque las habrían hecho con un salario anual inferior por "equivocarse" de convenio y/o de clasificación profesional.
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Lo que a mí me intentaron hacer una vez es calcularme las primeras pagas en base anual y cuando me fui querían calcularme las en base semestral.
ResponderEliminarQue en otros casos podría colar, u "olvidarse", pero como tuvimos movida por como se calculaban las pagas al principio y hacia poco del tema (poco más de un año) pues como que no coló.
Que hay que ser torpes para intentar colarle eso precisamente al que te ha discutido ese tema, pero como la mayoría de padefos por no tener lios y perder de vista al energúmeno de empresaurio, pasan de discutir SU dinero, y así pasa, que luego los empresaurios se creen que todo el monte es orégano.
Encima cuando me pongo a discutirlo con el de rrhh que había calculado el finiquito, que esto era así y que que películas le estaba contando, hasta que le sugerí preguntárselo a un juez a ver qué opinaba. A
de repente se acordó (no porque tuviera delante las nóminas de mis pagas extra) que si, que ese era el modo correcto de cálculo, que se le habría olvidao...
En fin, vivir para ver...
Buenos días! He estado de baja 4 meses y medio, y de paga extra he cobrado 290 euros por ello, llevo 11 años en la empresa y desde el año pasado sin previo aviso han empezado a restar la baja de la paga extra, es correcto? Pertenezco al Convenio de Personas Dependientes! Gracias! Un saludo
ResponderEliminarElena durante los meses de baja cobramos el prorrateo correspondiente de las pagas extras de manera que cuando llegue el momento de su abono esas cantidades se restan
EliminarY luego está el truco de que te calculen las pagas extras por doceavos al ingresar en la empresa y por sextos al cesar...porque por doceavos cobras menos al ingresar -al estar menos tiempo- y más al cesar...salvo que laboro me corrija.
ResponderEliminarNo, se cobra igual. Si se calcula por doceavos, te corresponden por mes dos doceavos (de la primera y de la segunda paga). Dos doceavos es igual a un sexto
EliminarTe equivocas Miguel.
EliminarTe pongo un ejemplo, pongamos que entras en marzo del 2017 en una empresa y te vas en marzo de 2020
Caso todo legal en base anual (doceavos)
- 1ª verano 3/12 -> 25% sueldo
- 2ª navidad 9/12 -> 75% sueldo
- Siguientes 12/12 -> 100%
- Finiquito pagas extras -> parte paga verano (9/12) + parte paga navidad (3/12) -> 12/12 -> 100%
En este ejemplo te pagarían el equivalente a cuatro pagas completas entre pagas extras parciales iniciales, pagas extras completas y finiquito de pagas extras
Caso todo legal en base semestral (sextos)
- 1ª verano 3/6 -> 50% sueldo
- siguientes 6/6 -> 100 sueldo
- Finiquito pagas extras -> parte pendiente paga de verano 3/6 -> 50%
En este caso te pagarían el equivalente a 4 pagas completas entre la primera parcial el resto de ordinarias y el finiquito
Estamos en que si todo se hace legal da lo mismo.
Ahora vamos a ver como sale la cuenta si se intenta hacer las trampas que dice Blackdoorman, o que comento yo mismo en el primer comentario
- 1ª verano 3/12 -> 25% sueldo
- 2ª navidad 9/12 -> 75% sueldo
- Siguientes 12/12 -> 100%
- Finiquito pagas extras -> parte pendiente paga de verano 3/6 -> 50%
En este caso recibirías 3,5 pagas completas en concepto de pagas extraordinarias entre las iniciales, las ordinarias y el finiquito completo, por lo que la trampa le habría ahorrado al empresaurio el 50% de tu sueldo en concepto de pagas extras.
Teniendo en cuenta este sencillo ejemplo(o no tan sencillo) se ve claramente que NO es lo mismo, y NO se cobra igual.
Es como dice Enraged, la particularidad del cálculo de doceavos o sextos es que...por doceavos se cobra menos al ingresar en la empresa, pero más al cesar...y por sextos más al ingresar pero menos al cesar...de ahí la trampa "doceavos al ingresar/sextos al cesar"...lo que inventa la asesoría Pepe¡¡¡...por cierto, tengo un amigo asesor que se llama Pepe que se queja de sus propios clientes empresaurios chorizos...la mayoría de hostelería...y luego tiene que venir el "Sr. Lobo" a arreglar el "marrón" y minimizar daños...denuncia Inspección, sanción, recargo por ausencia de cotización etc etc
EliminarImportante revisar que en el finiquito te paguen la parte pendiente del primer año, porque si finalizas la relación laboral pasados unos años, se les suele olvidar que te debían esa cantidad.
EliminarSe "equivocan" en todo y porque no hay más. Se equivocan al empezar (contrato y convenio), se equivocan al seguir (pagas normales y extras) y se equivocan al acabar (despidos y finiquitos). Pero como siempre se equivocan a favor de la empresa no son equivocaciones sino fraudes
ResponderEliminarPlas,Plas ,Plas levantandome.
EliminarNo he visto en la vida una empresa que te pague de mas por error, te de dias de mas de vacaciones por error, todo , absolutamente todo siempre es a su favor y te perjudica claramente.
Pues yo conozco una empresa q pagó de más y el remate fue q una delegada sindical se chivó a la empresa pq ella no tuvo esa suerte... Y exigió q se lo quitaran al resto...
EliminarPues a mi me ocurrió que una vez por error, me pagaron de más. Me callé y me hice el sueco. Al mes siguiente observé que me habían restado lo que me habían pagado de más, el mes anterior. Por supuesto, fuí a protestar. Sin duda para dejarme en mal lugar, me dijeron que: "muy bonito, que me había callado cuando por error me pagaron de más, y protestado cuando me pagaron de menos". Sin dudar contesté, que podía aceptar que se equivocáran una vez, pero dos...me parecía excesivo.
EliminarA mi me han pagado de más algunas veces, no sé si se lían con los pluses los de las nóminas o que quieren mangar a la empresa, la última vez han sido 200 y pico!
EliminarPor supuesto siempre que se equivocan de menos lo reclamo.
Me anoto tu respuesta XD
Lo cierto es que para quien no sea un poco "ducho" en el cálculo le resultará complicado. Independientemente de que se deba indicar expresamente la prorrata de pagas extraordinarias, hay condicionantes como los posibles complementos en situación de IT que lo complican, etc... y si pretendes asegurarte desde la base de cotización, hay empresas que "anticipan" el posible "bonus" o incluso pagas de beneficios variables (para evitar las cotizaciones complementarias en su momento), transporte mensual (incluso variable mensualmente según los usuarios del transporte y afección de turnos por ejemplo, incluso cotización del famoso "aguinaldo".
ResponderEliminarLa norma que modificó el detalle de la nómina, como ocurre siempre en el ámbito laboral, se quedó corta en el detalle exigido. Desde luego resulta complicado "contar con los dedos" que es como cualquier profano debería ser capaz de calcularlo.
Aquí se encuentran los "mafiosos" del despiste en los departamentos de RRHH un excelente agujero para escatimar cotizaciones que ninguno nos damos cuenta hasta que nos toca un accidente laboral o IT prolongada.
Hola, me gustaria que explicarais el metodo para saber el importe correcto de una paga doble. Cuando se cobran pluses de nocturnidad, de convenio, de penosidad, de ruido... De produccion, un plus voluntario absorvible...a parte del salario base.
ResponderEliminarMuchas gracias
Esto que indicas me parece muy interesante que lo aclararan, en el convenio de mi empresa en convenio pone que la paga será la misma cuantia que un mes normal y no es así, quitan conceptos como el bocadillo, el correturno y la turnicidad.
EliminarNos estaría estafando la empresa??
Ruego que lo aclareis porque se da estos casos en muchas empresas.
Con la subida del smi la paga de navidad es de 900 €? Si de ser asi a los que nos la prorratearon nos pagaron menos?
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