En las empresas no existen los "superiores".

Muchos trabajadores crean que un jefe o encargao o empresario es algo parecido a un "superior", como en el ejército. Muchas empresas redactan por escrito sus normas usando el término "superior". Por ello, muchos creen que los trabajadores tienen que tratar con mayor respeto a sus "superiores" que a la inversa. Incluso creen que el encargao y sobre todo el empresario se puede permitir ciertas dosis de mala educación o falta de respeto con los trabajadores, pero nunca el trabajador con los "superiores". Dicho de otra forma: que el trabajador no puede "contestar" a un "superior". Todo ello so pena de despido o sanción. Hasta hay quien cree que un trabajador no puede opinar de la empresa ni decirle a un "superior" que hace mal su trabajo o que sería mejor que lo hiciera de otra forma. Como es obvio, cuanto más patán sea el encargao, mayores probabilidades hay de que crea ser "superior", pero precisamente por creerlo no pasaría de ser un gorrilla. Por definición, al patán que no ha sido nunca nada en su vida ni podría serlo, le encanta que le pongan una gorra para creerse almirante. Hay hasta quien paga por ser gorrilla, montando su propia empresa y haciéndose empresaurio.

Pero debería ser más que evidente para todo el mundo que esto es mentira. Es decir que las obligaciones legales de respeto y consideración a la dignidad son las mismas en un sentido que en el otro y por supuesto que la libertad de expresión no está limitada dentro de una empresa. Obviamente, esto no quiere decir que no exista el poder disciplinario de la empresa dentro de las relaciones laborales. Pero es que eso no es lo mismo y no implica que exista el personaje "superior" dentro de una relación laboral como lo entienden muchos trabajadores, encargaos y empresaurios.

La única diferencia en términos de prioridad en la relación entre empresa y trabajador es que la empresa es la que tiene el poder de organización; cosa obvia porque se supone que el dinero lo pone la empresa y los medios de producción son de su propiedad, aunque esto fuera mucho suponer en algunos casos. A consecuencia de tener el poder organizativo, la empresa tiene también "un llamado poder disciplinario que le permite adoptar decisiones sancionadoras de eficacia inmediata, sin necesidad de acudir a las instancias judiciales para su imposición y efectividad” (STC 21/12/95). Es decir que ni siquiera hablamos de poder disciplinario real, como en el ejército. Hablamos solo de "un llamado" o mal llamado poder disciplinario que le sirve a la empresa para atacar primero con un despido o una sanción. Pero en ningún caso la empresa podría evitar que el trabajador impugnara la sanción o despido en en plazo de 20 días hábiles y en el juicio sería donde la empresa tendría que demostrar que la sanción fuera justificada o el despido fuera procedente, no al revés.

Pero en ningún sitio dice que el trabajador le deba una mayor dosis de respeto o tratamiento al encargao o al empresaurio, o que no pueda "contestar", o que no les pueda decir lo que hacen mal o lo que tendrían que hacer o lo que opina de la empresa y de su forma de trabajar. Por tanto, se puede impugnar la sanción o despido precisamente por no haber tenido en cuenta la intencionalidad y el comportamiento recíprocos, cuando se sancione a un trabajador sí y a otro no por los mismos hechos, o porque no existe la ofensa en las críticas o sugerencias, incluyendo las apreciaciones y juicios de valor. Como es obvio, ningún trabajador necesita permiso del encargao Juan de nivel 7 para hablar de lo que quiera con el jefecillo Pedro de nivel 3, incluyendo para hablar del propio encargao Juan. Es decir que todo ello no justificaría una sanción y menos aún un despido, que sería lo que se solventaría en el juicio, tanto si le gustara como si no a la empresa y al encargao. En resumen, el mal llamado poder disciplinario le sirve a la empresa para tener la primera palabra, por así decirlo, pero no la última. El pobrecillo encargao ni siquiera tendría la primera, porque quien sancionaría o despediría ni siquiera sería él sino la empresa.

Dicho de otra forma: ¿que el jefe o el dueño de la multinacional te tutean? Pues tú les tuteas si quieres. ¿Que les quieres decir que se equivocaron en el trabajo de ayer? Pues se lo dices si quieres. ¿Que te insultan o te tratan con mala educación? Nadie te impide dispensarles el mismo trato. ¿Que no te saludan? Pues si quieres, tú a ellos tampoco. ¿Que le quieres decir al jefe de tu encargao lo que este hace mal o podría hacer mejor en su trabajo? Pues se lo dices. En nada de ello habría falta sancionable y menos aún sería causa de procedencia de un despido disciplinario.

Para finalizar, un caso antológico conocido y constatado directamente en Laboro. Un encargao se molestó con un trabajador porque al parecer no le gustaba su forma de saludarle al llegar al trabajo. Por lo que fue a echarle la bronca solo por eso, diciéndole que su obligación era saludar correctamente "a un superior". La respuesta del trabajador, que obviamente tenía una formación muy superior a la del encargao, fue para ponerla en los sobrecitos de azúcar: "¿Superior de qué? ¿De raza?"

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