En la emisión de la baja y del alta no pinta nada la mutua de tu empresa. Tanto la baja como el alta te la daría tu médico de cabecera, no la mutua, aunque tenga efectos económicos de baja por contingencias profesionales. La fecha de efectos de la baja será la de la orden de cuarentena, aunque tu médico de cabecera podrá emitir después el parte de baja. A la empresa le tienes que entregar su copia de los partes de la forma habitual. A la empresa, que no en la empresa, porque en ningún sitio dice que se hayan de entregar en persona ni en el centro de trabajo o sede o asesoría de la empresa (enlaces al final) y menos aún en una situación de cuarentena obligatoria. ¿Que tu jefe quiere que vayas para verte la cara y causarte molestias? Pues que se compre un perro.
Como es más que evidente, en esta situación de baja está prohibido hacer teletrabajo. Igual de prohibido que trabajar o teletrabajar estando de baja por apendicitis o cobrando el paro por despido o cobrando el paro por ERTE de suspensión. Es decir que la orden de teletrabajar estando de baja es un fraude de la empresa a la SS. No se trata de que "el Estado pague tu sueldo" cuando estás de baja o de ERTE por COVID-19, como están diciendo algunos empresaurios. Se trata de que en esos casos se suspende el contrato porque no puedes trabajar y por eso no cobras sueldo sino que la SS te da una prestación que se calcula a partir de tu sueldo. Si trabajaras de baja o de ERTE, en realidad sería la empresa la que se habría quedado esa prestación de la SS, porque tú habrías seguido trabajando pero pagándote la SS en vez de la empresa. Como es obvio, una situación así es objeto de denuncia ante inspección de trabajo, que es gratis y hasta anónima (enlaces al final), tanto si fueras tú como otro trabajador el que estuviera teletrabajando estando de baja por cuarentena o incluso aunque fuera trabajador de otra empresa.
Que tu empresa no tuviera sustituto inmediato para ti no sería tu problema. Recuerda que tu trabajo es por cuenta ajena y que es falso que estéis todos en el mismo barco (enlaces al final). Los problemas del jefe y de la empresa son del jefe y de la empresa igual que los beneficios son del jefe y de la empresa. Si a raíz de tu baja y/o de muchas bajas en la misma empresa se viera comprometida su actividad, el empresario tendría la posibilidad de hacer un ERTE incluso por fuerza mayor. Cosa que él sabe de sobra y si no lo supiera no sería tampoco ni tu asunto ni tu problema ni explicárselo ni facilitárselo ni justificarle nada en absoluto. Tú estarías de baja, no olvides que cobrando menos (el 75%), y punto final.
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Una pregunta que me surge. En el cole, un niño de la clase de los mios se contagia, como todos se consideran grupo estable, se deberian confinar, y como yo a su vez soy grupo estable con mi familia, tambien deberia ser confinado.
ResponderEliminar¿Un niño contagiado en una clase puede provocar entonces 75 / 100 confinados de baja al menos hasta que se le hagan pruebas a todos ellos?
Sí. Es la única manera de atajar la enfermedad.
EliminarPues te cuento mi caso. Mi hija asistía hasta el martes a un campamento de verano donde un niño ha dado positipo por covid. A mi hija y al rreto de niños del campamento les mandan aislamiento hadta saber resultados del pcr. A los padres no, con lo cual debemos ir a trabajar y hacer vida normal. Dejamos solos a los niños en casa y nos vamos al curro? Mi hija tiene 4 años. Ese es el protocolo. Te aislan si eres contacto directo con un positivo. Sino nada.
EliminarMuchas gracias por el articulo. Muy interesante, como siempre, y de gran utilidad en los tiempos que corren.
ResponderEliminarComo padre, me surge la duda de las posibilidades que tenemos si mandan a un hijo/a a casa en cuarentena como medida preventiva por ser contacto cercano de un positivo, pero el PCR que le hagan resulte negativo.
En ese caso los padres y madres no seríamos contacto cercano de un positivo, y entiendo que no tendríamos que ponernos en cuarentena y no tendríamos derecho a baja... Pero tendríamos que cuidar de unas personitas que dependen de nosotros.
Esta regulado este caso?
Gracias!
El sentido común diría que sí serías contacto cercano de un potencial positivo (vuestro hijo/a), por lo que entiendo que también deberíais los padres poneros en cuarentena + baja... ¿o quizás cuarentena + teletrabajo (para quien pueda. como comentan abajo)?
EliminarEsto lo comento porque no todas las familias se pueden permitir un canguro... y es más: contratar un canguro para cuidar de un potencial positivo, ¿no sería contraproducente?
Tantas dudas...
El sentido común dice que si el hijo se ha expuesto, los padres también, por lo que tendrían que obedecer la orden de confinamiento, y tendrían derecho a la baja médica. Lo que no entiendo es qué tiene que ver un canguro en todo esto, porque aunque se contratase (sin entrar en cuestiones como la seguridad en el trabajo), los padres tampoco podrían ir a trabajar.
EliminarLo del canguro me refiero a que, en caso de que el hijo se viera obligado a confinarse pero los padres no, muchos estarían obligados a contratar un canguro.
EliminarEl sentido común dice muchas cosas, pero no eso @kiwi, un contacto directo de un contacto directo no es un contacto directo de un positivo, así que no es tan claro eso de que estén en la misma situación los padres que el hijo.
EliminarPor esa regla de tres -> un padre positivo > hijo es contacto > compañeros del hijo y profesores son contacto > padres de los compañeros son contacto ... y toda España en cuarentena.
@Yqueleden lo que diga el sentido común y lo que diga la ley no tienen por qué apuntar en la misma dirección, en caso contrario esta web tendría mucho menos sentido y mucho menos valor.
De hecho, a falta de que lo aclare alguien que sepa más de esto, la única herramienta que tienen ahora mismo los padres a parte de mandar a los abuelos o contratar canguro*, es pedir la excedencia voluntario (cobrando 0€) para el cuidado de los niños mientras estén en cuarentena (no he mirado si hay actualmente algún tipo de permiso retribuido de algún día, o por convenio).
Precisamente por eso salió ayer la ministra Celaa diciendo que iban a mirar como articular eso para no causar desprotección a los padres para que no se le ocurriese a ningun padre mandar a los niños malos al cole y que así se quede tranquilo el minstro Illa, con bajas o permisos retribuidos o a ver que inventan (si, a nadie se le ha ocurrido hasta la semana antes de la vuelta al cole que esto pudiera pasar {facepalm}).
* Lo del canguro, a parte del coste que supone (pagando el smi, y contando unas 10h entre trabajo, ida, vuelta y comida, son a partir de 45€ día, más la SS, más la mordida de la empresa... te sale la cuarentena por mas de 300€ por semana siendo legales (vale si pueden organizarse los padres para no salir y volver a la vez, podrían ser menos horas....)) tienes el pequeño detalle de que a ver donde encuentras a alguien que tenga ese tiempo para cuidar al chaval y los medios y conocimientos para cuidarlo sin contagiarse también, que si nos empezamos a poner tiquismiquis, seguro que quieren cobrar algo mas del SMI, y tal y cual.
La pregunta es
ResponderEliminarSi mi puesto de trabajo me permite teletrabajar y estoy en cuarentena ya sea por asintomático o ya sea por sospechoso sin confirmar, ¿es posible solicitar que no me den la baja y estar teletrabajando y cobrando el 100% del salario, en vez de estar de baja cobrando el 75%?
Evidentemente si tienes síntomas y estas enfermo, baja de todos modos, pero en ese caso, me surge la duda, ya que no sé que consecuencias económicas, jurídicas o de (des)protección pueden generarse para el trabajador o la empresa en estos casos
Estaríamos hablando de alta voluntaria, a la que el médico puede negarse en algunos supuestos, y uno de ellos es por motivos de riesgo para la salud pública. La baja en este caso conlleva cuarentena, por lo que entiendo que es la garante de que se "cumpla".
Eliminarpero se puede hacer confinamiento y cuarentena sin baja (desempleados, jubilados... ) si puedo teletrabar (esa es mi interpretación), por lo que, manteniendo la cuarentena no sería necesaria la baja en algunos casos.
EliminarDespués del comentario de Laboro, rectifico: es evidentemente la cuarentena la que conlleva la baja.
EliminarHola, ¿Y es obligatorio estar de baja? ¿Podrías no solicitar la baja y teletrabajar en casa cobrando así el 100% o eso también es ilegal?
ResponderEliminarEl confinamiento es una orden, no una opción. La baja es sencillamente la consecuencia de esa orden de confinamiento. Es decir que el confinamiento no es solo estar de baja y no poder trabajar sino que es mucho más, porque también es no poder salir de casa.
ResponderEliminarOtra cosa sería teletrabajar y al mismo tiempo cumplir el confinamiento, cosa que sería posible técnicamente en algunos casos. Pero de momento no está prevista legalmente porque sería algo así como imponer el teletrabajo a la empresa de un día para otro, derecho que de momento no existe.
De esta respuesta se puede deducir que las personas que ya llevamos meses teletrabajando no tendríamos obligación de coger la baja, ya que al teletrabajar no salimos de casa, y no nos impone nada la empresa ni se lo estamos imponiendo nosotros al estar el teletrabajo ya establecido. De esta forma cumplimos el confinamiento, continuamos trabajando en el mismo modelo de teletrabajo que ya veníamos haciendo, y por tanto cobramos normal, es correcto?
Eliminarprecisamente me refiero ese segundo caso, mantener el confinamiento sin baja, en caso de que se den estas tres condiciones
Eliminar- Ser contacto de un positivo o asintomático, descarto la posibilidad de positivo con sintomas, ya que (al menos yo) jodido no trabajo muy bien, ni en la oficina ni en casa
- Tener posibilidad de teletrabajar (el que ha podido teletrabajar en el confinamiento de marzo, podrá teletrabajar en estos casos, y muchos mas si hay voluntad)
- Que le interese tanto a la empresa como al trabajador.
En mi empresa al menos, estamos al 120% TIC, y conozco otros casos, de empresas con media plantilla en ERTE que tienen a los que han quedado trabajando a pleno rendimiento también, por lo que a la empresa no le interesa que haya gente de baja.
Otra cosa es empresas que tengan una producción del 10% que estarán deseando ahorrarse costes como sea, que también las habrá (aunque en este caso el sentido común me dice que ese trabajador ya estaría de ERTE).
Si que es posible estar confinado y teletrabajando.
ResponderEliminarYo estuve en contacto con un positivo, me realizaron una PCR que salió negativa, estuve confinada desde ese momento hasta recibir el resultado de la segunda PCR 14 días después.
Solicité que no se tramitase mi baja y estuve ese periodo teletrabajando, por lo que cobré el 100% de mi salario.
Cumplí el confinamiento y teletrabajé sin ningún problema.
Legalmente, si estás confinado o en cuarentena, tienes que estar de baja. No es voluntario. Da igual que teletrabajes o no. La cuarentena implica baja y tiene más consecuencias que las laborales. Es una putada porque pierdes dinero. Pero es lo que hay. Trabajar, aunque sea a distancia mientras estás de baja es ilegal.
ResponderEliminarTeniendo en cuenta los comentarios de la gente parece que la cuarentena permite la baja pero no obliga (que para mi tiene sentido), no sé si alguien puede confirmar si lo que dices tu o lo que digo yo.
EliminarSí por CC las bajas por contingencias profesionales se paga el 100% del sueldo. Sería igual respecto al covid-19? Busco por ahí pero no encuentro respuestas claras. Unas dicen que si y otras que no. Gracias.
ResponderEliminarEso se respondió en este otro artículo de Laboro. En resumen: No, no se tiene derecho al complemento empresarial a la prestación por incapacidad temporal por contingencias profesionales. Sí al de contingencias comunes, si lo hubiera.
EliminarSi es posible estar en cuarentena teletrabajando y cobrando el 100%.
ResponderEliminarEn mi empresa ya estuve teletrabajando anteriormente, pero este mes de Agosto tuve que ir presencialmente a la oficina.
Hace unos días un compañero dio positivo, por lo que inmediatamente la empresa nos envío a casa a seguir teletrabajando.
Cuando llamé a mi centro de salud para informar de la situación y saber si me correspondía hacerme la prueba PCR, me dijeron que debía guardar una cuarentena de 2 semanas.
Cuando el facultativo me comentó que iba a darme la baja, le dije que actualmente estábamos teletrabajando y que no era necesario, por lo que finalmente no cursó la baja.
Hasta donde nuestro conocimiento llega, no hay ninguna norma con rango de ley que obligue al médico a darte la baja en caso de cuarentena en caso de que la empresa esté de acuerdo en el teletrabajo. De hecho no habría causa de baja porque la baja supone que no se puede trabajar, cosa que no sería cierta si la empresa estuviera de acuerdo en el teletrabajo.
ResponderEliminarPero tampoco hay norma común con rango de ley que obligue a la empresa a proporcionar teletrabajo solo porque el trabajador esté en cuarentena, sin perjuicio de que algún convenio o acuerdo de empresa lo dijera en algún caso particular.
Es lo que hay y lo que no hay, nunca mejor dicho. Salvo mejor opinión.
En mi convenio está pactado que la empresa te complementa las bajas hasta cobrar el 100 % . En caso de cuarentena obligatoria por covid, con su correspondiente baja, la empresa esta obligada a complementar como indica el convenio?
ResponderEliminarLo han dicho ya en comentarios, y alguien (Locuelo) ha enlazado otro articulo de laboro que lo explica mejor, pero en resumen tienes derecho al complemento hasta el 100% solo si es para contingencias comunes (o para todas la bajas).
EliminarPor ejemplo el convenio de consultorias (TIC), que es que a mi me aplica ahora mismo, complementa hasta el 100% de las bajas (todas) a partir del 5º día (yo no lo entiendo exactamente así, pero mi empresa si)
Y en el caso de los autónomos como funcionaría? Es un follón todo...
ResponderEliminarEn el caso de que mi hijo se levante un día con mocos, o con tos, etc...llamaría al médico para que le hicieran un PCR para ver si es positivo o no. Hasta que le hagan la prueba yo no podría ir a trabajar por si acaso da positivo y ponerme en cuarentena. Y si el niño da negativo y yo no he ido a trabajar, que pasa con esos días que yo no he ido a trabajar???
ResponderEliminartengo una duda que me esta carcomiendo.
ResponderEliminarEstoy de cuarentena por haber tenido contacto estrecho con un positivo.
Tengo dos empleos, soy interino en un colegio público de Madrid y los fines de semana trabajo en una tienda de muebles, en unos grandes almacenes.
En el protocolo de la Comundad de Madrid por COVID establece que si yo estoy de cuarentena, pero dando negativo en la pcr, no me dan de baja y sigo teletrabajando. Pero en mi trabajo de la tienda, como no puedo teletrabajar, me dan de baja.
Es decir en un sitio estoy de alta (el colegio), y en el otro estoy de baja (la tienda de muebles). ¿Es posible eso? Nadie sabe responderme la duda, y no quiero meterme en lios con la seguridad social..
Espero vuestra respuesta... un saludo!
De baja no te da la empresa, te da un médico, y te da para todos tus trabajos no solo para uno, si te da la baja no puedes trabajar en nada
EliminarUna compañera de trabajo enfermó de repente con fuertes dolores de estómago. El médico le dijo que tenía piedras en la vesícula. Total que le dió un parte de 3 días en casa. Ese mismo día por la tarde la llaman y le dicen que el médico consideró hacerle la prueba PCR y le dió una baja de 10 días por posible caso de covid 19. Ella se puso en contacto con la empresa y comunicó lo que había pasado. Segundos después me sacaron de la empresa pues yo estaba trabajando y me dijeron que me fuera a casa porque ella acude al trabajo conmigo y el trayecto dura 30 minutos en coche por lo tanto me enviaron por un posible contacto que se lo comunicará a mí médico que había estado en contacto con un posible caso positivo. Eso era Viernes por la mañana y a ella no le realizaron la prueba hasta el Lunes. El resultado se lo dieron en Martes y le salió negativo. A mí me tuvieron tres días en casa y mi médico me dijo que no podía darme la baja por un posible caso positivo. ¿ Debo exigir a la empresa que se haga cargo de los tres días que yo tuve que estar obligatoriamente en casa? En mi caso no puedo teletrabajar. La empresa se dedica al envasado de cítricos
ResponderEliminarQue fuerte me parece el artículo. Al cuello del empreario (si no sabe, que se busque la vida no es tu problema, explicarselo, facilitarselo....) asi vamos.
ResponderEliminarPues nada, que cada palo aguante su vela, que no haya empleadores y a tomar viento!!!
La pregunta es la siguiente . He pasado el covid , guardo mi cuarentena , mi baja y todo lo que me piden que haga. Cuando me incorporo , una compañera me exige una PCR negativa para cambiarse y compartir cuarto conmigo. Eso es legal, o lo tengo que tomar como acoso laboral? Muchas gracias
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