Es falso que el contagio o la cuarentena por coronavirus vaya a ser baja por accidente de trabajo.

Ayer muchos lo veríais en la tele y en internet y os lo dirían en el bar. Oye Luis, que el Gobierno ha dicho que a los que tengan coronavirus o los pongan en cuarentena les van a dar la baja por accidente de trabajo, que se cobra más. Alguno os extrañariais de que en Laboro no se publicara nada ayer, ni siquiera en el Twitter. No se hizo sencillamente porque era obvio que eso iba a tener "truco" y efectivamente lo ha tenido. Como se ha dicho otras cien veces, en Laboro se analiza el BOE y no las notas y ruedas de prensa ni lo que diga un cuñao en la tele. Pues bien, esta nueva medida está en el BOE de hoy, que es lo único que cuenta.

Para quien conozca bien las diferencias entre una baja por contingencias comunes y una baja por contingencias profesionales era obvio que no iban a declarar estas cuarentenas o gripes por coronavirus como contingencias profesionales (accidente de trabajo o enfermedad profesional). Porque eso hubiera significado que las bajas las hubieran pagado las mutuas durante toda su duración. Quizá sea el momento de recordar que las mutuas son asociaciones de empresarios, sobre todo de grandes empresarios, y cuyas actividades en ocasiones son más que sospechosas (ved enlaces al final). Digamos que las mutuas son muy amigas del Gobierno. Las mutuas no solo hubieran tenido que pagar la baja sino que además tendrían que haber emitido la baja y proporcionado el tratamiento médico durante toda la baja. O sea, derivar a las mutuas todos los enfermos de coronavirus y los sospechosos de serlo, que las mutuas hicieran las pruebas diagnósticas para saber si tienen o no coronavirus y cuándo dejan de tenerlo: una pasta. ¿Qué os habéis creído, perroflautas? ¿Que las grandes empresas van a asumir los grandes riesgos del sistema económico? No hombre, no. Las grandes empresas solo asumen los grandes y pequeños beneficios del sistema capitalista pero los grandes riesgos se pagan entre todos. ¿No os gusta el comunismo? Pues por algo se empieza.

Lo que dice el RD es exactamente lo siguiente:

Consideración excepcional como situación asimilada a accidente de trabajo de los periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras como consecuencia del virus COVID-19.
«1. Al objeto de proteger la salud pública, se considerarán, con carácter excepcional, situación asimilada a accidente de trabajo, exclusivamente para la prestación económica de incapacidad temporal del sistema de Seguridad Social, aquellos periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras provocado por el virus COVID-19.
2. En ambos casos la duración de esta prestación excepcional vendrá determinada por el parte de baja por aislamiento y la correspondiente alta.
3. Podrá causar derecho a esta prestación la persona trabajadora por cuenta propia o ajena que se encuentre en la fecha del hecho causante en situación de alta en cualquiera de los regímenes de Seguridad Social.
4. La fecha del hecho causante será la fecha en la que se acuerde el aislamiento o enfermedad del trabajador, sin perjuicio de que el parte de baja se expida con posterioridad a esa fecha.»

El truco está en el "exclusivamente para la prestación económica", que tiene varias consecuencias. La primera es que las mutuas no pagan, cosa que puede no le importe a muchos trabajadores que no sepan ni lo que es una mutua. Los hay que no saben lo que es el Estatuto de los Trabajadores ni lo que cobran en bruto conque van a saber lo que es una mutua. Pero a todos los trabajadores sí que les interesará saber que no van a tener derecho a cobrar el complemento de baja si existiera en su convenio. Por la sencilla razón de que no va a ser una baja o situación de accidente de trabajo, que es lo que dijeron ayer casi todos los medios, sino solamente una situación asimilada al accidente de trabajo. Asimilada digamos que quiere decir parecida o equivalente, pero exclusivamente a efectos de la prestación de la SS.

Dicho de otra forma: va a ser como una baja por contingencias comunes (enfermedad común) pero cobrando de la SS como si fuera accidente de trabajo. Si hubiera sido común, no hubieras cobrado los 3 primeros días, del 4º al 15º te hubiera pagado la empresa el 60%, del 16º al 20º la SS el 60% y a partir del 21º la SS el 75%. Pero como accidente de trabajo cobrarás el 75% todos los días de la baja a cargo de la SS.

En resumen, los trabajadores de baja por coronavirus van a cobrar un poco más que si estuvieran de baja por gastroenteritis, pero menos que trabajando. Sobre todo, estas bajas no las van a pagar las empresas ni menos aún las mutuas sino la SS. Que quizá haya que recordar también que a la SS solo cotizan los que trabajan (y no todos), pero no los que no trabajan incluyendo los "ricos" ociosos, sin olvidar que hay unas bases máximas que producen que los que más cobran coticen menos en proporción que los que menos cobran.

Esta es la realidad que se desprende del BOE. Pero resulta que el Ministerio emitió ayer una nota de prensa anunciando esta nueva medida en la que casualmente se les olvidó poner lo de "exclusivamente para la prestación económica". Si lo hubieran puesto, quizás más de un medio de comunicación y puede que hasta algún contertulio se hubiera dado cuenta del truco y no hubieran publicado ayer alegremente que serán bajas por accidente de trabajo. Porque sencillamente no lo van a ser sino que van a ser una situación asimilada (parecida) con el objeto principal de que las empresas y las mutuas no paguen.

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