El pago delegado consiste en que paga la empresa pero en nombre y a cargo de la SS o de la mutua, porque lo que se cobra por estar de baja es una prestación y no un salario. El coste se lo descontará la empresa de sus cotizaciones. En resumen, durante una baja médica a ti te ingresa el dinero la empresa pero ese dinero lo pone la mutua o la SS a partir del día X según el tipo de baja (enlaces al final). Por tanto, cuando una empresa deja de pagarte por ponerte de baja no solo incumple con su obligación de pago delegado sino que además es posible que aún así se esté descontando el pago de sus cotizaciones, es decir que el dinero de tu baja se lo podría estar trincando la empresa.
En una situación de este tipo, los trabajadores lo único que tenéis que hacer es solicitar el pago directo a la SS. Lo podéis hacer gratis, o bien por internet o bien rellenado el modelo en papel y presentándolo en un centro de atención de la SS pidiendo cita previa (enlaces al final). De esa forma "el Estado" se encargaría de pagaros cada mes, igual que cuando cobráis el paro o la prestación de maternidad o paternidad.
Ahora viene lo más gracioso. Resulta que en la solicitud hay que señalar la causa por la que se pide el pago directo y en el caso del que estamos hablando sería “Incumplimiento por la empresa del pago delegado”. Por tanto, digamos que al mismo tiempo que solicitarais el pago directo estaríais “denunciando” a la empresa ante la SS y no olvidéis que ese incumplimiento de la empresa le estaría dando trabajo a un funcionario que no tendría por qué hacer. Imaginaros que aún encima la empresa se hubiera descontado de sus cotizaciones el pago de vuestra baja aunque no os lo hubiera hecho. A buen entendedor…
Pero no acaba aún la cosa, porque los retrasos o impagos graves del pago delegado de la baja son también causa de extinción voluntaria indemnizada del contrato (enlaces al final), igual que si fuera el salario normal. Con lo que el empresaurio listillo se podría encontrar no solo con que el trabajador pidiera cobrar la baja directamente de la SS sino que además pidiera esta extinción en función de sus impagos o retrasos previos y encima le tuviera que pagar la indemnización de despido improcedente y al trabajador no lo volviera a ver más nunca porque a este le hubiera dado la gana.
No olvidéis que la SS solo pagaría la parte de la prestación de baja, que es la mayor parte e incluso la totalidad de lo que se cobra de baja en la mayoría de los casos. Es decir que si vuestro convenio obligara a la empresa a pagaros un complemento de baja, ese complemento no os lo pagaría la SS sino que se lo tendríais que reclamar a la empresa. Por supuesto, el impago de ese complemento también podría ser causa de extinción voluntaria indemnizada si fuera grave.
Para finalizar hay que recordar el absurdo que en algunos casos puede ser enfrentarse a una situación de ilegalidad laboral pidiendo la baja. Sin olvidar tampoco a los “sindicalistos” que incluso recomiendan “profesionalmente” ese tipo de “solución” porque a ellos no les cuesta nada ni les da trabajo. Una cosa es un trabajador acosado que realmente tiene causa sobrada de baja médica psicológica. Pero otra cosa es el trabajador que curra 10h al día y, como no se atreve a negarse ni a demandar ni a denunciar, “arregla” el asunto pidiéndose la baja; con lo que podría enfadar aún más al empresaurio que si se hubiera negado, hubiera demandado o hubiera denunciado.
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A veces hay que pedir el pago directo a las mutuas, no a la seguridad social. Incluso se puede poner una denuncia por apropiación indebida de la prestación, en el caso de que por ejemplo apliquen una sanción de suspensión de empleo y sueldo, durante la baja ...
ResponderEliminarA veces se recomienda también pedir la baja médica para evitar que el trabajador acabe pidiendo una baja voluntaria por la presión, o para evitar que el empresario se invente sanciones y le suspenda de empleo y sueldo...
"Se recomienda". ¿Quién o quiénes lo recomiendan? Porque menuda recomendación. O sea que si el trabajador tiene presión, por ejemplo por hacer horas extras ilegales, "alguien" le recomienda pedir la baja.
EliminarResultado: la presión de hacer horas extras ilegales seguirá exactamente igual cuando le den de alta al poco tiempo. Además, mientras que esté de baja aparecerá la nueva presión para que pida el alta, la cual vendrá de la empresa y puede que también de la mutua. Encima, durante la baja el trabajador cobrará menos a no ser que tenga el complemento en el convenio. Sin olvidar que es de primero de derecho del trabajo de Pocoyó que el estar de baja no impide que la empresa sancione o incluso despida al trabajador ni impide que el trabajador se marche voluntariamente de la empresa por la presión que será doble por estar de baja.
No hace falta que digas quiénes son los que dan estas recomendaciones tan estupendas, porque es extraordinariamente evidente. No le sirven de nada al trabajador a largo plazo y ni siquiera a medio y puede que tampoco a corto. Pero a lo mejor esas recomendaciones sí que le sirven a más de uno de los que las diera, porque decirle a un trabajador que se coja la baja es más fácil, más rápido y más barato que decirle que vamos a demandar a tu empresa por esas ilegalidades por las que quieres cogerte la baja y para cuya defensa se supone que estás pagando afiliación.
Mi caso ahora mismo fue todo el confinamiento de baja por la seguridad social por estar embarazada y la empresa me dejo de pagar durante 3meses tuve q pedir el pago directo a la mutua,la mutua me pagaba el 75% y la empresa no me pago nunca el otro 25% como dice el convenio y el juicio lo tengo ahora en enero 2021 aver que pasa con todo esto...alegaran q no tenían productividad..típico con 5 restaurante de comida rápida 🥵
ResponderEliminarMi caso:
ResponderEliminarDenuncia ante la inspección de trabajo para que obligue a la empresa a pagarme lo que me debe de baja médica.
Demanda por apropiación indebida. Al recibir la demanda me pagan el dinero de la baja médica (con 5 meses de retraso y sin intereses de mora). La demanda sigue adelante, qué pasará? Qué ocurre al haber pagado ya, es la empresa menos culpable?
Cada vez que leo en Laboro "Que hacer si..." Automáticamente completo en mi cabeza "demandar". Lástima de Españistan que no sabe otro lenguaje que el del palo judicial. Lástima de empresaurios, si fueran empresarios, en lugar de faltar jueces, inspectores y demás, sobrarían.
ResponderEliminarComo siempre en Laboro grandes artículos, pero para variar da igual de qué vaya el artículo que siempre habrá un párrafo criticando a los sindicatos.
ResponderEliminarSi no hubiera sindicatos que saben comportarse, ni sindicalistos que miren primero por ellos, después por el sindicato, y luego ya y si no es mucho trabajo ya empiezan a mirar por el trabajador... probablemente dejaría de aparecer ese párrafo.
EliminarQue no digo que no seas un buen sindicalista, o que pertenezcas a un sindicato de los que pone por delante al trabajador, pero las tendencias y las mayorías son claras.
Por algo será...
EliminarTu defiendes de forma generalizada a los sindicalistas y aqui se critica a los "sindicalistos" .
No deberías sentirte aludido porque ya indicas en tu nombre que eres Sindicalista (que no sindicalist-o). ¿no es así?
Como siempre dar las gracias a Laboro por lo mucho que nos enseña para enfrentarse a los empresaurios acosadores laboricidas que conviene recordar tienen la ley de su parte para despedir al trabajador de baja y como todo quisqui sabe, por haber sufrido en su carnes o en las de conocidos, la facilidad y predisposición para putear incumpliendo el pago delegado de la baja para forzar a sus empleados y víctimas.
ResponderEliminarGracias Laboro.
ResponderEliminarUna sugerencia (la hago aquí porque no sé si tenéis algún espacio habilitado para ello.
Habéis hecho algún artículo referido a los ritmos de trabajo?Es decir, al clásico entre los clásicos "cada vez que pasa el jefe o el jefe de personal de turno por la máquina, le dan más velocidad" Cómo se determina el ritmo de producción?bajo qué legislación se ampara este asunto? dónde está el límite legal de lo que es "asumible" y lo que no, por un trabajador?
Sí ya tenéis elaborado algo al respecto, pues lo leeré si falta. En caso contrario, oa rogaría algún artículo al respecto.
Y, una vez más, gracias por vuestros artículos.
Hola, se que solicitas que se publique un artículo pero si te es de ayuda, según mi más que humilde opinión, se tendría que abordar desde la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
EliminarDependiendo de la empresa y de lo que uno quiera exponerse ante ella, o bien lo solicita un delegado sindical o directamente el trabajador, o mejor aún varios trabajadores.
Si existe Comité de Salud Laboral se podría exponer como orden del día dicha situación (repito depende de lo que uno quiera exponerse ante la empresa) y solicitud.
Tambien se puede dirigir la solicitud al servicio de prevención o a la propia empresa.
De esa solicitud debería salir al menos la realización de una Evaluación psicosocial (partiendo de que ya existen Evaluaciones de Riesgo de cada puesto), que consiste generalmente en un cuestionario que realizan los trabajadores afectados (siendo anónima su participación) y de ese cuestionario y de el resto de actuaciones de la empresa tendría que salir una conclusión .
Así por encima sería la cosa, pero ante la duda o miedo es mejor dejarlo en manos de un delegado sindical o de prevención en el que tengas confianza o si estás afilada, pues más claro agua.
Sobra decir que cualquier trabajador puede reclamar su derecho a la salud ante la empresa, comite de salud laboral, servicio de prenvencioón, Inspeccion de Trabajo, Tribunales, etc . Todo depende del miedo que se tenga a reclamar, ya que es normal sentir miedo a posibles represalias y más si se desconocen los pasos a seguir.
En fin espero haberte servido de ayuda y que al menos te sirva para realizar la consulta donde consideres oportuno.
Si en algo me equivoqué agradecería que me corrigiesen . Gracias