Qué hacer si tu empresa no te paga la baja.

Situacón típica del empresaurio hispánico que explota a un trabajador hasta que no puede más, este reacciona "pidiendo la baja" médica y entonces el empresaurio le deja de pagar aunque esté de baja. Para así forzarle a pedir el alta voluntaria, que vuelva al trabajo y entonces acosarle hasta que dimita. Casos así hemos conocido en Laboro a paletadas. Pero el impago de la baja tendría una solución fácil, directa y gratuita para el trabajador y que al mismo tiempo podría implicar sanción económica al empresaurio.

La gran mayoría de las empresas tienen la obligación de abonar la baja al trabajador en lo que se conoce como pago delegado. La excepción sería que fuera una empresa de menos de 10 trabajadores, que le estuviera pagando la baja al menos a otro trabajador más de 6m y que solicitara la exención del pago delegado con al menos 15d de antelación.

El pago delegado consiste en que paga la empresa pero en nombre y a cargo de la SS o de la mutua, porque lo que se cobra por estar de baja es una prestación y no un salario. El coste se lo descontará la empresa de sus cotizaciones. En resumen, durante una baja médica a ti te ingresa el dinero la empresa pero ese dinero lo pone la mutua o la SS a partir del día X según el tipo de baja (enlaces al final). Por tanto, cuando una empresa deja de pagarte por ponerte de baja no solo incumple con su obligación de pago delegado sino que además es posible que aún así se esté descontando el pago de sus cotizaciones, es decir que el dinero de tu baja se lo podría estar trincando la empresa.

En una situación de este tipo, los trabajadores lo único que tenéis que hacer es solicitar el pago directo a la SS. Lo podéis hacer gratis, o bien por internet o bien rellenado el modelo en papel y presentándolo en un centro de atención de la SS pidiendo cita previa (enlaces al final). De esa forma "el Estado" se encargaría de pagaros cada mes, igual que cuando cobráis el paro o la prestación de maternidad o paternidad.

Ahora viene lo más gracioso. Resulta que en la solicitud hay que señalar la causa por la que se pide el pago directo y en el caso del que estamos hablando sería “Incumplimiento por la empresa del pago delegado”. Por tanto, digamos que al mismo tiempo que solicitarais el pago directo estaríais “denunciando” a la empresa ante la SS y no olvidéis que ese incumplimiento de la empresa le estaría dando trabajo a un funcionario que no tendría por qué hacer. Imaginaros que aún encima la empresa se hubiera descontado de sus cotizaciones el pago de vuestra baja aunque no os lo hubiera hecho. A buen entendedor…

Pero no acaba aún la cosa, porque los retrasos o impagos graves del pago delegado de la baja son también causa de extinción voluntaria indemnizada del contrato (enlaces al final), igual que si fuera el salario normal. Con lo que el empresaurio listillo se podría encontrar no solo con que el trabajador pidiera cobrar la baja directamente de la SS sino que además pidiera esta extinción en función de sus impagos o retrasos previos y encima le tuviera que pagar la indemnización de despido improcedente y al trabajador no lo volviera a ver más nunca porque a este le hubiera dado la gana.

No olvidéis que la SS solo pagaría la parte de la prestación de baja, que es la mayor parte e incluso la totalidad de lo que se cobra de baja en la mayoría de los casos. Es decir que si vuestro convenio obligara a la empresa a pagaros un complemento de baja, ese complemento no os lo pagaría la SS sino que se lo tendríais que reclamar a la empresa. Por supuesto, el impago de ese complemento también podría ser causa de extinción voluntaria indemnizada si fuera grave.

Para finalizar hay que recordar el absurdo que en algunos casos puede ser enfrentarse a una situación de ilegalidad laboral pidiendo la baja. Sin olvidar tampoco a los “sindicalistos” que incluso recomiendan “profesionalmente” ese tipo de “solución” porque a ellos no les cuesta nada ni les da trabajo. Una cosa es un trabajador acosado que realmente tiene causa sobrada de baja médica psicológica. Pero otra cosa es el trabajador que curra 10h al día y, como no se atreve a negarse ni a demandar ni a denunciar, “arregla” el asunto pidiéndose la baja; con lo que podría enfadar aún más al empresaurio que si se hubiera negado, hubiera demandado o hubiera denunciado.

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