Recordemos que la falsa polémica era que algunas empresas como Glovo, Deliveroo o Uber Eats decían que los chavales esos que ves con la bici repartiendo pizzas son empresarios (autónomos). ¿Por qué? Pues por qué va a ser, porque tienen una bici. Igual que toda la vida ha habido empresas de construcción que decían y dicen que el albañil de su obra es empresario porque tiene una paleta e igual que toda la vida ha habido y hay empresas multiservicios que dicen que los fontaneros, electricistas, etc. que mandan a las casas son empresarios porque tienen una caja de herramientas y un boli para apuntar tu teléfono.
La única novedad que suponen los riders es que no están controlados por teléfono por el empresario de transportes, que les va llamando para decir que ahora vas al sitio A a recoger no sé qué y lo llevas al sitio B. Eso habría sido a la antigua. Ahora los riders están controlados por una aplicación de móvil, que les manda mensajes que les dicen lo mismo: tienes un reparto de A a B. Si os fijáis en realidad es exactamente lo mismo en todos los aspectos, porque después de todo una empresa es una persona jurídica que ni ve ni oye ni habla y por tanto tiene que controlar a sus trabajadores mediante un intermediario que es el encargao, el jefe, el propio empresario o bien ahora una aplicación de móvil. Pero algunos quieren ver en esta diferencia algo así como una excusa para decir que el ET ya no vale en el siglo XXI porque se ha visto superado por la inteligencia artificial de Skynet o no sé qué estupideces más y que por eso el de la bici es empresario. Eso lo vais a ver en el Parlamento cuando lleven a convalidar este decreto y el PP y Vox voten en contra con total seguridad.
El decreto o “ley rider” solo dice dos cosas:
En primer lugar establece que los representantes de los trabajadores tienen derecho a ser informados por la empresa de los parámetros, reglas e instrucciones en los que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones que pueden incidir en las condiciones de trabajo, el acceso y mantenimiento del empleo, incluida la elaboración de perfiles. Lo que va mucho más allá de que los riders sean o no autónomos, porque esta norma ha establecido que los comités tienen derecho a saber cómo funcionan los sistemas informáticos de selección y mantenimiento del empleo de todas las empresas. Ojo, de todas.
En segundo lugar establece que se presume que es trabajador por cuenta todo aquel que preste servicios retribuidos consistentes en el reparto o distribución de cualquier producto de consumo o mercancía, por parte de empleadoras que ejercen las facultades empresariales de organización, dirección y control de forma directa, indirecta o implícita, mediante la gestión algorítmica del servicio o de las condiciones de trabajo, a través de una plataforma digital. Es decir, desmontando el rollete ese que decían de que los riders eran autónomos porque estaba Skynet y por eso había un vacío legal en el siglo XXI o no sé qué.
Os preguntaréis qué pinta la parte tachada. Esa parte está en el decreto, para al tacharla queremos significar que el decreto habría quedado muchísimo mejor sin esa parte tachada. De esa forma no solo haría referencia a los riders sino también a los “taxistas” de Uber o Cabify o en general a cualquier empresa que quisiera hacer el mismo invento de montar una aplicación para mandar por ahí a trabajadores a hacer cosas. Por ejemplo ¿por qué no un Uber de limpiadoras, de cuidadoras a domicilio, de profesores particulares o de fontaneros? Venga empresaurios hispánicos, meteros en el siglo XXI con Skynet que así levantáis España, Suiza y Andorra.
Pero la triste realidad para estos empresaurios es que la doctrina que tenemos del Supremo no dice que los riders sean trabajadores por cuenta ajena sino que dice que son trabajadores por cuenta ajena todos aquellos que se controlen por el Skynet de la empresa y da lo mismo que sean riders que electricistas. Por tanto, si en algún momento aparecieran o ya existieran otras plataformas de este tipo para otras actividades, palmarían en la Inspección y en los juzgados por las mismas razones que palmaron las de riders. Que a ver si es que se van a creer que como el decreto solo menciona específicamente a los riders entonces con los que no son riders vale todo. O sea que la parte tachada en realidad da lo mismo que esté o no, porque lo importante por encima de todo es que el art.1 ET deja muy claro que es un trabajador y no un empresario todo aquel que preste servicios por cuenta ajena dentro del ámbito de organización de la empresa. Solo con ese art.1 es suficiente para cargarse cualquier plataforma o aplicación que se inventaran de "autónomos" para hacer cualquier cosa.
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Y con esos raiders q se manifiestan en contra de este decreto al grito postmoderno de "viva las cadenas", que hacemos?
ResponderEliminarNo sería ese pavo que RTVE entrevistó unos días atrás, y resultó ser un empresaurio disfrazado de currela, si uno de Delivero, o empresuza del mismo corte; y que uno del sindicato u organización "riders" destapó dejando a la entrevistadora con cara de circunstancias.
Eliminarhttps://youtu.be/UWHu4SgcUMM
EliminarEducarles y enseñarles cómo era la vida antes de la jornada laboral de 8 horas.
EliminarEntra en su canal de telegram y verás que son todos.
Tenéis que aprender a poner enlaces: este es el vídeo del 'pavo'
EliminarPues que sepas que el pelos ese es habitual de Laboro... vamos un servidor jaja
EliminarAquí se aprenden cositas que luego se pueden explicar por ahi.
Recuerdo de hace unos años el caso de EsLife, startup Valenciana enfocada en servicios de limpieza que hacía de intermediaria entre clientes y las personas que prestaban el servicio que acabo cerrando por las mismas razones. Los trabajadores dependían de EsLife, no era simplemente una plataforma para anunciarse y debían formar parte de la empresa.
ResponderEliminarA ver, que es muy bonito y todo,pero que han pasado dos días y ya están buscando atajos para no cumplir la ley.Soy repartidor y el miércoles Uber Eats me mandó un e-mail preguntándome si podían compartir mis datos con otras empresas, para que me contrataran OTRAS EMPRESAS,no ellos directamente. Un saludo
ResponderEliminarSupongo que habran contratado con una ett o algo asi, no?
EliminarVan a subcontratarles le pagan un fijo a una empresucha y les meten a ellos todo el marrón de contratarles, es lo que hacen cuando no pueden tirar del falso autónomo.
EliminarPues tras leer el artículo, que no el decreto, me ratifico en lo que en su día opiné: mejor será legislar en general con un ET realmente del siglo XXI y no para sectores o trabajadores concretos, porque lo mismo servirá para una actividad en que es una aplicación y unos algoritmos los que controlen y distribuyan la carga de trabajo entre los empleados que para otra en que dicho control se haga mediante otro método de IA o nuevas tecnologías Informáticas. Lo realmente importante es que haya una regulación que impida los abusos y ponga coto y fin a la precariedad y a la exclavitud laborales.
ResponderEliminarPues esos raiders que se manifiestan son:
ResponderEliminar- empresarios disfrazados (a alguno lo han cazado en directo en la tele ayer)
- ilegales y sin papeles que "comparten" cuenta del delivery correspondiente porque sin papeles no tienen otra oportunidad.
- los que les venden o comparten las cuentas a los anteriores, que se les acaba el chollo
- los amenazados de que que como tal, cierro el chiringuito y todos a la puta calle que están gritando "vivan las cadenas" por miedo
Se un poco mas crítico y no te creas todo lo que veas por la tele (ni si quiera todo lo que leas en internet)
Esto pretendía ser una respuesta a @Zenon, pero me he "liao".
EliminarVaya tela permitiendo que una cuenta sea compartida por varios a la vez
EliminarQue cuenta compartida ni que ocho cuartos, que conteste en la caja general en vez de en la caja de respuesta al que decía, y me pareció mas fácil (seré muy flojo) aclarar para quien iba, que borrar el comentario y volver a publicarlo en su sitio...
EliminarEndever las entendederas
Cálmese y tomese un kitkat junto con una tila
EliminarEl que quiera entender (el tono de broma) que entienda, pero venir a sentirse ofendido dos meses después es para hacérselo mirar también.
EliminarYo opino si a usted le molesta porque no se entera de lo que respondo y que lo haga dos meses después lo que le dije cálmese y tómese un kitkat junto con una tila que no es culpa mía que usted se haga líos de broma o en serio
Eliminar¿Esta ley va a permitir que las empresas se ahorren las cotizaciones atrasadas que les habrian correspondido a los trabajadores si hubieran reclamado?
ResponderEliminarNo. Es más, la SS va a tenernos que devolver las cuotas a los "riders".
EliminarYo entendía que autónomo es quien decide su horario y forma de organizarse, qué trabajos acepta y cuáles no y no tiene obligación de exclusividad con los clientes, aunque pueda tener un solo cliente. ¿Qué se me escapa para que los riders y los fontaneros que trabajan para un multiservicios no sean autónomos?
ResponderEliminarPues precisamente eso, que los riders (y los fontaneros de multiservicios) no son autónomos
Eliminar- no deciden sus horarios (el rider que no está cuando le dice su algoritmo, es penalizado), ni los pedidos que aceptan (por lo mismo, penalizaciones en caso de rechazo)
- no eligen sus tarifas (las marca la aplicación)
- hasta hace nada (que les empezaron a caer sentencias) era obligatorio ir con la mochila "oficial" de la aplicación promocionando a la plataforma, no tu empresa de autónomo
- ...
Pero si tu dices que eso es tener autonomía, nada que discutir.
Pepito, para saber qué es el "trabajo autónomo" no has de consultar la RAE, sino que debes leer el BOE, en concreto El Estatuto del trabajo autónomo.
EliminarEl día que Pepito se va enterar de que es ser autónomo es cuando su jefe le obligue a estar asi y bajo sus exclusivas ordenes
EliminarPues Pepito, te acabas de contestar tu solo. Trabajan para un multiservicios. Osea, la empresa no es suya, los clientes no son suyos, ni tiene un local propio. Si a un mecánico su jefe lo contrata para dedicarse exclusivamente a llevar la furgoneta de "taller móvil" y lo tiene todo el día visitando clientes que tienen el coche roto, ¿ese mecánico es autónomo?
ResponderEliminarSi esta clarísimo si a un empleado le obligan solo a trabajar para un cliente, el caso que tu mencionas del mecánico, es un trabajo por cuenta ajena.
EliminarEl tema esta en que esas empresas de pedidos a domicilio venían a vacilarnos diciendo que sus transportistas eran autónomos y trabajaban solo para ellos como esclavos porque les daba la gana vamos que se podían ir a trabajar con otra empresa o tirarse 5 meses sin trabajar para ellos si les daba la gana y todos sabíamos que eso era mentira que los riders no podían hacer esas cosas que si pueden hacer los autónomos de verdad.