Para que un sindicato sea “más representativo” a nivel estatal tiene que tener al menos el 10% de todos los delegados y miembros de comité nombrados mediante las elecciones sindicales en toda España. Los únicos “sindicatos” que han conseguido ser “más representativos” a nivel estatal son, como no, CC.OO. y UGT. Ningún verdadero sindicato lo ha conseguido, a causa de lo que explicamos en nuestro artículo anterior sobre este tema; principalmente porque en el 82% de empresas ni siquiera se pueden hacer elecciones sindicales.
Curiosamente, a los sindicatos autonómicos se les ponen unos requisitos mucho más restrictivos para poder ser “más representativo” y tener derecho a negociar un convenio estatal. Se les pide el 15% de los delegados y miembros de comité y un mínimo de 1.500 en la comunidad autónoma correspondiente. ¿Por qué se les pide más? Pues porque un sindicato pequeño es prácticamente imposible que consiga tener el 10% en toda España; pero hay comunidades autónomas “sospechosas” -País Vasco, Cataluña y Galicia- llenas de trabajadores perrofláuticos que hacen huelgas sin pedirle permiso ni opinión a CC.OO. y UGT y menos aún a las empresas. En esas CC.AA. hay sindicatos autonómicos que son fuertes solo a su nivel autonómico, que podrían entrar en los convenios. Para impedirlo, les pusieron un 15% en vez de un 10% y asunto arreglado.
Sin embargo, los sindicatos autonómicos que lleguen al 10% en su comunidad autónoma, pero no al 15%, sí que pueden negociar convenios autonómicos, aunque no los estatales. Eso sería un gran problema para las empresas en los convenios autonómicos en los que CC.OO.+UGT no tuvieran la mayoría y las empresas tuvieran que negociar con sindicatos auténticos autonómicos. Pero este problema lo solucionaron de raíz en 2011 añadiendo el art.84.3 al Estatuto de los Trabajadores, que permite que los convenios estatales prohíban que los convenios autonómicos pongan condiciones de trabajo mejores que las del convenio estatal. Es increíble pero es cierto. Esa prohibición se eliminó en diciembre de 2023, en el mismo decreto que también permitía que los trabajadores se acumularan el permiso de lactancia sin permiso de su empresa; pero ese decreto quedó sin efecto porque Podemos votó en contra en su convalidación en el Congreso menos de un mes después.
También es muy ilustrativo que solo se pida un porcentaje mínimo de votos del 5% para que los sindicatos entrén en los comités, porque en la mayoría de los casos se puede superar ese 5% solo con que los miembros de la candidatura del sindicato se voten a sí mismos. Esto quiere decir que, por ejemplo, UGT podría convocar unas elecciones sindicales, presentar a los “jefes” y a su personal de confianza y que salieran elegidos aunque solo se votaran ellos mismos. De hecho, eso sucede. ¡Qué curioso! El porcentaje mínimo para entrar en un comité es la mitad que el porcentaje mínimo para entrar en la negociación de un convenio.
Lo peor de este mamoneo de los “sindicatos más representativos” no es que sean ellos los que elijan a dedo a las personas concretas que se supone que representarán a los trabajadores en la comisión negociadora de los convenios sectoriales. Lo peor es que solo los “sindicatos más representativos” pueden convocar elecciones sindicales en una empresa. Los otros no. Esto quiere decir que un sindicato al que se afilien todos los trabajadores de una empresa no puede convocar elecciones a no ser que quieran CC.OO. y/o UGT. Sin olvidar que a las candidaturas independientes se les exige el triple de avales, pero no a las candidaturas sindicales.
En resumen, el objetivo es que CC.OO. y UGT puedan controlar todas las elecciones para ganarlas o el uno o el otro y que conserven entre ambos la mayoría suficiente para firmar cualquier convenio. Eso se hace de dos formas. En primer lugar, solo se pueden hacer elecciones en el 18% de las empresas con más trabajadores y solo se pueden hacer cuando las convocan (preavisan) CC.OO. o UGT. En segundo lugar, hace décadas que el Estado y las grandes empresas riegan y abonan a UGT y a CC.OO. con decenas de miles de “liberados” y les ceden el uso de la gran mayoría de sus locales sindicales. Por lo que por un lado CC.OO. y UGT tienen gratis los locales y el personal necesario, que no tienen los verdaderos sindicatos, para que puedan dedicarse a promocionar y organizar esas elecciones sindicales por toda España. Y por otro lado, se limita el nº de empresas en las que se pueden hacer elecciones y solo ellos las pueden convocar, por si acaso los medios que les regalan no fueran suficientes.
Por si aún fuera poco, se remató la faena poniendo unos plazos ridículamente cortos en los temas de impugnación de elecciones sindicales (entre uno y tres días hábiles en los casos habituales, art.76 ET). Se trata de que cuando un trabajador llegue a saber que hubo algo impugnable en las elecciones, ya se le haya pasado el plazo para impugnarlas y CC.OO. y UGT se queden con los delegados por muy irregular que haya sido el proceso.
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Buenos días Laboro. En realidad, en las empresas entre 6 y 9 trabajadores en las que no hayan promovido los propios trabajadores las elecciones sindicales, sí hay un porcentaje mínimo de votos ( válidos) para considerar el consentimiento tácito de la plantilla a realizar elecciones y es el que voten la mayoría de los trabajadores.
ResponderEliminarEn el resto de situaciones, ( elecciones en centros de trabajo o empresas de 10 o más electores) , no es necesario un número mínimo de votos para salir elegido.
Un saludo.
Lo de la mayoría es solo para el preaviso, que consiste simplemente en que el jefe -candidato de UGT- llame a dos o tres empleados al despacho y les diga "firma aquí".
EliminarSTC 36/2004, de 8 de marzo, Fundamento Jurídico 4.
EliminarLa sentencia que mencionas es para cuando un sindicato preavisa elecciones en una empresa de 6-9 sin tener antes el acuerdo de los trabajadores. Entonces sí que es necesario que vote la mayoría, que de esa forma manifiestan a posteriori que estaban de acuerdo en hacer elecciones.
EliminarPero si el "sindicato" tiene antes el "acuerdo" de los trabajadores para convocar las elecciones entonces no es necesario que vote la mayoría. O sea, "firmad aquí", se convocan las elecciones, se presenta solo el jefe y sale elegido aunque solo se vote él mismo.
Vamos, que está más amañado que las elecciones de Rusia. Me parece escandaloso e intolerable y eso que yo no voto izquierdas, ni me afecta directamente...
ResponderEliminarLas elecciones de Rusia no son nada comparado con los congresos de CC.OO. y UGT. En Rusia, Putin ha sacado el 87% y tenía 4 candidatos en contra. Pero en CC.OO. y UGT lo habitual es que el "candidato" se decida antes desde arriba, luego no se presenta nadie más porque si no lo ponen en la puta calle (lo quitan la liberación o lo despiden) y el designada gana en un congreso con un solo candidato con más del 95% de los votos. Tanto en los congresos provinciales como en los regionales como en los estatales. En los pocos casos en los que hay dos candidatos fuertes es porque se están disputando el pastel (las facturas y/o los salarios) y/o porque uno de ellos ya está dentro del "sindicato" pero sabe o sospecha que lo van a echar como gane el otro.
EliminarEl cáncer del sindicalismo español son las elecciones sindicales, que heredamos de Franco y el sindicato vertical. Porque sí, muchachos, Franco también hacía elecciones.
ResponderEliminarUn sindicalismo de verdad tiene convenios de eficacia limitada y representación por número de afiliados y no de delegados y ausencia de elecciones sindicales, que son las que compran a los sindicalistas para que tengan las mismas actitudes que los políticos. Yo, que fui sindicalista de uno de los grandes, puedo afirmar que el trabajo de los sindicatos es en un 50% elecciones sindicales, un 40% navajazos internos y un 10% acción sindical.
Si los sindicatos tuvieran que mantenerse de la cuota de los afiliados y no de las subvenciones estatales, otro gallo cantaría al trabajador.
ResponderEliminarA veces al leer los artículos de laboro pienso que pecan hasta de cierta ingenuidad como es el caso de el presente articulo , dicen "lo peor de este mamoneo de los sindicatos mas representativos no es que sean ellos los que elijen a dedo a las personas concretas que se supone representaran a los trabajadores en la comisión negociadora de los convenios sectoriales" lo peor es que los sindicatos (sobre todo los susodichos) eligen a los representantes a propuesta o sugerencia de la empresa pero esto no lo digo por decir lo digo por que se de casos concretos y también se de negociar convenios colectivos llamando la empresa a determinados representantes sindicales por teléfono por la tarde a espaldas del CGE para aprobar al día siguiente determinadas propuestas así seguir manteniendo sus prebendas. Y esto pasa en empresas bastante importantes a nivel nacional así que no quiero pensar lo que pasa en empresas pequeñas. Pero bueno si a estos representantes de los trabajadores les dan a elegir entre sus prebendas y tus derechos os podéis imaginar que elegirían.
ResponderEliminarLa situación me recuerda mucho a los geniales cómics de Iznogud el Infame, que quería ser califa en lugar del califa. Resulta que el califa cumplía con su deber acudiendo a votar cada 4 años, pero él era el único que podía votar... así que Iznogud no lo tenía nada fácil.
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