Las ventajas de declarar el salario B que te paga la empresa.

A muchísimos trabajadores os pagan una cantidad en nómina y aparte otra cantidad en B, en dinero negro, en un sobre… Por ejemplo, 2.000€ mensuales brutos en nómina y otros 300€ bajo mano. Los empresaurios os suelen decir que ese pago en B también os favorece a vosotros, porque de esa cantidad no pagáis ni IRPF ni vuestra parte de cotización a la SS. Algo así como si os hicieran un favor. Pero en Laboro os vamos a demostrar que la realidad es que os podría beneficiar declarar por vuestra cuenta esos sobrecitos en B, sin que el empresaurio lo supiera hasta que vosotros quisierais. O sea, transformar el pago en B en pago en A.

Empecemos por explicar las ventajas que supone para los trabajadores cobrar todo en A, que es lo mismo que explicar vuestras desventajas o perjuicios por cobrar una parte en B. Cobrar todo en A supone cotizar más a la SS, lo que produce cobrar más de prestaciones contributivas de la Seguridad Social, que son las más importantes porque casi todos vais a cobrar alguna o varias en vuestra vida. Hablamos de cobrar más de paro, bajas médicas, maternidad, paternidad, incapacidad permanente, jubilación… De todas estas prestaciones cobraríais más, a no ser que os pasarais de la base máxima de cotización contando solo lo que cobrarais en A. La base de cotización son ya más de 5.000€ mensuales y está previsto que suba mucho en los próximos años, con lo que muy pocos trabajadores dejaríais de disfrutar este beneficio.

Al cobrar todo en A aumentaría la indemnización de despido. Dicho a la inversa, cobrar una parte en B hace más probable vuestro despido porque lo abarata. A diferencia de las prestaciones de la SS, la indemnización de despido es independiente de la base máxima de cotización. No existe algo así como un "salario máximo" a efectos del cálculo de la indemnización. Quien cobrara 10.000€ mensuales solo cotizaría a la SS por la base máxima y solo cobraría prestaciones según ese máximo; pero su indemnización de despido sí que se calcularía con su salario completo de 10.000€. Por la misma razón, también aumentaría la indemnización en caso de ejercer el derecho a la extinción voluntaria indemnizada de contrato por modificación sustancial, por traslado, por impagos, por acoso laboral

Metiendo el salario B en la declaración del IRPF, quedaríais a salvo de una posible inspección de Hacienda contra la empresa, en el caso de que se probaran pagos en B a los trabajadores. Que la empresa os pague una cantidad en B no os exime de la obligación de incluirla en vuestra declaración de IRPF. También quedaríais a salvo de la posible multa por superar el importe máximo de cobros en efectivo. Sin embargo, la empresa sí que podría ser sancionada por Hacienda por haberos hecho un pago sin retención y también por haber superado el límite de pagos en efectivo.

Por último, aunque podrían indicarse otras ventajas colectivas o sociales, si la Inspección de Trabajo detectase los pagos en B, la SS no os cobraría a vosotros vuestra parte de la cotización. Sería la empresa la que tendría que pagar a la SS tanto la parte de cotización de la empresa como vuestra parte de la cotización, sin que a vosotros os la pudiera descontar. No porque lo ponga en Laboro, sino porque lo pone en el art.142 LGSS: “El empresario descontará a sus trabajadores, en el momento de hacerles efectivas sus retribuciones, la aportación que corresponda a cada uno de ellos. Si no efectuase el descuento en dicho momento no podrá realizarlo con posterioridad, quedando obligado a ingresar la totalidad de las cuotas a su exclusivo cargo.”

El único precio a pagar por todas estas ventajas sería que la declaración del IRPF quizá os subiera algo. Quizá, pero no seguro, porque eso de que los trabajadores pagan mucho IRPF es sencillamente un cuento, sobre todo los que menos cobran. Podéis estar seguros de que quien dice eso ni siquiera sabe lo que cobra realmente ni menos aún lo que paga realmente de IRPF. Solo sabe el neto que le ingresan en el banco y, con suerte, lo que le retienen de IRPF, que no es lo mismo ni de lejos. La realidad es que es muy habitual que a los trabajadores que cobran menos les devuelvan todo o casi todo lo que les retienen y que finalmente paguen un porcentaje muy bajo de IRPF después de hacer la declaración anual. Sobre todo como tengan hijos, ascendientes, hipoteca... La diferencia a pagar metiendo las cantidades en B podría ser muy baja e incluso podría ser cero. Es cuestión de hacer pruebas en la web de Hacienda, que para eso está, antes de presentar la declaración.

En resumen, el proceso para convertir el dinero B en dinero A, a efectos de disfrutar de las ventajas explicadas, sería meterlo en la declaración del IRPF y posteriormente presentar denuncia ante Inspección de Trabajo. O sea, contarles a Hacienda y a la SS que no estáis cobrando 2.000€ sino 2.300€. El hecho de meter los 300€ adicionales en la declaración de IRPF crearía un indicio de que fuera verdad que os estuvieran pagando en B. Sobre todo si lo acompañarais, quizá, con unas grabaciones ocultas de los momentos del pago o de una conversación con el empresaurio o el “encargao” en el que reconocieran el pago en B. Ese reconocimiento podría ser directo o indirecto. Por ejemplo, un reconocimiento indirecto o implícito podría ser una conversación en la que pidierais explicaciones a la empresa acerca del “sobre”. Que por qué me lo has quitado por estar de baja, que por qué me lo has bajado, que por qué me lo has subido en vez de subirme la nómina… O una conversación pidiendo que todo o una parte del B os lo metieran en A.

La denuncia la podríais presentar después de haber dejado de trabajar en la empresa, incluso aunque hubierais firmado un finiquito con renuncia a reclamación posterior; porque esa renuncia no afectaría ni a Hacienda ni a la SS ni a cantidades no incluidas en el finiquito, como son los sobres en B.

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