Prorrogada la reposición de 6 meses de paro en caso de ERE temporal.

Como muchos sabréis, cuando una empresa hace un ERTE (ERE temporal) de suspensión de empleos o reducción de jornada, el trabajador tiene derecho a cobrar el paro. Muchos sabéis también, porque las empresas lo suelen ofrecer como un "caramelo" para que firméis el ERTE con acuerdo, que el trabajador tiene derecho a recuperar luego 6 meses del paro que gaste en este ERTE. Ya son bastantes menos los que saben, porque a las empresas se les "olvida" decirlo en las negociaciones del ERTE, que sólo se recupera el paro si posteriormente te despiden mediante despido objetivo, ERE o concurso de acreedores, pero no si te finalizan un contrato temporal o si te despiden mediante un despido disciplinario aunque esté reconocido como improcedente. Además, este despido tiene que producirse hasta el 31/12 del año siguiente al que se inicie el ERTE.

Pues bien. Esta medida ya no estaba vigente para los ERTE del 2013. Es decir que ya no se iban a reponer 6 meses de paro en ninguno de ellos. Afortunadamente, el sábado pasado fue prorrogada esta "gracia" mediante el RD 1/2013. Es decir que se recuperarán 6 meses de paro también para los ERTE iniciados en el 2013, siempre que el despido sea anterior al 31/12/14 y por las causas indicadas. La medida es retroactiva, es decir que también afecta a los ERTE que hayan sido iniciados antes del sábado.

Lo verdaderamente lamentable es que, en muchos casos, los representantes de los trabajadores hayan estado negociando los ERTE del 2013 creyendo que la reposición seguía vigente. No es lamentable porque no se lo dijeran los empresaurios, porque eso es de esperar y además no es su obligación y muchas veces ni ellos lo saben, ya que no es su problema. Lo lamentable es que, en muchos casos, los asesores de los representantes de los trabajadores tampoco se lo dijeran por no saberlo. Aunque más lamentable es aún que el propio representante no se preocupe de informarse él mismo. La culpa no siempre es de otro, como cientos de veces se ha dicho en Laboro y se dirá. Ha habido suerte, porque han prorrogado esta reposición, pero ojo que con las mismas podrían no haberlo hecho, con lo que muchos trabajadores afectados por un ERTE del 2013 se habrían encontrado dentro de unos meses con que habrían gastado definitivamente todos los meses de paro que hubieran utilizado.

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Los trabajadores de grandes almacenes estarán de acuerdo en que les bajen el sueldo.

No sólo en que les quiten una paga extra anual, sino que también estarán de acuerdo en que cada año les bajen el salario anual total un 5% aparte si las ventas bajaran. También estarán de acuerdo en que les congelen la antigüedad y luego se la quiten. Aparte de cobrar menos, también querrán trabajar una hora más a la semana. Estas son, en resumen, las propuestas de la patronal de grandes almacenes para el nuevo convenio del sector, con las que los trabajadores estarán de acuerdo sin ningún tipo de duda.

¿Es que la bola de cristal ha salido del taller? No ha salido ni puñetera falta que hace en este caso. Esto va a suceder porque los trabajadores del sector de grandes almacenes llevan montones de años votando mayoritariamente a los sindicatos FETICO y FASGA. En algunas empresas del sector no sólo mayoritariamente sino incluso masivamente. Estos sindicatos llevan años firmando todo lo que propone la patronal del sector, por tanto es de esperar que en esta ocasión también lo hagan. Seguramente se escenificará la obra de Jardiel Poncela titulada "Haz como que quieres quitar 100 y luego yo hago como que peleo y luego sólo quitas 80." Conocida por la célebre frase: "Don Juan, Don Juan, la puntita nada más." Pero al final firmarán el convenio. Igual que firmarán cualquier ERE, descuelgue posterior de ese convenio, acuerdo colectivo de modificación de condiciones del contrato, etc. etc. con lo misma seguridad como que en agosto es verano, porque por supuesto ese es el único objetivo final de la propia existencia de estos sindicatos.

Con la misma o incluso mayor seguridad, los trabajadores del sector dirán que es por culpa de los bancos, de Angela Merkel, del gobierno, de los desahucios, de Mourinho, de los sindicatos y de la fase de la Luna. Pero la realidad es otra:

  • Por mucho que les joda, la culpa es sólo suya porque son ellos los que han votado siempre a estos sindicatos. No ha sido Angela Merkel ni Emilio Botín.
  • Han podido votar a otros sindicatos en todas y cada de las elecciones que se han celebrado en todas y cada una de las empresas del sector.
  • No sólo han podido votar a otros sindicatos sino que han podido presentarse por otros sindicatos.
  • No sólo han podido votar y/o presentarse por otros sindicatos sino que han podido formar candidaturas independientes.
  • ¿Los encargaos amenazan con despidos por temas sindicales? Eso será cierto a veces, pero no siempre. Pero lo que sí que es cierto siempre es que en un caso así no sólo el despido sería nulo sino que habrían cometido un delito. Por tanto no sólo estaríamos hablando de indemnizaciones y/o salarios de tramitación que pagaría la empresa sino de prisión y/o multa que pagaría el encargao. Claro que hay que demandar y denunciar, igual que hay que hacerlo cuando un quinqui te pega por la calle. Si el quinqui te pega, la culpa es del quinqui. Si no lo denuncias, la culpa es tuya, no de la policía ni del quinqui. Pero algunos pretenden que la policía les cuide personalmente pero sin pedírselo y encima sin que se note por si acaso se enfada el quinqui. Nadie tiene obligación alguna de defender al que no quiere defenderse a sí mismo.

Recordad que uno de los superpoderes del padefo es la inviolabilidad de su persona. Al igual que el rey, el padefo no es responsable de lo que hace y menos aún de lo que no hace. El responsable siempre es otro.

Así que estos sindicatos firmarán el nuevo convenio (dicen que en febrero) y eso no será ninguna sorpresa ni era ningún secreto. Incluso se puede decir que cumplen con su obligación porque son los trabajadores los que quieren perder derechos, ya que lo han demostrado votándoles a ellos, que siempre se los han hecho perder. Si a→b y b→c entonces a→c y el que lo niegue que se cambie de universo.

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Venatajas de agotar el plazo de demanda de impugnación de despido.

Este es un truco procesal obvio que permite que el trabajador cobre un mes más de salarios de tramitación en caso de que su despido acabe en readmisión tras demanda. Dicho de otra forma, que estéis un mes más sin trabajar y cobrando, porque los salarios de tramitación son vuestro sueldo íntegro entre el despido efectivo y la readmisión efectiva.

El truco es tan sencillo que ni siquiera merece llamarse truco. Es cierto que cualquier abogado laboralista debe conocerlo, pero no es menos cierto que no es muy habitual que se lo comenten a sus clientes, que sí que suelen desconocerlo. O al menos lo desconocían hasta ahora.

Es tan sencillo como presentar la demanda de despido el último día del plazo. Al ser los salarios de tramitación aquellos entre despido y readmisión, ésta sería más tarde si la demanda se hubiera puesto más tarde. Por tanto, retrasando la readmisión aumentan los salarios de tramitación.

El plazo de demanda es de 20 días hábiles (4 semanas naturales, festivos aparte) a contar desde la fecha efectiva de despido, que no es la del preaviso en caso de que éste existiera. Por tanto, en caso de readmisión, si el trabajador pusiera la demanda el último día cobraría 4 semanas más de salarios de tramitación que si la hubiera puesto el primer día.

Seguro que los empresaurios y asesorías Pepe estarán pensando en uno de sus truquitos favoritos, que consiste en despedir a ver si cuela y no hay demanda; pero si la hubiera readmitirían inmediatamente al despedido, para reducir estos salarios de tramitación. Sin duda que este truco funciona... con los trabajadores mal asesorados. Porque con los bien asesorados, como los que leen Laboro, les saldrá el tiro por la culata. El TS dejó claro hace tiempo que una vez que pase la fecha efectiva de despido el trabajador no tiene obligación alguna de aceptar ninguna readmisión ofrecida por la empresa. Ni aunque la ofrezcan antes de que pida el acto de conciliación, ni en el propia acto ni menos aún después. Dicho de otra forma: una vez que se hiciera efectivo el despido, si la empresa quisiera readmitir al trabajador tendría que esperarse a que hubiera juicio si el trabajador se lo propusiera, el cual suele tardar entre 3 y 4 meses tras la demanda. Ahí está la clave: tras la demanda. Es más, ofrecerle por escrito (suelen enviar un burofax) una readmisión antes del juicio sería nada menos que darle una prueba al trabajador de que el despido es improcedente. ¿Por qué? Por qué va a ser. Porque los muy g... lo suelen reconocer en el propio burofax de readmisión "obligatoria".

Si el despido fuera declarado improcedente sería el momento en que la empresa podría optar entre la readmisión o la indemnización (45d/año de la antigüedad anterior al 12/2/12 y 33d/año de la posterior). El coste de la indemnización no cambia por retrasar la demanda al último día pero el de la readmisión sí; unas 4 semanas más como ya se ha explicado. La conclusión es obvia: el trabajador nada tiene que perder demandando el último día pero sí que podría ganar casi un mes de salario bruto en caso de readmisión. Además la empresa tendría que pagar la cotización a la SS de los salarios de tramitación, con lo que el trabajador tendría un mes más cotizado en su vida laboral. No hay que olvidar que muchas empresas readmiten al trabajador con el objetivo de despedirle otra vez al día siguiente, por lo que con esta jugadita les costaría un mes más de salarios y cotización el llevar a cabo esta maniobra.

Por supuesto no hay que olvidar que la readmisión es obligatoria en caso de despido nulo y que en caso de despido improcedente de un representante de los trabajadores, sería éste quien tendría la opción entre readmisión e indemnización, por lo que en estos casos la jugadita es aún más ventajosa para el trabajador demandante.

Por tanto, el "truco" de retrasar la demanda se presenta como una estrategia jurídica legal que además permite intentar forzar que la empresa opte por la indemnización en vez de por la readmisión, al aumentar el coste de ésta sin aumentar aquella. Se puede decir que, en términos generales, la empresa optaría por la indemnización con casi total seguridad si la antigüedad fuera inferior a 4 años. No olvidemos que, al contrario de lo que mucha gente cree, los trabajadores despedidos casi siempre prefieren la indemnización a la readmisión, como cualquier profesional sabe de sobra, con la excepción de los empleados públicos.

¿Utilizan este truco en los sindicatos? Podéis estar seguros de que no, en la gran mayoría de casos, porque van a piñón fijo. Aunque está claro también que vosotros mismos podéis introducir el retraso que queráis, con precaución para no quedar fuera de plazo. Es sencillo: si os despiden el día 1 no tenéis que ir "al abogao" el día 2. Seguramente que podáis dejarlo hasta el día 20 tranquilamente, porque el plazo es de 20 días hábiles, no naturales, por lo que se descuentan sábados, domingos y festivos. Ojo que hay que contar con que en la misma demanda se pudiera acumular otra demanda por reclamación de cantidad por diferencias salariales, una demanda de impugnación de vacaciones impuestas (las típicas vacaciones "obligatorias" antes del despido), etc. Cada caso es un mundo y hay que estudiarlo aparte y no hacer con todos lo mismo, como muchos.

En cuanto al paro no hay problema alguno. Si lo has empezado a cobrar y te readmiten lo tendrás que devolver, pero eso no quiere decir que lo hayas gastado sino que volvería a tu "hucha" y seguro que el futuro españistano te ofrecerá múltiples ocasiones para volverlo a cobrar. Además los salarios de tramitación siempre son superiores al paro por definición, por ser el paro un 70% de estos salarios durante los primeros 180 días y un 50% después. En resumen, que una readmisión te supone aumentar tus ingresos de esos meses un 30% como poco y además no es que devuelvas el paro sino que realmente lo recuperas para gastarlo en otra ocasión.

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