Fraude en la empresa que hace el ERTE.
Este fraude está relacionado con el típico grupo de empresas oculto a efectos laborales. Te crees que tu jefe tiene solo una empresa para llevar su negocio pero en realidad tiene dos, si no más. A ti te contrata una empresa que tu jefe se ocupa de que sea "pobre", porque los beneficios los factura o los deriva a su otra empresa de la que no eres empleado, si es que no se los trinca directamente sin facturar. El jefe hace el ERTE en la empresa "pobre", pero tu verdadero empleador sería el grupo de ambas empresas e incluso incluyendo al jefe como persona física. El fraude estaría en que la empresa pobre tuviera causa para hacer el ERTE creada artificialmente por tu jefe, pero las otras empresas no la tuvieran.
Fraude en la causa del ERTE.
En los ERTE por fuerza mayor es difícil que haya fraude en la causa, porque estos ERTE se solicitan a la autoridad laboral y ésta es la que constata que haya o no haya esta fuerza mayor. Pero en los ERTE por otras causas (económicas, técnicas, organizativas o de producción) el fraude está tirado, porque la autoridad laboral no verifica que exista la causa sino que la "verifican" los representantes de los trabajadores. Es decir que si estos representantes acordaran el ERTE, habría presunción legal de veracidad de que existieran sus causas, aunque realmente no existieran o no fueran proporcionales a las medidas acordadas.
Fraude en la negociación del ERTE.
En caso de negociación con sindicatos que supieran comportarse, se podría perpetrar una especie de paripé de negociación, que puede que incluso apurara al máximo su duración y que hasta acabara sin acuerdo y con comunicados de prensa de los sindicatos contra la empresa. Pero aún así la empresa podría aplicar el ERTE, con lo que el paripé sería que los sindicatos no firmaran el acuerdo del ERTE pero tampoco lo impugnaran, lo que tendría exactamente los mismos efectos prácticos que si lo hubieran firmado. No habría la presunción de veracidad de la causa, pero podrías contar con los dedos del codo los trabajadores que impugnaran el ERTE de forma individual.
El caso de negociación con los representantes de los trabajadores lo podría resolver la "asesoría Pepe" de una forma muy sencilla, redactando solo 2 documentos, que podrían ser dos modelos prefabricados en los que solo cambiarían los nombres. Por un lado una comunicación de la empresa a los representantes de los trabajadores en la que les dijeran que se hubiera abierto el periodo de consultas (negociación) del ERTE. Por otro lado, un acta de una supuesta reunión entre la empresa y los representantes de los trabajadores en la que dijera que el primer día de la negociación la empresa hubiera expuesto las causas, hubiera propuesto las medidas del ERTE y los representantes de los trabajadores hubieran estado de acuerdo. El jefe se los llevaría a estos representantes, les diría que los firmaran y los firmarían. Firman sus propios finiquitos por finalización de sus contratos temporales en fraude, conque no van a firmar un ERTE. Sin olvidar que podría incluso suceder que dentro de los representantes de los trabajadores estuvieran los propios empresaurios, un socio, un familiar o cualquier otra persona "de confianza" de la empresa que figurara como empleado de la misma.
Cuando no hay representantes de los trabajadores en la empresa, se supone que los trabajadores pueden nombrar a 3 de ellos como sus representantes temporales solo para negociar ese ERTE. En cuyo caso la "asesoría Pepe" podría hacer otro documento que dijera que los trabajadores hubieran nombrado a Juanito, Manolete y Lola como sus representantes, que serían los que firmarían el acta del acuerdo del ERTE.
Fraude en la duración del ERTE.
El ERTE significa que la empresa temporalmente te echa o te reduce la jornada, sin indemnización. En ese tiempo deja de pagar el salario e incluso hay casos en los que tampoco pagan la cotización. Por lo que un empresaurio podría tener interés en que el ERTE durara mucho más tiempo del necesario en al menos dos casos fraudulentos.
El primer caso sería que quisiera aprovechar el ERTE para simplemente limpiar y vaciar todas sus empresas, es espera de tiempos mejores para abrir otras diferentes. Entonces, cuando acabara el ERTE, haría un ERE o despidos objetivos individuales, pero pasándole el muerto de las indemniaciones y deudas salariales al FOGASA.
El segundo caso sería que durante el ERTE los trabajadores siguieran trabajando igual o más que antes del ERTE, o sea que "el Estado" le pagara al jefe los salarios y puede que las cotizaciones, pero él siguiera manteniendo los mismos beneficios, probablemente en B, por lo que cuanto más durara el ERTE mejor para el jefe. Este es, con diferencia, el fraude más común junto con el de simular la negociación.
Fraude de a quién se aplica el ERTE.
Algunos ERTE se aplican por igual a toda la plantilla, pero otros no. En los segundos el fraude típico sería meter en el ERTE a los trabajadores que fueran menos del gusto de la empresa y dejar fuera al "personal de confianza", incluyendo por ejemplo a los que firmaran el ERTE. El jefe podría tener interés en meter en el ERTE a todos los trabajadores que estuvieran en reducción voluntaria de jornada, a los que hubieran demandado anteriormente a la empresa, a los que siempre pusieran problemas para hacer horas extras ilegales... Es decir, aprovechar el ERTE también como herramienta de represión y para "lanzar mensajes" al resto de la plantilla.
¿Qué se puede hacer?
Recordemos que los trabajadores cobran el paro durante el ERTE, pero el paro es siempre inferior al salario. Recordemos también que el paro corre a cargo de los fondos de la SS. Por tanto, estos casos son fraude al trabajador, porque deja de cobrar todo o parte de su salario, pero también un fraude a la SS. Por lo que una posible herramienta de defensa sería la denuncia ante Inspección de trabajo (enlaces al final). Pero ojo, porque no cabría descartar que la Inspección se ocupara de lo que la empresa le debiera a la SS, pero no de lo que le debiera al trabajador. En cuyo caso el trabajador tendría que iniciar las acciones de reclamación de cantidad con intereses moratorios del 10%, para la que no sería obligatorio que contratara abogado (enlaces a continuación).
Puedes suscribirte gratis para recibir por email los nuevos artículos que se publiquen sobre derechos de los trabajadores. Proporcionamos servcios profesionales de consultas laborales privadas y de redacción de denuncias ante Inspección de Trabajo, sin necesidad de decir en qué empresa trabajas. Dispones del libro "Tus Derechos en el Trabajo" , de otros libros y modelos y de la recopilación gratuita de "conocimientos básicos" para aprender a defenderte tú solo, sin obligación de pagar abogado.
Todos los artículos publicados en Laboro son 100% originales. Son otros los que copian contenido e imitan el nombre.
Buen artículo, y buen apunte que la ITSS igual solo se preocupa de su parte.
ResponderEliminarLo de que es difícil que haya fraude en los ERTEs de fuerza mayor puede ser aplicable en general, pero en esta situación, en la que muchos ERTEs acabarán aprobados por silencio administrativo, no parece difícil que se cuele por las rendijas un "Bar Manolo" que en realidad sea la "Consultoría Manolo" disfrazada.
Lo gracioso es cuando la empresa no paga ni tampoco hace ERTE, luego vendrán las quiebras y los madresmias y se lo tendrán merecido por ineptos
ResponderEliminarEn este caso de ERTEs por coronavirus el empresaUrio podría dejar FUERA del ERTE (o sea, que siguiera trabajando) a quien la empresa quisiese putear. Hala, tú a trabajar, a ver si te contagias tú y tu familia hdp. Hay que aprender a pensar como un empresaUrio para poder defenderse mejor de él.
ResponderEliminar(Recordemos que si se contagia con coronavirus uno de mis trabajadores, yo como empresaUrio no pago nada de la IT.)
EliminarAunque, pensándolo mejor, y siguiendo desde el prisma del empresaUrio, no tendría mucho sentido mantener un contrato activo, sin suspender, con alguien que va a ponerse “intratable” respecto a medidas de seguridad, higiene y prevención de riesgos laborales (PRL) y que encima va a soliviantar y caldear al personal. El empresaUrio tendría que pagar el salario de este trabajador “tocapelotas” sin recibir prestación de trabajo (ET art. 30).
Así que, en resumen, si yo fuese empresaUrio y quisiese putear a alguien, primero pensaría en NO incluirlo en el ERTE e intentar hacerlo trabajar, a ver si cuela y con suerte se contagia él/ella y su familia. Si no cuela, pues intento meterlo en otro ERTE en seguida (el primer ERTE ya no se podría ampliar). Pero como ese segundo ERTE tal vez sería más difícil justificarlo, sobre todo si afectase a muy pocos trabajadores (p. ej. 1, 2 o 3), pues entonces igual mejor no lo puteo. Resultado: al final el trabajador digno y luchador en todo caso conserva sus derechos.
En mi empresa han sido más "listos" y han planteado 2 opciones: o todos los trabajadores se bajan voluntariamente su salario un 10% hasta fin de año o hacen un ERTE de un 30% aproximadamente de media hasta fin de año.
ResponderEliminarLa campaña del miedo de "si hay ERTE te tocará a tí y a un 70%" ha funcionado, así que me extrañaría que un 80% de la gente no votase por la reducción de salario.
Que el ERTE no se vaya a aprobar automáticamente como quiera y cuando quiera la empresa, no parece que sea "importante". La gente piensa que si lo presenta,seguro que se lo aprueban y en todos los términos que quieran.
El caso, es que encima la empresa ha reconocido que no ha perdido contratos, no se ha cerrado la empresa, sí dicen que con el teletrabajo se ha bajado la productividad real y que hay algunos contratos que se retrasa su firma 1-2 meses pero que siguen con la idea de que se firmarán. Y que con eso tiene de sobra para que le aprueben un ERTE por producción.
Pero por otra parte, ante la peticion de que este mes se contabilizase como vacaciones en vez de agosto por la "pérdida de productividad real" (para eso que no hubiéramos hecho teletrabajo), la empresa ha dicho que no, que hay que recuperar productividad y que incluso lo de jornada intensiva en agosto se anula, que se espera un pico de trabajo para septiembre y que todo el mundo tiene que trabajar a tope.
Tal vez esté equivocado pero un ERTE no está motivado por una bajada de trabajo? Si la propia empresa está admitiendo que es un tema balance a final de año porque no quiere que el beneficio sea de cero o negativo, y que se ha de trabajar exactamente igual, qué tipo de ERTE es este? Mas bien no es trabajas al 100-110% pero cobras el 90% y te bajo el sueldo de forma "encubierta"?
Pero estoy convencido de que la gente va a votar reducción de salario porque "la cosa está muy mal, que se avecina una hecatombe", "mi sueldo es ya casi el salario de convenio por lo que no me va a afectar, así que hay que ser solidarios (hipocresía que no falte)", ...
A mi me parece bien que cada uno defienda lo que considere justo. Lo que creo que no se dan cuenta es que si cada vez que la empresa vea peligrar, teóricamente a 9 meses vista, que su balance sea cero o negativo, no sé qué piensan cuál va a ser la opción fácil de la empresa a adoptar la próxima vez.
El pato lo pagamos los de siempre y tambien lo consentimos los de siempre. Si el 90% de los asalariados españoles denunciaramos estas practicas sin los sindicatos del postureo algo empezaria a cambiar en este pais, como el miedo al despido o a reclamar cambios legislativos al gobierno para reducir la temporalidad.
EliminarNo te equivoques Selu, no hace falta un 90%, con un 15-20% ya cambiarían mucho las cosas
EliminarMuy buen artículo, pues tenía la sensación de que en el caso de ERTES de fuerza mayor, podían los empresaurios "justificar" de a quien se lo aplican, sin que luego los demanden. Cuando todo esto acabe me parece a mí que van a aumentar de forma exponencial las demandas en los juzgados debido a estos ERTES de "fuerza mayor".
ResponderEliminarOjo, porque la empresa puede decidir tirar adelante con la fuerza mayor por silencio administrativo, pero la autoridad laboral se lo va a acabar revisando, y si descubre fraude o motivos no documentados suficientemente por la empresa, ésta va a tener que rectificar, volver a abonar salarios, corregir altas en SS y, depende de cómo, hasta pagar una sanción. Más de una empresa habrá iniciado un ERTE por fuerza mayor y, una vez que han comenzado a hacerse más o menos públicos los criterios de Inspección de Trabajo, se han echado para atrás y han optado por negociar ERTE por causas económicas.
ResponderEliminarPero es lo que dice Laboro, que puede ser que luego se reclamen de oficio solo las cuotas de SS y la prestación de desempleo y se pongan sanciones, y la Inspección se desentienda de los salarios de los trabajadores.
EliminarLa inspección si que se desentiende de los salarios, pero los trabajadores que son tontos para no demandar? Pues si pelean pueden perder, si no pelean ya han perdido.
EliminarMe ha quedado la duda de quién negocia el ERTE. En anteriores artículos se hablaba de la "supremacia" de cocos y getas como resultado de negociación reciente con el maniquí de Moncloa.
ResponderEliminarEste comentario ha sido eliminado por el autor.
EliminarEste comentario ha sido eliminado por el autor.
EliminarEste comentario ha sido eliminado por el autor.
EliminarVoy a borrar los tres comentarios anteriores que me quedaron muy espesos y lo pongo todo en este comentario más conciso y clarito.
EliminarReglas para ERTEs por coronavirus (RDLey 8/2020 arts. 22 y 23):
ERTEs por fuerza mayor: no se negocian.
ERTEs por otras causas: sí se negocian. ¿Con quién? Por este orden exactamente:
1. RLT, si la hay.
2. Comisión representativa formada por “cocos y getas” (CC. OO. y UGT, respectivamente), pero solo si a estos les da la gana de negociar el ERTE. Es muy probable que la mayoría de las veces estos “cocos y getas” pasen mil. Después, si algún pobre iluso infeliz va al sindicato COCO o al sindicato GETA a poner una demanda individual, estos sindicatos, expertos en escurrir el bulto, se lo quitarán de encima diciéndole que no merece la pena demandar, pero que sí merece la pena seguir pagando la afiliación (NO querría estar en la piel de esos “vendedores” cAcos y jetas, noo señor).
3. Comisión representativa formada por los propios trabajadores (“RLT transitoria ‘ad hoc’”).
La comisión representativa de los puntos 2 y 3 debe quedar constituida en el improrrogable plazo de 5 días. ¿Qué pasa si “cocos y getas” pasan del tema (cosa que probablemente ocurrirá en MUCHOS casos)? Los trabajadores tendrían que estar al loro (porque nadie les notificará nada) para formar ELLOS MISMOS dicha comisión. Lo cual en muchas de estas empresas sin RLT “permanente” será como pedir peras al olmo.
En conclusión: muchos ERTEs por otras causas (no fuerza mayor) NO se negociarán o se “negociarán” en blanco, es decir, sin negociar ninguna mejora sobre los mínimos legales.
Laboro, me gustaría tener tanta fe como tú en que las autoridades laborales controlarán eficazmente los ERTEs por fuerza mayor... Y no solo lo dudo porque estén desbordados, sino también directamente porque en ciertos casos harán la vista gorda (prevaricación).
ResponderEliminarMi empresa se la ha jugado con el de fuerza mayor y no es un bar precisamente. Silencio administrativo. A ver si es verdad que lo revisan.
ResponderEliminarDenuncia y se verán obligados a revisarlo.
EliminarEstoy de baja maternal y no me afecta, de momento. También han aplicado una reducción de jornada del 80% pero entiendo que la máxima posible es del 70%. En caso de que así fuera, sería otro tipo de fraude.
ResponderEliminarBuenas,
ResponderEliminarGracias por tu trabajo Laboro. Cuando una empresa presenta un ERTE, ¿Dónde pueden consultar los trabajadores el documento que presenta la empresa para comprobar que sea legal?¿O se han de basar sólo en la comunicación que les realiza la empresa? Entiendo que antes de denunciarlo habrá que estudiarlo, ¿no?
Se agradeceria un articulo actualizado a los tiempos que corren sobre las reducciones voluntarias/obligatorias de jornada, novaciones y modificaciones sustanciales, que tanto le gusta aplicar a la gestoria del empresaurio sin mutuo acuerdo para asi evitar un erte.
ResponderEliminarPero la cuestión sería: ¿vale la pena impugnar el ERTE por parte de un trabajador, o más vale hacer reclamación de cantidad directamente?
ResponderEliminar