El motivo de la llamada es que va a finalizar la relación laboral y le llaman para que firme “el finiquito”. Da lo mismo que esta finalización sea por despido, por fin de contrato temporal, por dimisión (baja voluntaria) o por cualquier otra razón. El caso es que el almirante de los playmobil le pone unos papeles a Porfirio para que los firme, que son por un lado una comunicación del despido o fin de contrato y por otro lado un finiquito por cantidad X con renuncia a toda reclamación posterior. Por lo que Porfirio pide un tiempo para revisar esos papeles y firmarlos posteriormente si juzgara conveniente hacerlo.
Entonces el almirante de los playmobil le dice que no se puede llevar los papeles, ni fotografiarlos sino que es obligatorio que los firme en ese momento. O sea que los almirantes de los playmobil se acaban de inventar los acuerdos obligatorios, que deben ser primos de los gatoperros y de los osopollos. Algunos almirantes incluso le dicen a Porfirio que no se puede ir sin firmar los papeles. Lamentablemente, Porfirio firma digamos que en el 90% de las ocasiones. Pero no todos son Porfirios y hay quien podría tener en cuenta las siguientes obviedades:
- No existe ningún documento que sea obligatorio firmar. Si es una comunicación, como una carta de despido, no necesitan que lo firmes porque te lo pueden enviar por burofax. Si es un acuerdo, obviamente lo firmarás solo si te sale de los mismísimos y en el momento en que te de la gana, que por algo es un acuerdo. Lo explicamos con mayor detalle en un artículo anterior (enlaces al final).
- Por no firmar nunca vas a perder oportunidades de cobrar todo lo que te deban. Pero por firmar sí que las puedes perder.
- Si el documento es un despido o una finalización de contrato temporal y no lo firmas, es problema de la empresa decidir qué hacer, no tuyo. ¿Que no te echan aún? Día que pase es día que cobras, día que cotizas, día que aumenta tu paro, día que aumenta tu indemnización, día que puede que se te olvide hacer horas extras ilegales y funciones que no te paguen e igualmente mañana tampoco vas a firmar el documento si no quieres. Ellos verán. ¿Que te echan sin firmar? Pues entonces puedes pedir el paro y empezar a cobrarlo incluso aunque no te den el certificado de empresa, y que no firmes no exime a la empresa de pagarte la indemnización que corresponda y todo lo que te deban de otras cosas. Si no lo hicieran podrías presentar demanda y en esta podrías requerir la carta que no te querían dar, para reírte un rato de ellos porque realmente no te haría falta en la mayoría de casos. Como no habrías firmado el finiquito, no habrías renunciado a nada; por lo que tranquilamente en casa podrías hacer tus cuentas de todo lo que te debieran de indemnización y de lo que fuera. Puesto a demandar, de paso podrías reclamarles cualquier otra cosa que no les hubieras reclamado si no te hubieran echado, como horas extras ilegales, vacaciones de años anteriores, diferencias salariales, etc. etc. La empresa quiere que firmes precisamente para evitar eso y solo para evitar eso. Si no sabes hacer la cuentas, en Laboro tienes un servicio profesional de consultas laborales privadas, sin necesidad de decir el nombre de la empresa.
- Si el documento es solo un finiquito por dimisión (baja voluntaria) y no lo quieres firmar, ¿qué problema tienes tú? No firmarlo no te va a impedir irte igual el día previsto. No firmarlo lo que va a impedir es que la empresa se libre de pagar todo lo que te deban igual que en el caso anterior, excepto indemnización porque se trataría de una dimisión.
- ¿Cómo que no puedes irte sin firmar? ¿Qué significa exactamente que no puedes? ¿Que el almirante va a llamar al segundo de abordo para que te ponga bajo arresto en el camarote? Es lamentable que haya Porfirios a los que sea necesario explicarles que es obvio que sí que se pueden ir porque el movimiento se demuestra andando, nunca mejor dicho. Pero si te impidieran físicamente salir, por ejemplo cerrando la puerta o con el típico empleado de seguridad, entonces estaríamos hablando de un posible delito de detención ilegal: “El particular que encerrare o detuviere a otro, privándole de su libertad, será castigado con la pena de prisión de cuatro a seis años”. No importaría el tiempo durante el que te impidieran salir porque el delito se produciría instantáneamente (STS 10/5/05 entre otras). Además de otro posible delito de coacción, porque no te dejarían salir para forzarte a firmar. Recordemos de nuevo que las grabaciones ocultas son válidas en juicio y que las denuncias penales son gratuitas y el fiscal se ocupa del caso.
Al final estaríamos hablando de dos posibles demandas en el terreno laboral. En todo caso una demanda de reclamación de cantidad por lo que te debieran de nómina del último mes, pagas extras, vacaciones, salario variable, horas extras, etc. etc. Si además te hubieran echando sin reconocer la improcedencia del despido, otra demanda por despido. En ninguna de estas dos demandas es obligatorio que contrates abogado y menos aún a un “abogado laboralisto”.
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También hay ocasiones en las que te dan a firmar mil papeles a la vez y como la gente firma lo que firma porque se pone muy nerviosa, te hacen firmar a la vez el despido y sin que te des cuenta la baja voluntaria. Por desgracia nadie pide copia de lo que ha firmado, con lo cual cuando salen del despacho el empresaurio rompe la carta de despido y por arte de magia sólo queda la carta de la baja voluntaria.
ResponderEliminarTambién es importante mirar qué fecha sale en los documentos, no es el primero que firma su despido una fecha "equivocada".
En ocasiones te ponen los documentos así como doblados, para que vayas firmando, y no te das cuenta de que alguno has firmado pero sin texto, con la hoja en blanco, y ahí el empresaurio puede poner todo lo que quiera.
En realidad, lo suyo es asegurarse de que los documentos de varias hojas se firmen en todas las hojas y vayan paginados, en plan "página 2 de 5". No sea cosa que firmes la última página en blanco, luego la desgrapen y la vuelvan a grapar a otra cosa.
EliminarPor supuesto, y pidiendo una copia para ti de todo lo que has firmado y que también lo firme el empresario.
EliminarCorregidme si me equivoco pero, si el empresaurio, gafapasta o quien sea, toma una hoja firmada y la adjunta a otro documento ¿No estaría cometiendo un delito? Si el resto no está firmado va a ser un tanto imposible que cuele en un juzgado, precisamente por lo fácil que es grapar y desgrapar; pero en este caso, insisto, si se pudiera demostrar, el perpetrador se podría enfrentar a un problemilla.
EliminarPistas para olisquear que te preparan una encerrona:
ResponderEliminar- Que cuando te llamen al despacho veas que el amo tiene allí algún lacayo fingiendo que hace algo (colocar papeles, archivos, etc..). Puede resultar divertido preguntarle al lacayo qué es lo que hace, y observar el nivel de improvisación de su respuesta.
- Que el empresaurio deje la puerta "casualmente" entreabierta mientras habla contigo, con alguien "casualmente" sentado justamente al otro lado de la puerta (si se te ocurre intentar cerrar la puerta, la respuesta tipo es "deja abierto, deja abierto, que se ventile esto un poco").
Solución: son testigos que utilizarán contra ti en caso de que el asunto pase a mayores. Así que cuando os obliguen a firmar algo como lo que indica la gente de Laboro, ya sabéis: mucha educación y la frase de Bartleby, "preferiría no hacerlo".
Porfirio, para lo de la fecha equivocada, nada tan fácil como poner en la firma "recibí tal día, de tal mes, de tal año y si quieres la hora" apretando con fuerza y bien grande....
ResponderEliminarMás negarse a firmar sin que haya una copia o, al menos, sin fotografiar; claro que lo de la foto después de firmar puede ser más crudo, pero si se está grabando, el empresaurio se niega a dar copia ni a fotografiar, y luego hay "extraños" en el papel (como un borrón), de nuevo pudiera pasar que el perpetrador tenga que dar alguna explicación a un señor con toga y cara de pocos amigos..
EliminarDeberían hacer como en Italia, que la dimisión voluntaria no tiene efecto hasta que la comunicas online a la Administración Tributaria con tus datos personales.
ResponderEliminarYo siempre he tenido la duda de que hacer cuando al negarse a firmar, no te dan ningún papel.
ResponderEliminarSe supone que estoy despedido, pero cómo evitar que luego la empresa diga: Dejó de venir a trabajar sin motivo y por eso lo he despedido (unos días más tarde).
Lo primero que hará la empresa, para no pagar ni un euro más de indemnización, es darte de baja de la Seguridad Social y te llegará un mensaje al móvil (si la S. Social tiene tus datos actualizados).
EliminarSi por otro lado, sería otra cuestión que la empresa te dice que estás despedido, no te da ninguna documentación al respecto, y luego tú no vas a trabajar y la empresa entonces te da de baja voluntaria. Para solucionar eso una opción es ir al día siguiente a trabajar, si no te dejan entrar llamas a la policía, y si el jefe dice que no puedes entrar porque estás despedido que entregue entonces la documentación.
Si la comunicación no es fehaciente... Como dice Laboro, lo mejor es seguir yendo a trabajar aunque, tal vez, sin poner demasiado empeño.
EliminarY que pasa si firmo con un "No Conforme" a efectos sería lo mismo que no firmar, correcto?
ResponderEliminarNo
EliminarNo? Vamos a ver si me aclaro y poniendo como referencia ese articulo... https://laboro-spain.blogspot.com/2021/02/firmar-poniendo-no-conforme.html
EliminarEntiendo que si no estás de acuerdo con algo no lo firmas, pero ante ciertas situaciones creo que es perfectamente válido firmar y poner "No conforme"+ fecha y "pendiente de cobro" si la situación lo requiere o si te conviene, por tanto porqué no es lo mismo? Si alguien me lo puede explicar
Pues para empezar no es lo mismo porque si no firmas le obligas al empresaurio de turno a mandarte el despido por burofax, con lo que ya le obligas a gastar 30€, o el despido no ha ocurrido. Si firmas aunque sea no conforme, el despido se ha producido de entrada sin presentar batalla, y ya luego si eso demandas. Si firmas no conforme pero luego no te dan copia de lo que estás firmando, el empresaurio tiene prueba de haberte notificado el despido y puede inventarse que sí te dió una copia si no estás grabando la conversación para demostrar lo contrario, y sin copia de los documentos cobrarás el paro más tarde porque tendrás que presentar la solicitud del paro sin documentos, pero él si que tiene prueba de haberte despedido porque has firmado. Si un empresaurio te da a firmar un documento, en el mejor de los casos a tí te da igual firmar o no, pero a él ya le estás haciendo un favor. Para qué hacerle un favor a un empresaurio?
EliminarOtro consejo: Si no ves dos copias exactamente iguales la una de la otra del documento que pretenden hacerte firmar, no firmes. Antes de firmar lee y compara las dos copias, no leas una y des por hecho que la otra es exactamente igual.
Si no tienes claro lo que estás firmando, no firmes, porque un NO CONFORME no es un comodín que te salva de todo. Si firmas que sea porque tú quieres y entiendes lo que estás firmando.
Personamente me mi en la situacion FIRME CON UN NO CONFORME lleve a la empresa a juicio y GANE el juicio con una indemnizacion de el doble de lo que yo pedia
EliminarSobre esto surgió hace unos días un hilo en Twitter. Hay que tener cuidado de si se firma que sea como un acuse de haber recibido la información y no que se está de acuerdo con lo que pone porque puede incluir clausulas diciendo que renuncias a un futura reclamación.
ResponderEliminarPor otra parte una persona decía que en un caso de despido procedente por apropiación indebida no pudo tramitar el paro hasta tener la sentencia de absolución porque no hay despido hasta entonces. No me cuadra, pero como no soy experto no dije más. Si resulta que para solicitar el paro hay que esperar al juicio eso puede ser más un año a dos tal y como está la administración.
Laboro podrá ilustarr sobre esa cuestión concreta. Pero un despido por apropiación indebida, sin que la haya (sin que pueda demostrarse), puede tener ciertas consecuencias para el que hace tal acusación.
EliminarLo que me sorprende es que en este caso, sin acuerdo, el despido no sea efectivo, porque en ese caso tendrían que seguir pagando al trabajador. Máxime, si han comunicado el despido; con eso ya se podría solicitar la prestación por desempleo, como muy bien ha explicado Laboro en otras ocasiones. Otra cuestión serán las posibles acciones legales posteriores.
Ante la duda, si no sabes lo que estás firmando, no firmes. Así de simple.
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