Para irse con baja voluntaria no hace falta renunciar a nada.

Casó típico: trabajador con salario por debajo de convenio y/o con jornada por encima de convenio que se marcha voluntariamente de la empresa. Puede cobrar por debajo de convenio sabiéndolo o bien sin saberlo, que es incluso más frecuente, porque no le apliquen el convenio correcto, no le apliquen la clasificación profesional correcta, no le apliquen las tablas correctas y/o todo a la vez. Su jornada puede ser superior a la del convenio sabiéndolo (cuando trabaja más de 40h semanales) o sin saberlo, porque los que trabajan "solo" 40 suelen ignorar que en la gran mayoría de casos la jornada máxima es menos de 40. O incluso podemos tener al trabajador que teóricamente tiene salario correcto y jornada correcta pero al que le deben un par de nóminas. Por tanto, el caso típico que se analiza en este nuevo artículo de Laboro sería el del trabajador que se fuera voluntariamente de una empresa que le debiera dinero que pudiera ser cobrado mediante demanda de reclamación de cantidad laboral, es decir deudas de las que hubieran pasado menos de 12m.

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La obligación de registrar las jornadas laborales.

7/4/17: ¡¡Atención!! Tras la fecha de publicación de este artículo se pronunció al respecto el TS. Si te interesa el tema tienes que leer también este otro artículo.

Hace unos meses apareció en los medios de comunicación una serie de informaciones acerca de que todas las empresas deben registrar la jornada efectiva realizada por todos sus trabajadores, incluyendo los trabajadores a tiempo completo que no hagan horas extras. En la mayoría de los casos lo planteaban como una especie de novedad introducida por dos sentencias de la AN y en algunos casos olvidaban lo fundamental, que es que esta obligación lleva existiendo al menos desde el año 1995 y no "por sentencia" sino "por Ley", como suelen decir los cuñaos. O sea que las dos sentencias de la AN tan supuestamente novedosas lo único que han hecho es recordar que Zarra marcó un gol. De hecho, a día de hoy estamos en plena campaña de control de horas extras por la Inspección de Trabajo.

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Nueva campaña de Inspección de Trabajo para el control de horas extras.

La Inspección de Trabajo ha iniciado una campaña para controlar el cumplimiento de la normativa sobre tiempo de trabajo a jornada completa y en particular de la realización de horas extraordinarias. Las empresas a inspeccionar serán seleccionadas por la Inspección sin necesidad de denuncia previa. Pero parece evidente que no cabe descartar que hubieran mayores posibilidades de selección de las empresas que fueran denunciadas por temas de horas extras ilegales.

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