El gobierno prepara una nueva reforma laboral.

El gobierno está preparando una nueva reforma laboral que pronto será presentada ante la prensa y los agentes sociales por la actual ministra de empleo y cuya redacción se ha encargado a un gabinete de expertos encabezado por el anterior ministro de empleo Eduardo Zaplana. Se prevé que sea una reforma de amplio calado que implique la modificación de varias leyes. Las líneas maestras de la reforma se dividen en 40 puntos:

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El gobierno quiere subir el salario mínimo un 20 por ciento en 3 años olvidando que en realidad no existe el salario mínimo.

Estos días puede que hayáis oído la noticia de que el gobierno, porque es más güeno que Obi Wan recién acostao, subirá el salario mínimo un 4% en el 2018 y quieren subirlo otro 16% hasta el 2020. Pero claro, si el salario mínimo actual son 707,60€ ¿cómo es que tu primo de Navalcarnero solo cobra 400€? Pues por la sencilla razón de que eso a lo que llaman salario mínimo no es el salario mínimo, nos ha jodido. ¿Ah no? A ver de qué te extrañas viviendo en Españistán, la tierra en la que los contratos fijos no son fijos, en la que los planes de pensiones no son pensiones y además los prejubilados no están jubilados, por citar solo unos ejemplos.

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Toñi la camarera compra lotería de Navidad.

Hola, soy yo otra vez, ¿os acordáis de mí? Si hombre, Toñi la camarera del bar de Manolo, la que hace unos meses os conté que me iba de vacaciones. En primer lugar quiero daros las gracias por los comentarios que me pusisteis ¡nada menos que 25! En el facebook no me ponen 25 me gustas ni de broma y eso que siempre pongo frases superbonitas que leo en los sobrecitos de azúcar. Pues como el éxito me anima, hoy os voy a contar que estoy muy emocionada porque mañana es el sorteo del gordo.

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Cuando la empresa no quiere firmar el documento que presenta un trabajador.

La situación típica es la siguiente: como trabajador de una empresa quieres presentar un documento de solicitud y/o de comunicación pero el empresaurio o el "encargao" se niegan a firmarte el recibí. Es decir que no es que la empresa se niegue a concederte lo que solicites, que también, sino que incluso se niegan a firmar sencillamente reconociendo haber recibido el documento. Por ejemplo cuando quieres presentar una solicitud de reducción voluntaria de jornada, una solicitud de fechas de vacaciones o bien una comunicación de dimisión, más conocida como "baja voluntaria".

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Calculadora del tiempo de amortización de tu despido.

Como todo el mundo sabe, despedir a un trabajador le cuesta dinero a la empresa porque tiene que pagarle una indemnización, suponiendo que el trabajador no hubiera cometido ninguna falta lo suficientemente grave como para justificar su despido disciplinario. Pero al mismo tiempo, despedir a un trabajador supone también que la empresa al día siguiente empieza a ahorrar dinero, por la obviedad de que dejará de pagar su salario y sus cotizaciones a la SS; y seguirá ahorrando dinero con cada mes que pase. Por tanto, en algún momento el ahorro igualará el coste del despido y luego lo superará. Es decir que más temprano que tarde el coste de la indemnización de despido quedará amortizado.

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Reclamar como horas extras el pago de las vacaciones no disfrutadas de años anteriores.

Artículo actualizado a 4/12/17 para incorporar la nueva doctrina europea que permite reclamar el disfrute o pago de las vacaciones no disfrutadas en años anteriores por culpa de la empresa.

Muchos trabajadores ya saben que una vez que se acaba el año natural no se puede solicitar el disfrute ni el pago de las vacaciones que no hayas gastado. El TS ya dijo en su día que las vacaciones son un derecho que puede usarse o no usarse, al igual que el derecho al permiso retribuido por matrimonio o el permiso retribuido por paternidad, ahora que está de moda. Es decir que el derecho a vacaciones prescribe al acabar el año natural. Siempre que el convenio no diga lo contrario, porque algunos permiten pasar vacaciones hasta cierta fecha del año siguiente. No obstante, la doctrina europea determinó posteriormente que las vacaciones no disfrutadas de años anteriores por culpa de la empresa sí que se van pasando a los años siguientes sin límite de tiempo; es decir que no prescribe el derecho a su disfrute, o cobro en caso de que la relación laboral finalizara.

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Normas laborales sobre las vacaciones.

Las normas generales y comunes respecto al derecho a vacaciones, aplicables a todos los trabajadores sujetos a la normativa laboral española, son las indicadas en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, que dice lo siguiente:

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Se pueden reclamar las vacaciones pendientes de años anteriores, sin límites.

De nuevo otra sentencia europea favorable a los trabajadores y que quita otro de los ladrillos con los que se ha construido el gran chollete empresaurial de las relaciones laborales en Españistán. En esta ocasión es sobre vacaciones "perdidas". La situación habitual era la siguiente: un trabajador no disfrutaba de todas sus vacaciones en un año, o incluso en varios seguidos, por la sencilla razón de que al empresaurio no le daba la gana. Sin olvidar otros casos en los que aún hay ignorantes que dicen que los trabajadores de media jornada solo tienen la mitad de vacaciones, incluyendo algunos "representantes de los trabajadores".

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