El principio de que el movimiento se demuestra andando aplicado en el trabajo.

En Laboro hemos dicho muchas veces que no tienen sentido las preguntas de los trabajadores tipo “¿me pueden hacer/decir…?”, porque el movimiento se demuestra andando. ¿Tiene sentido preguntar si puedes aparcar en la puerta de los bomberos? No, porque siempre “puedes” aparcar en cualquier sitio. Tú aparcas y queda demostrado que has podido aparcar. En el trabajo sucede lo mismo con las ilegalidades de la empresa; pero hoy te explicamos que, a tu empresa, tú también puedes demostrarle el movimiento andando.

Laboro es un sitio web muy famoso que está llenito de artículos explicando, en general, que es ilegal despedir a una mujer estando embarazada, que es ilegal que te cambien el horario sin causa y sin preaviso de 15 días, que no tienes por qué hacer horas extras ilegales e incluso tampoco legales porque por defecto son voluntarias, etc. etc. Tenemos hasta un libro de casi 300 páginas hablando de las legalidades e ilegalidades laborales. ¿Y qué? Eso no se puede traducir como lo hacen muchos trabajadores: “no te pueden despedir estando embarazada”, “no te pueden obligar a hacer horas extras”, no te pueden no sé qué o no te pueden no sé cuánto. Pues claro que “pueden”, porque de hecho lo hacen miles de empresas todos los días. Lo que no se puede es que vuele una vaca y por eso nunca ha volado ninguna. Pero ilegalidades de toda clase… las que quieras, igual que tú puedes aparcar en la puerta de los bomberos con el freno de mano echado.

Hay enteraos que incluso publican por escrito que la empresa “no te puede decir que hagas horas extras, que el domingo vengas a trabajar, o que vuelvas antes de tus vacaciones. ¿Ah no? ¿No te lo puede ni decir? ¿Eso qué significa? ¿Que cuando el encargao lo va a decir se le bloquea el habla y no emite las palabras? Son los mismos enteraos que dicen que tal o cual cosa es “por ley”, sin tener ni idea de qué ley hablan y ni siquiera de que haya o deje de haber alguna ley al respecto.

Otra cosa sería que lo que la empresa hubiera o no hubiera hecho o dicho contradijera la legislación laboral o incluso la penal. Entonces tú podrías iniciar las acciones legales pertinentes, porque si no nadie lo haría por ti y los enteraos menos aún. Igual que, si aparcas en la puerta de los bomberos, puede venir la grúa y llevarse tu coche.

Pero este principio de demostrar el movimiento andando también funciona al revés para los chicos listos. Es decir que tampoco tiene ningún sentido que un trabajador pregunte “¿puedo hacer/decir…?” porque su movimiento también se demuestra andando. Es extraordinariamente obvio que un trabajador puede hacer o no hacer lo que quiera en todo momento respecto a su trabajo, porque es él quien lo hace o no lo hace. Otra cosa serían las posibles consecuencias de ese acción o inacción. ¿Y qué? Ahí está la clave del asunto. También hemos dicho que nadie le impide al trabajador pensar y actuar como una empresa e incluso como un empresaurio. ¿Acaso a los empresaurios les importa que sea ilegal que hagáis horas extras sin cobrarlas ni compensarlas? ¿Acaso a los empresaurios les importa que podáis demandar si las hacéis? Pues a ver quién puede impedirle a un chico listo que le haga lo mismo a su empresaurio.

Señor empresaurio, a partir de mañana me autoconcedo vacaciones de 15 días porque estoy harto de que otros años me las hayas chuleado, me las hayas cambiado, me las hayas dado cuando a ti te dio la gana. Señor empresaurio, como tengo otra oferta de empleo mucho mejor, desde mañana me autoconcedo una excedencia voluntaria porque no quiero dimitir y menos aún sin preaviso. Señor empresaurio, como no me has pagado las horas extras que me debes, desde mañana me autoconcedo la compensación de las mismas con tiempo libre. Señor empresaurio, como no me sale de las narices venir el domingo, no vengo. Señor empresaurio, como no me viene bien el nuevo horario que me quieres poner, sigo con el viejo. Señor empresaurio, me da lo mismo que me quieras quitar el teletrabajo y yo voy a seguir haciéndolo igual.

Los ejemplos serían incontables. ¿Se pueden hacer todas esas cosas? Y dale con el “pueden”. Pues claro que se pueden hacer y entonces que la empresa haga lo quiera. Un típico ejemplo de darle la vuelta a la sartén y cogerla tú por el mango. Que la empresa mueva ficha, porque le toca a ella. O que no la mueva, es su problema.

¿Que la empresa te despide, que te sanciona…? Entonces nadie puede impedirte que tú presentes la correspondiente demanda por despido o sanción y entonces se verá si lo que hiciste o no hiciste era o no legal, teniendo en cuenta que en las demandas por despido y sanciones es la empresa la que tiene que probar que es justo el despido o sanción, no tú quien tiene que probar lo contrario. A lo mejor ganas, a lo mejor pierdes o a lo mejor ni demandas porque te de igual. A lo mejor hay que recordarle a más de uno que en el peor de los casos de despido o sanción ya no cobras salario, pero tampoco trabajas y sí que cobras el paro en cualquier tipo de despido. Que ya no trabajes puede ser un problema mucho mayor para la empresa que para ti, sobre todo en los casos de empresas con problemas de personal. Incluso hay casos de empresas que no encuentran personal y al trabajador que tienen no le importa que lo despidan o incluso lo está deseando. A ver qué hacen cuando ese trabajador le de la vuelta a la tortilla y demuestre que anda por donde quiere y cuando quiere.

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