- En una empresa, alegando la crisis, se reducen los salarios.
- La gerente de ventas de la empresa llama “ladrón e hijo de puta” al director general al discutir por una comisión de una venta que éste le negó por decir que la había hecho él.
- La empresa le hace un despido disciplinario sin reconocerlo como improcedente, es decir sin indemnización (ojo, sí se tiene derecho a finiquito en estos casos).
- La empleada (la gerente) demanda por despido improcedente.
- Gana el juicio en el juzgado de lo social.
- El insulto se considera como hecho probado en la sentencia.
- La empresa recurre al TSJ.
- El TSJ confirma la improcedencia del despido diciendo que esas palabras “no pueden ser entendidas ni de un modo literal ni en su significación plenamente semántica [...] las palabras tienen un distinto significado según el tono, el contexto y al ánimo de insultar y, en función de estas circunstancias es cuando deberá valorarse si existe o no ánimo de ofender o injuriar”.
- La sentencia considera que el clima de tensión en la empresa como consecuencia de la crisis es un atenuante, así como la situación de ansiedad de la empleada, ya que tuvo que ser atendida por el SAMUR y que por tanto su conducta no es merecedora de la sanción máxima, que es el despido disciplinario.
- Se condena a la empresa al pago de los salarios de tramitación y optar entre la indemnización de 20.000€ y la readmisión.
- La empresa ha recurrido ante el TS.
Este tipo de sentencias está consolidando una doctrina muy sencilla. Si las relaciones laborales son malas en una empresa, que el jefecillo no espere poder despedir gratis a los empleados que dentro de una discusión se acuerden de toda su familia.
Por cierto ¿alguien se cree que la venta la hiciera el director general? Pues eso. Ahora va a pagar mucho más en forma de indemnización y salarios de tramitación y qué nos apostamos a que el recurso al TS ni se lo admiten a trámite.
uffff... Me estan entrando unas ganas!! que llega la Navidad y mi "empresario" aun me debe noviembre, la paga extra ya nos ha dicho que no la vamos ni a oler, y el 1 de enero vemos que tampoco cobramos la nómina de diciembre... uffff... y yo me altero enseguida, pero una lucecita en mi cabezita me dice que me contenga..uiiii.. que en mi próxima discusión con él ,cuando venga con las prisas para producir, me voy a acordar de su SEÑORA MADRE, voy a buscar en el diccionario todos los sinónimos de LADRÓN, o PIRATA, o ESPECULADOR o...
ResponderEliminarY porque mejor no le demandas por reclamacion de cantidad mas intereses de demora y eso mejor que un insulto es un bofeton en toda su cara.
EliminarPor supuesto si te despide a consecuencia de otra demanda por tutela de derechos fundamentales y a ver si aprende...
Yo se lo llamo todos los dias a mi Jefe. Lo que ocurre es que es asalariado mio....
ResponderEliminarlaboro, a que te refieres que en este caso corresponde finiquito, tenia entendido que ante un despido disciplinario solo tiene derecho a paro, después nada de nada.
ResponderEliminarsaludos
Curiosamente está explicado en el artículo llamado "calcular el finiquito" el cual, cosa extraña, habla del tema.
ResponderEliminarse echa en falta una lista de todos los articulos que hay en la web, es muy dificil encontrar las cosas.
ResponderEliminarsi la lista existe retiro lo dicho, pero nunca la he encontrado asi q hay un fallo de diseño (facilidad de uso de la web)
respecto a lo de q si hay o no derecho a finiquito, menudas preguntas q hace la gente...
hooo... perdón, perdón, anónimo por ser tan ignorante, porque no me ilustras un poco y me das una verdadera cátedra sobre derecho laboral.
ResponderEliminarLaboro me acaba de llegar el libro tus derechos en el trabajo, me estoy devorando el índice y si el contenido contesta bien a las preguntas, es oro en polvo para los trabajadores.PROMETE.
Anónimo después de leer el libro hablamos.
ahora si, he vuelto a leer el artículo "calcular el finiquito" y me quedo claro.
ResponderEliminarEl problema consiste, aunque me leo todos los artículos tuyos, en que uno se olvida debido a que no hace uso de estos puntos de forma habitual, por la simple razón de que su vida no esta ligada al derecho.
Y si, es verdad que algunos hacemos cada pregunta, como también es verdad que algunos hacen acotaciones que no aportan nada al ignorante tan solo un insulto entre lineas.
Me gustaría, si fuera posible, que abriérais un nuevo post con el desenlace de este proceso. Si es que admiten el recurso, lo que diga el TS sería definitivo y daría aún más peso al artículo y las anteriores decisiones del JS y TSJ.
ResponderEliminarSaludos.