Todas las medidas han sido aprobadas por el comité de empresa en el primer día del periodo de consultas. El presidente del mismo, del sindicato LOFIRMOTO, ha manifestado en declaraciones exclusivas a Laboro que "yo no entiendo y paso de follones y los jueces están compraos". Las medidas aprobadas han sido convalidadas por la Consejería de Desempleo, ERE y Desayuno y son las siguientes:
- Todas las medidas se basan en los siguientes principios generales:
- San Fermín merece más respeto que los toros porque él es quien se juega su dinero y su prestigio, aunque este dinero lo obtenga de fondos públicos.
- Los toros corren por la mañana y mueren por la tarde gracias a que San Fermín les proporciona el puesto de trabajo.
- Desde el día de hoy, en cada encierro sólo correrá un toro. Los demás verán extinguido su puesto de trabajo por causas objetivas de tipo estructural, con una indemnización de 20 días por año que abonará el FOGASA, ya que San Fermín es insolvente.
- El toro que permanezca en plantilla verá ampliado su horario de trabajo, de forma que deberá permanecer en el itinerario del encierro el tiempo que sea necesario para dar satisfacción a los clientes de San Fermín.
- San Fermín ha firmado su propio convenio con el comité de empresa. Según el RDL de junio de 2011 tendrá preferencia sobre el convenio provincial de Oficinas y Despachos que hasta ahora se estaba aplicando. En aplicación de este nuevo convenio:
- Los nuevos toros cobrarán el salario mínimo.
- Los toros de plantilla anteriores a este convenio verán congelados sus salarios.
- Los toros, representados por el comité, acuerdan rechazar los indultos que pudieran producirse, en aras de dar oportunidades a los toros desempleados.
- El nuevo horario de los encierros será a las 18:25, para que conforme llegué el toro a la plaza pueda ser lidiado directamente, ahorrando de esta forma el gasto de su alojamiento.
- Se definen las siguientes categorías profesionales:
- Toro de primera. Aquel que haya matado a más de 100 toreros o corredores en un período de un mes.
- Auxiliar de toro. Los demás.
- Cada toro de plantilla será lidiado seis veces en la corrida de la tarde, mientras que no se supere la jornada máxima anual de 1750h. Los toros obrarán de buena fe para dar cumplimiento a esta necesidad empresarial, siendo causa de despido disciplinario el morirse antes de tiempo.
- La plantilla de cabestros en los encierros se verá reducida en un 80%.
- A los cabestros de plantilla se les aplicará una movilidad funcional por la cual desempeñarán el puesto de auxiliar de toro entre las 18:25 y las 18:30 de la tarde los días de encierro. La empresa proporcionará el vestuario adecuado para el desempeño de estas funciones y abonará un euro en concepto de salario por categoría superior durante estos 5 minutos, tras los cuales volverán a desempeñar sus funciones habituales de cabestro.
- Como plan social adjunto, San Fermín hará todo lo posible para recolocar a los toros afectados por el ERE en las carnicerías y a los cabestros como diputados, senadores, concejales o coordinadores adjuntos de políticas de cencerro.
- En beneficio de la seguridad, de la lucha contra el terrorismo, de la investigación contra el cáncer y de la paz en el mundo, el acceso de los toros a Laboro, Kaosenlared, Nodo50 o similares se considerará una transgresión de la buena fe contractual y será causa de despido disciplinario y de derecho de pernada empresarial.
- Las categorías de toro de primera y auxiliar de toro tendrán entre sus funciones la vigilancia de los clientes que pretendan grabar los encierros y las corridas, corneando a todo aquel que saque un móvil.
¡Genial, Laboro!
ResponderEliminarDime que fumas, bebes o comes... ¡que quiero de lo mismo!
:-D
JAJAJAJA!!! Algo de humor no nos viene mal...
ResponderEliminarFelicidades por la web.
Lo de los cabestros de plantilla desempeñando el puesto de auxiliar de toro... tremenda realidad!
ResponderEliminarMe he reído un buen rato; otra manera de contar cómo están las cosas laboralmente hablando.
Un saludo y bueno, gracias por las risas...
Dame el nombre de tu proveedor. ;) Vale más reir que llorar, con la que cae ahí fuera.
ResponderEliminarSigue, que te seguimos.
Sigo de cerca tú o vuestro trabajo (adquiri el libro de tus derechos en el trabajo) y no acabo de entender una cosa en referencia al tema ERE que expones de manera jocosa,a saber:
ResponderEliminarsi no entendi mal los miembros de un comite "deberian"formar parte del expediente si no quieren ver paralizado el proceso a instancia de parte por la no inclusion de ninguno o parte de ellos. ¿porque segun el articulo 51.7 y el 68b)del estatuto de los trabajadores,esto no es asi y tendrian prioridad para quedarse como los ultimos de filipinas?dicho esto: mil perdones porque creo que me estoy metiendo en camisa de once varas ya que la jurisprudencia y el derecho no son mi campo.un saludo y enhorabuena
Muy bueno
ResponderEliminarPrioridad o preferencia no es lo mismo que reserva de puesto. Lo que se dice en el libro no es que deban ser despedidos igual que los demás, sino que debe aplicarse a los delegados el mismo criterio que a los demás.
ResponderEliminarUn ejemplo. Concesionario de coches, con venta y taller. No venden nada y hacen un ERE de extinción para poner en la calle a todos los empleados de ventas, pero van a mantener el taller. Pero resulta que el delegado de personal que les firma el ERE da la casualidad que es vendedor y sin embargo no lo meten en el ERE y lo recolocan en el taller aún sin tener ni puta idea de mecánica. Sería un caso evidente de fraude.
Sin embargo, si la empresa decidiera acabar con el 50% de los vendedores, pero dejar la tienda abierta, sí sería correcto dejar al delegado. No sólo correcto, sino obligatorio, porque en ese caso sí que opera la "preferencia".
En resumen, que para que se pueda decir que es correcto y obligatoria aplicar la preferencia hay que partir de una situación en la que un criterio común permite que unos trabajadores vayan a la calle y otros no siendo trabajadores, por decirlo así, que si no fueran delegados estarían en las mismas condiciones.