- Alta de tu teléfono y email. Extraordinariamente útil e importante. Cuando la SS tiene estos datos puede comunicarte inmediatamente todo movimiento en tu vida laboral que la empresa te oculte. Por ejemplo cambios de empresa para intentar hacerte perder derechos, de despidos tácitos, etc.
- Renovar domicilio. Para poder seguir recibiendo los informes que la SS te mande por carta.
- Informe de bases de cotización. Para comprobar que tu empresa está realmente cotizando según lo que dice en tu nómina. Muy importante porque del importe de las cotizaciones que pague tu empresa a la SS dependerá lo que tú luego puedas cobrar de paro, bajas, jubilación y otras prestaciones contributivas de la SS.
- Informe de vida laboral. Contiene las fechas de tus movimiento en la SS: altas, bajas, modificaciones de datos, etc. Puede ser útil en reducciones voluntarias de jornada, conversiones a indefinido o despido improcedente por contratos temporales en fraude de ley, el truco del cambio de empresa, etc.
- Solicitud de pago directo de la prestación de incapacidad temporal (baja médica). Imprescindible cuando la empresa deja de pagarte por ponerte de baja. Con esta solicitud te pagaría la baja directamente la SS y además comunicarías que tu emnpresa estuviera incumpliendo con su obligación de pago.
- Solicitud de prestación de maternidad y paternidad.
- Solicitud de prestación de riesgo durante el embarazo.
- Solicitud de prestación de riesgo durante la lactancia..
- Simulador de Ingreso Mínimo Vital.
- Simulador de jubilación.
- Autocálculo de convenios especiales. Obtiene el coste mensual aproximado de la cotización del convenio especial, mediante el que el trabajador se pagaría su propia cotización a la SS sin necesidad de trabajar.
- Oficina Virtual de Reclamaciones y Litigios. Para que los trabajadores presenten quejas en relación con la actuación de las mutuas ante este organismo dependiente de la Secretaría de Estado de la SS.
Hacienda:
- Cálculo del porcentaje de retención de IRPF. Para comprobar que tu empresa te esté reteniendo lo correcto.
- Modelo 145. Comunicación de datos a tu empresa para que puedan retenerte el porcentaje correcto de IRPF.
- Cálculo de embargos. Para comprobar la parte de tu nómina que te podrían embargar como máximo.
- Denuncia por pagos en efectivo superiores a 1.000€. Para evitar que Hacienda te sancione cuando la empresa se niegue a hacerte por banco cualquier pago superior a 1.000€.
SEPE (antiguo INEM):
- Solicitar cita previa. Para evitar colas en trámites de prestaciones.
- Cálculo del paro. Para saber lo que cobrarías de prestación por desempleo.
- Solicitud prestación por desempleo (paro).
- Solicitud subsidio por desempleo. Para cuando se acabe el paro y/o en otros casos de necesidad.
- Consulta de certificados de empresa. Puede ser útil cuando la empresa te quiera negar los papeles del paro.
- Copia de contratos de trabajo. Útil cuando a la empresa se le "olvide" darte tu copia. Sólo están los contratos desde el 1/5/97.
FOGASA:
Varios.
- Cálculo del tiempo de amortización de tu despido.. Para saber cuánto tiempo tardaría la empresa en ahorrarse la misma cantidad de dinero que le costara tu indemnización de despido.
- Cálculo del número de horas extras. Para saber cuántas horas extras podrías estar haciendo sin darte cuenta, porque trabajar solo 40h semanales no siempre supone no hacerlas.
- Cálculo de la reducción de jornada. Para saber cuánto salario te podrían quitar si te redujeras voluntariamente la jornada.
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Todos los artículos publicados en Laboro son 100% originales. Son otros los que copian contenido e imitan el nombre.
10 puntos!! Deberían de obligar a todas las empresas con página web a poner en ella. Los enlaces sobre consulta de vida laboral, consulta de cotización de certif. de empresa... Claro algunas serían capaces de cerrar su web para no tener que ponerlo. Así nos va
ResponderEliminarEsta página ha quedado "fija" en el menú principal de Laboro, arriba a la derecha.
ResponderEliminarEl de certificados de empresa tiene un problema y es que es un tramite para empresas y por lo tanto el empleado no puede acceder a el. Le dará un mensaje de error indicando que no se reconoce el NIF.
ResponderEliminarSin embargo seguramente sea util el tramite de consulta de contratos de trabajo https://sede.sepe.gob.es/contenidosSede/generico.do?pagina=proce_ciudadanos/datosContratos.html
Gracias a el me entere de que una empresa en la que trabaje anteriormente, dedicada al desarrollo del software, donde ejercía de programador, había comunicado al Sepe que mi ocupación era de peon de transportes-descargador. Una lastima que me enterara demasiado tarde
También he visto que no aparece una subrogación que me hicieron. Mi empresa actual no aparece para nada y el contrato con la anterior tiene fecha de terminación de hace 2 años. Aunque eso no se si tiene alguna repercusión o estando dado de alta en la SS y con la antigüedad reconocida en nomina no supondrá ningún problema .
Te equivocas en lo de los certificados de empresa. No es un trámite para empresas sino un trámite para "ciudadanía", es decir para que los trabajadores puedan consultar los certificados (los "papeles del paro") que han hecho las empresas en las que han trabajado, dado que desde hace tiempo las empresas ya no las entregan al trabajador en papel sino directamente al SEPE por internet.
ResponderEliminarDe hecho, el SEPE describe así este servicio: "podrás consultar los datos del certificado de empresa que haya enviado la empresa, así como obtener una copia del certificado de empresa, en la que haya cesado en tu actividad laboral. Para acceder a este servicio es necesario identificarse con certificado digital/DNI electrónico o usuario y contraseña. Puedes acceder a todos los certificados de empresa de los que seas titular y se encuentren en la base de datos del Servicio Público de Empleo Estatal."
Respecto a la consulta de contratos, es obvio que es aún más útil y por ello se ha añadido el enlace al listado. Gracias por tu aportación.
La mayoría de los DNIs electrónicos en servicio, no sirven para nada y se ha de ir al servicio correspondiente para que te activen otro nuevo. Los Certificados electrónicos más de lo más, o sea nada.
EliminarPues yo llevo 8 inspecciónes de trabajo y otros tantos trámites con mi certificado digital de la FNMT. El certificado caduca a los 4 años pero puedes renovarlo durante los dos memes anteriores a la fecha de caducidad. Los DNEe es cierto que hubo una tanda con un error pero te dan otro nuevo sin cargos. El certificado caduca a los dos años y puedes renovarlo en cualquier oficina sin cita previa.
EliminarImprescindible! Muchísimas gracias!
ResponderEliminarLo que desconocía totalmente era que pudiesen consultarse los contratos personales, aunque no lo he probado aún.
Lo que me extraña de eso es que, entonces, se supone que la Seguridad SOcial también tiene acceso a esos contratos. Lo digo porque recuerdo hace unos años que, al solicitar la prestación de desempleo, como en los años anteriores había tenido unos cuantos contratos a tiempo parcial se me pidió copia de todos esos contratos, para comprobar las horas y días a la semana trabajados que figuraban en el contrato. Si ya tenían acceso a ellos en la Seguridad Social, ahora me parece absurdo que pidan copia de contratos al menos en casos como el que a mí me pasó
La herramienta de consulta de contratos accede a la base de datos del SEPE, no de la SS. Pero tienes toda la razón. De hecho, la Ley 30/92 dice por ahí que la Administración no ha de pedir documentos que la propia Administración ya tenga, sin importar que sean de otro organismo diferente.
ResponderEliminarhola, he estado intentando averiguar ( sin suerte)como o que procedimiento y posibilidades hay para trasladarse de un centro de trabajo (pongamos que el A esta a 80 kms del B, pero que el domicilio esta al lado del B, y que se empezo en el A con traslado de domicilio por no haber trabajo en la en la zona del domicilio original, o sea el B, siendo ahora TRABAJADOR FIJO en la empresa hostelera, garantizando una ocupación de 6 meses mínimo) Pregunto esto porque estoy preguntando en la empresa y me estan dando largas y mareando, y diciendo que ya me trasladaran sin problema sin darme mas información, por lo que me esta pintando mal....
ResponderEliminarMuy interesante!!!. Gracias
ResponderEliminarMuy importante para el trabajador gracias Laboro!!!
ResponderEliminarOs sigo desde hace muuuuucho tiempo y siempre me parecen interesantes vuestros artículos, pero este lo borda.
ResponderEliminarHabeis tenido una idea genial con este articulo. Os va a agraceder muchísimas personas.
sinceramente, muchas gracias!
Si hubiera un premio Nobel de Defensa de Derechos Laborales, deberíais ganarlo todos los años, pero sobre todo con esta entrada. Impresionante e imprescindible. Gracias
ResponderEliminarIntento entrar para conseguir mi contrato y poniendo cualquier modalidad de contrato y fechas parece que no tengo contratos. ¿Puede ser que mi empresa no haya introducido esos datos o a que se debe que me diga 0 contratos?
ResponderEliminarGracias por la información. Un saludo
Seria buena idea tener informacion tambien de los "papeles" que se pueden pedir online al SEPE por si alguien se va a trabajar al extranjero: formulario U1 para trasladar cotizaciones, U2 para prestaciones por desempleo...etc.
ResponderEliminarGracias por estas 'herramientas' informáticas tan útiles. Una prueba más de con quienes está Laboro, a pesar de que hay personas que se empeñan e ponerle calificativos como 'podemita', y sinceramente creo que no tiene sentido etiquetar a alguien cuando a todos se nos deja claro desde el inicio hacia quienes (los trabajadores) van dirigidos sus artículos y consejos. En fin que cada cual haga lo que crea (im)pertinente pues estamos en un país en el que hay libertad de opinión (pese a quien le pese y a pesar de los esfuerzos inútiles por cercenar o constreñir dicha libertad).
ResponderEliminarCambiando radicalmente de tema y sin venir a cuento con el contenido de este artículo, hoy hemos recibido los currantes de la Eu la buena noticia de la aprobación por el Parlamento europeo de un permiso parental de 4 meses para ambos progenitores y un permiso de paternidad mínimo de 10 días. Con lo que habrán de felicitarse aquellos a los que les toque, pero a aquellos como el padre (que presentó recurso de amparo y el TC le contestó que no había trato desigual ni discriminación porque el permiso de paternal fuese de 4 semanas en vez de las 16 que tienen las madres pues el de maternidad tenía un propósito distinto cual es la recuperación física y psicológica tras el innegable esfuerzo que la gestación y el parto les supone a las mujeres) estará maldiciendo por que la Comisión Europea no hubiese agilizado la propuesta ahora aprobada de igual permiso parental de 4 meses.
Diez años leyendo vuestro blog y no me dejais de sorprender.Impresionante.Enhorabuena por vuestro trabajo.
ResponderEliminarMuchisimas gracias!
ResponderEliminarSimplemente muchas gracias.
ResponderEliminarParece que algunos enlaces de la SS no son correctos, devuelven directamente "Acceso no autorizado"
ResponderEliminarSí funcionan teniendo certificado digital.
EliminarYo tengo certificado y no me pregunta cual quiero utilizar, me sale directamente la pantalla "Acceso no autorizado" (estoy usando Chrome), cuando pulso el link.
EliminarAgusti, es mejor utilizar Mozilla Firefox.
EliminarNo me queda claro lo de las claves, yo tengo una clave pero no puedo acceder nada más que a asuntos con la seguridad social... que clave es la mejor y que sirva para todo.
ResponderEliminarSin lugar a dudas el CERTIFICADO DIGITAL. Además es sencillo y rápido de obtener. Vivir hoy día sin tenerlo es peor que carecer de móvil y carnet de conducir simultáneamente. Visita la web de la Fábrica nacional de Moneda y Timbre Española (FNMT) y de alli ya saldrás casi que con todo el trámite realizado.
EliminarUn saludo.
Hola,
ResponderEliminarGracias por el artículo, muy útil. He revisado la Consulta de contratos y me aparecen todos menos el contrato de mi actual trabajo (que nunca vi ni firmé). Puede ser que no hayan comunicado el contrato a la SS? (Estoy dado de alta correctamente)
Gracias
Hola!
ResponderEliminarAntes de nada, daros las gracias por toda esta información. Muy útil, para tenerla a mano todos los dias.
Respecto a la copia de contratos, yo realicé una novación de contrato aumentando el número de horas semanales, sin embargo, en la copia de los contratos no lo encuentro. ¿Es normal?
Gracias nuevamente
Este formulario se puede utilizar para denunciar a las empresas que hagan un ERTE por coronavirus, o por cualquier otra cosa, pero que sus trabajadores sigan trabajando normalmente a puerta cerrada o mediante teletrabajo. Es gratis, es anónimo y no requiere de certificado digital ni de ningún requisito técnico especial. Funciona en cualquier navegador en cualquier ordenador o teléfono con una simple conexión a internet.
ResponderEliminarMe parece genial que de vez en cuando desempolves artículos antiguos tan útiles como este (lo vi en tu cuenta de Twitter). Tienes mucho material en esta web y a veces no está todo a mano. ¡Muchas gracias por tu dedicación!
ResponderEliminarLa ley dice que la inspección de trabajo actuara a interes propio y no del que la solicita, por lo que siempre que pueda no desvelará si es de oficio o no y en ultimo caso no desvelará quien ha interpuesto la inspección. Es mejor la que no es anonima. Así puedes hacer un seguimiento.
ResponderEliminarActualización de la página para añadir el enlace al formulario de denuncia por pagos superiores a 1.000€.
ResponderEliminarmen , eres un tremendo aliado de los que mas mal lo pasan en estos momentos que somos los trabajadores, agradecido te estamos y decirte que tus libros me han ayudado mucho también
ResponderEliminarGracias por toda la información Laboro. Es el blog que más útil me ha sido en la vida, de verdad. Una vez realizado el peloteo, ahí va mi pregunta... ¿Puede un trabajador solicitar el ITA (informe de trabajadores en alta) de la empresa que lo contrata? Por cierto, sería genial un podcast de Laboro ¿Alguna vez lo habéis pensado? ¡Un saludo!
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