- En principio sería correcto no pagar esos conceptos porque no son salario sino una compensación de gastos que sufres cuando trabajas pero que no sufres cuando no trabajas. Peeeerooooo resulta que en Españistán hay muchísimos casos, por no decir la mayoría, en los que esos importes no son realmente gastos sino salario disfrazado de gastos, en cuyo caso sí que te los tendrían que pagar completos en los meses que hubieras tenido vacaciones. No sólo eso sino que a las malas los tendrían que cotizar a la SS porque si no no te contarían para muchas prestaciones como las bajas, paro o jubilación; además de que tendrían que ser tenidos en cuenta para el cálculo de las indemnizaciones de despido, de extinción voluntaria indemnizada y de fin de contrato temporal.
- En caso de que estos complementos fuesen auténticos, no salario encubierto, solo se podría descontar la parte proporcional a los días de vacaciones que hubieras tenido en el mes. Es decir que no te los pueden quitar enteros a no ser que hayas estado el mes entero de vacaciones.
- En caso de reducción voluntaria de jornada, "error" de pagar todas las vacaciones con salario reducido aunque no todo el año se haya estado en reducción. Lo mismo en caso de ERTE (ERE temporal de suspensión de contrato o reducción de jornada).
- "Error" de no pagar el salario variable en vacaciones. Otra cosa sería el importe correcto que tendrían que pagar en cada caso particular.
- "Error" de no pagar los complementos voluntarios en vacaciones. La mejora voluntaria también la tienen que incluir porque es un concepto que además de ser salario ni siquiera es variable. La llamen como la llamen, como plus absorbible, plus compensable, etc. etc. puesto que lo importante es que en este concepto te pagan voluntariamente algo más del salario al que les obliga el convenio. Es decir que sencillamente este complemento es parte de tu sueldo habitual, por lo que te lo tienen que pagar completo en tus vacaciones.
- "Error" de no pagar la antigüedad en vacaciones. Por las mismas razones del punto anterior, un complemento de esta naturaleza también hay que cobrarlo completo en los meses con vacaciones. Se llame como se llame: ad personam, trienios, plus de vinculación, etc. etc.
- "Error" de pagar en vacaciones solo las horas mínimas de contrato a los trabajadores de tiempo parcial que hacen horas complementarias. Son muy habituales en los sectores del I+D españistano:hostelería, seguridad, comercio...
En cuanto a otros pluses como peligrosidad, toxicidad, nocturnidad, idiomas, etc. puede haber tantos casos diferentes que sencillamente no se puede indicar una regla general ni siquiera aproximada.
Todo lo anterior hay que tomarlo con todas las precauciones posibles y nunca como una regla general. Los casos particulares y reales admiten múltiples combinaciones y variaciones, dada la extraordinaria inventiva de los empresaurios españistanos a la hora de redactar los contratos y sobre todo las nóminas.
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Hola. No me queda claro lo de las vacaciones cuando se hacen horas complementarias... Se debe cobrar por el número de horas por contrato? o por una media de las horas efectivamente realizadas (contando las complementarias)?
ResponderEliminarSegún la media de horas totales realizadas en el año al que correspondan esas vacaciones.
ResponderEliminarHola, muy interesante el artículo, pero tengo una duda, ¿a los funcionarios se les aplica la misma normativa? Es que soy profesora y durante el verano no me pagan el complemento de tutoría, y después de leer el artículo, no sé si debería reclamarlo. Un saludo
ResponderEliminarHay una cosa en la que creo que se patina el texto. Dice que los tickets restaurante te los tiene que pagar la empresa en vacaciones "siempre y cuando sean un salario disfrazado de gastos".
ResponderEliminarA mi la empresa me da tickets restaurante que yo empleo en comer. En vacaciones no trabajo y por tanto no me los dan, ¿en que circunstancias se supone que esos tickets encubren un salario y por tanto deben cotizar y me los deben dar en vacaciones?
Vale, entiendo, pero mi duda era sobre la pagas extra, que es lo que pasaba en este caso ?!
ResponderEliminarLeyendo tambien el articulo "El salario correcto en vacaciones", ahora ya esta claro que se paga aunque estas de vacaciones...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
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