Cuánto sueldo te tienen que pagar en tus vacaciones.

Para saber cuál es tu salario correcto en vacaciones es evidente que primero tienes que conocer tu salario correcto normal. Una vez que lo sepas, podría suceder que no tuvieras problemas en vacaciones porque todos los meses cobras lo mismo y en conceptos muy sencillos. Por ejemplo, cobras 800€ de salario base y 200€ de prorrateo de pagas extras. En este caso no deberías tener ningún cambio en tu nómina en los meses con vacaciones.

El problema a veces llega cuando en la nómina hay otros conceptos como salario variable (comisiones, incentivos, objetivos, etc.), la mejora voluntaria, las horas extras, las horas complementarias, la antigüedad (trienios, cuatrienios, quinquenios, etc.), los pluses de puesto (peligrosidad, toxicidad, penosidad, etc.), el plus de nocturnidad, el plus de transporte, el kilometraje, las dietas, los cheques de comida... Muchas empresas dejan de pagar algunos de estos conceptos en las vacaciones del trabajador. La pregunta es si es correcto o no.

La respuesta generalista es que la empresa tiene que pagarte en vacaciones tu remuneración normal o media. No porque lo diga Laboro sino porque lo dice el Convenio 132 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo) el cual suscribió España y por tanto forma parte de su ordenamiento jurídico igual que cualquier otra Ley. Por tanto en la paga de vacaciones sólo pueden quitarte los conceptos salariales de carácter excepcional por actividades extraordinarias. No porque lo diga Laboro sino porque así lo viene diciendo numerosa doctrina del Tribunal Supremo desde hace más de 20 años. Es decir que te tienen que pagar el salario habitual, pero ojo que no todo es salario y no todo es habitual.

Basándonos en una reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea podemos decir que también es salario habitual el salario variable, porque esta sentencia ha declarado que violan la normativa comunitaria (art.7 Directiva 2003/88) y por tanto son nulas las normas de los convenios que limiten la paga de vacaciones al salario base excluyendo el salario variable. Razonan que de otra forma el trabajador resultaría perjudicado económicamente al disfrutar de vacaciones, lo cual sería un incentivo (nunca mejor dicho) para no disfrutarlas.

Obviamente esta sentencia es aplicable directamente en España o lo que es lo mismo es de obligatorio cumplimiento en todas las relaciones laborales españolas. Es decir que las empresas la han de cumplir igual que tienen que cumplir el Estatuto de los Trabajadores. ¿O acaso creéis que sólo hay que cumplir las sentencias europeas cuando hablan de cosas molonas como el derecho al olvido en internet? Pues no, las laborales también hay que cumplirlas.

Si la empresa te hubiera pagado menos en tus vacaciones, podrías reclamar la diferencia con intereses mediante una demanda sin obligación de contratar abogado. No olvides consultar también el artículo sobre las normas laborales de las vacaciones, uno de los más populares publicados en Laboro. En él encontrarás respuesta a algunas de las preguntas generales habituales sobre este tema.

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