La redacción inicial del ET fue presentada por el Gobierno de UCD en 1979 sin negociación previa con los sindicatos, pero obviamente sí que lo habían negociado previamente con las empresas representadas en la patronal CEOE. UGT enseguida se subió al carro en marcha firmando un acuerdo con la CEOE, quizá lanzando el mensaje de que sería un sindicato que sabría comportarse, y quien sepa entender que entienda. Pero aún quedaba por delante un largo proceso de tramitación parlamentaria.
En los sucesivos debates, Carrillo, Camacho y Bandrés se posicionaron en contra del nuevo ET: "se trata de favorecer al empresariado y a la gran patronal", "cercena conquistas reales logradas por los trabajadores, abriendo los diques para el despido", "se puede hacer la movilidad de todos los tipos". Es necesario recordar quiénes eran estos diputados. Estamos hablando de Santiago Carrillo, diputado comunista y secretario general del Partido Comunista de España desde 1960 hasta 1982; de Marcelino Camacho, diputado comunista y fundador y primer secretario general de CC.OO. entre 1976 y 1987; y de Juan María Bandrés, diputado de Euskadiko Ezkerra desde 1979 a 1989. Es decir de los que ahora llamarían populistas, bolivarianos, narcoterroristas, recogenueces o terroristas directamente y todos ellos dispuestos a romper España. Dicho a la inversa: quienes estuvieron a favor del ET desde el principio fueron las derechas, el PSOE, UGT y por supuesto la CEOE; mientras que el PCE, EE y CC.OO. estuvieron en contra.
Hay que recordar, en resumen, que antes del ET el despido era más difícil y más caro. Hasta el punto de que fue en el ET de 1980 cuando se dio a las empresas la libertad de opción entre readmisión e indemnización en caso de despido improcedente. Recordemos también que el despido improcedente es el despido sin razón válida, porque teniendo razón existen el despido disciplinario y el despido objetivo. Las grandes reformas laborales en España siempre han tenido como único y principal objetivo rebajar los costes salariales. La rebaja y facilitación del despido es sencillamente el procedimiento más eficaz para conseguir ese objetivo de rebajar los salarios. En este aspecto, el ET de 1980 fue simplemente la primera gran reforma laboral favorable a las empresas que se aplicó tras la entrada en vigor de la Constitución. Sin olvidar que posteriormente ha habido muchas otras reformas del ET que lo han acercado aún más a los intereses de las empresas.
Pongamos un ejemplo simple. En el bar de Manolo trabajan 5 camareros y todos hacen una jornada de 45h semanales cobrando solo 40h. Es decir que todos cobran al menos un 12,5% menos de lo que trabajan. Un día Toñi la camarera decide dejar de hacer esas horas extras ilegales. Entonces Manolo le hace un despido disciplinario por alguna causa inventada. Si Toñi demandara, el día del juicio Manolo podría reconocer la improcedencia del despido, con lo que Manolo tendría que optar entre readmitir a Toñi o pagarle una indemnización de 33d/año. Pero resulta que 33 días son solo el 9% de los 365 días del año. Es decir que el despido de Toñi se lo habría pagado la propia Toñi y aún habría salido perdiendo, ya que cobraba y cotizada un 12,5% menos del que solo recuperaría el 9% del dinero y nada de la cotización. El negocio de Manolo sería aún mayor porque la inmensa mayoría de trabajadores pasados, presentes y futuros nunca se negaría a trabajar 45h cobrando solo 40 e incluso tampoco si se tratara de trabajar 70h semanales cobrando 40 y cotizando 20. O sea que entre todos no solo pagarían las indemnizaciones de los rebeldes sino que ademas a Manolo le quedaría un amplio margen de beneficio.
El ejemplo anterior es real y ha existido, existe y existirá en cualquier pueblo de Españistán. Pero ojo que no solo es real sino que es legal. Es decir que Manolo no estaría incumpliendo el ET al echar a Toñi porque el ET le permite echar a Toñi sin que exista ninguna razón para ello, siempre que le pague la indemnización. Ojo, que si Toñi no impugnara el despido y llegara hasta juicio, la empresa podría incluso evitar pagarle la indemnización, cosa que consiguen muchísimas empresaurios con el caramelo de "te doy los papeles del paro". No es un accidente o una imprevisión legal y tampoco es una especia de ilegalidad masiva de los empresarios y empresaurios. Es que está montado así directamente para que Manolo pueda hacerlo y quien dice Manolo dice un banco, una multinacional, un Ayuntamiento o una Comunidad Autónoma.
En los próximos días casi todos los medios te van a hablar del 40 aniversario del ET y de lo bonito que es y la suerte que tienes como trabajador de que te hayan puesto un ET para librarte de la explotación y eso. ¿Que el ET es muy bonito y tiene muchos derechos? ¿Y qué? Como si tuviera más. Como si tuvieras permiso retribuido para ir al fútbol o a nadar a la piscina. ¿Si te pueden echar con una indemnización barata qué más te da que el permiso por hospitalización de familiar sea de 2 días o de 4? ¿Si te pueden echar con una indemnización barata qué más te da que el convenio diga que te tienen que pagar más sueldo y que tienes que trabajar menos horas?
Ahora que se habla de un nuevo ET, esto es lo que hay que corregir. Mejor dicho, esto es lo que hay que cambiar; porque corregir sería si hubiera habido algún error en 1980, pero error no hubo ninguno porque lo hicieron completamente a propósito y buscando exactamente ese efecto del despido de Toñi por no tragar con lo que diga Manolo. O sea que menos cuentos y chorradas de derogación de despidos por baja, de limitar subcontrataciones o de dar prioridad a los convenios sectoriales. Lo que cuenta es esto y lo demás solo puede venir detrás y no delante.
Buuuummm!! :-D
ResponderEliminarCon el ET ocurre como con tanta otra normativa: blandura y tibieza, bien en las propias redacciones de los textos o bien en los mecanismos, ineficaces o inexistentes, para ejecutarlos y llevarlos a efecto. Y todo premeditado y calculado, una obra de ingeniería jurídica (o juegos malabares jurídicos).
En los aniversarios (ET, Constitución Española, tratados internacionales) muchas congratulaciones y felicitaciones, pero en realidad mucho lirili y poco lerele o, lo que es lo mismo, mucho ruido y pocas nueces. Pues ¡menos lirili y más lerele, o sea, menos ruido y más nueces! No es que los trabajadores queramos ser unos recogenueces, pero que tampoco esquilmen el bosque y no podamos ni salir a buscarlas.
Olé y olé! Mejor no lo podría haber expresado.
EliminarSolo un apunte: casi más que malabarismos jurídicos son triles jurídicos. Trileros de guante blanco (y conciencia negra, mucho más negra que la de los trileros callejeros).
EliminarBuenos días, si el ET (hecho por las derechas+psoe+ugt+empresas) fue en 1979 y que fue malo para los trabajadores, ¿antes qué había? ¿una ley franquista que era mejor para los trabajadores?
ResponderEliminarPregunto porque me sorprendido y no sé qué derechos había antes de esa fecha, que eran mejores para los trabajadores.
Existía la ley de relaciones laborales 16/1976 de 8 de abril. Respecto a los despidos, es interesante leer el artículo 35 que decía lo siguiente:
EliminarArtículo treinta y cinco.
Uno. Cuando en un procedimiento por despido, el Magistrado de Trabajo considere que no hay causa justa para el mismo, en la sentencia que así lo declare condenará a la empresa a la readmisión del trabajador en las mismas condiciones que regían antes de producirse aquél, así como al pago del importe del salario dejado de percibir desde que se produjo el despido hasta que la readmisión tenga lugar.
Dos. Si la causa alegada por la Empresa para el despido, si bien no suficiente para tal sanción, mereciera otra de menor entidad, por ser constitutiva de falta grave o leve, el Magistrado determinará en la sentencia la sanción, adecuada a la falta cometida, a fin de que, en su caso, pueda ser impuesta por el empresario, sin perjuicio de condenar a la empresa a la readmisión y al pago de las indemnizaciones complementarias, conforme establece el párrafo anterior.
Tres. No obstante Io dispuesto en los párrafos anteriores de este artículo, cuando en un procedimiento de despido se aprecie la existencia de falta muy grave y el trabajador hubiera sido anteriormente sancionado en el plazo de los dieciocho últimos meses por la comisión de dos o más faltas muy graves, el Magistrado de Trabajo podrá estimar, aunque no fuera sanción provista para aquélla, que existe justa causa para el despido.
Cuatro. La sentencia que imponga la readmisión deberá ser cumplida por eI empresario en sus propios términos, sin que pueda ser sustituida por indemnización en metálico, salvo acuerdo voluntario de las partes o cuando el Magistrado, atendiendo a circunstancias excepcionales apreciadas en el juicio que impidan la normal convivencia laboral, resuelva dejar sin efecto la readmisión mediante el señalamiento de una compensación económica.
Dicha compensación no podrá ser en ningún caso inferior a seis meses de salario ni a dos mensualidades por año de servicio, sin que la cantidad resultante pueda exceder de doce anualidades.
Cuando se trate de trabajadores titulares de familias numerosas, dichos mínimos se multiplicarán por uno coma cinco, si es de primera categoría, y por dos, en los demás casos. Los trabajadores mayores de cuarenta y de cincuenta y cinco años quedarán equiparadas, a estos efectos, respectivamente, a las categorías indicadas, e igualmente los minusválidos, según los coeficientes que reglamentariamente se establezcan.
Ante esto hay que decir que esa ley (franquista) se aprobó por la presión y la lucha en las calles. Aún siendo franquista la ley, es más favorable para los trabajadores que la aprobada posteriormente en el ET. Observa bien que el despido se tenía que dirimir en Magistratura del Trabajo. A día de hoy, el "juez" de 1º instancia es siempre la empresa.
Te sorprenderías, por ejemplo, el despido era indemnizado con 60 días .
EliminarPues hombre, las leyes preconstitucionales tienen sus cosillas, y sobre todo estaban redactadas partiendo de otras condiciones, pero tenían algunas cosas mejores y otras peores.
EliminarPor ejemplo si te miras los links del final del articulo, veras que por ejemplo si te despedían en la época franquista tenias una indemnización de 60 días (que podian ser mas si al juez le parecía bien) y los salarios de tramitación, y actualmente salvo protección especial contra el despido (en cuyo caso solo te pueden echar por un motivo justificado, no porque les salga de las pelotas) te pagarán en el mejor de los casos 33, o 20 o 0, y sin salarios de tramitación.
Por el contrario, (no estoy seguro), el permiso por paternidad (el de 2 días) se incorporo en el estatuto de los trabajadores de 1980, y ahora tenemos 12 semanas. Me imagino que antes habría algo, pero no lo sé.
Evidentemente lo que querríamos todos los trabajadores es tener lo que más nos favorezca de antes con lo que más nos favorezca de ahora, igual que los empresaurios querrán conservar lo que mas les favorecía a ellos antes y lo que mas les favorece ahora.
Que paquita era muy mala y hacia cosas muy malas, eso nadie lo discute(al menos yo no), pero que hay leyes o aspectos de las leyes preconstitucionales (que no tiene por que ser franquistas o de origen franquista, algunas son previas o tienen origen en leyes previas) que favorecían más a los trabajadores que ahora, pues también.
Ahora tienes que valorar, por poner, en los ejemplos que te he dado, cuantas veces te van a despedir y cuantas veces vas a tener un hijo.
Pero es que además según está ahora la ley, si pueden disimular lo suficiente, también te pueden despedir antes, durante o después de ser padre/madre si son capaces de justificar que hay un motivo suficiente y que no tiene que ver con el hecho del nacimiento.
Es por lo que yo entiendo del articulo de laboro, elegir entre que te pongan cocacola en vez de agua en la comida frente a que te pongan la comida todos los días.
Que está muy bien lo de comer con cocacola, pero antes de eso habría que asegurarse de comer todos los días, vamos, digo yo...
La sociedad de entonces (años anteriores a 1980) era una sociedad más dictatorial que democrática (lo es la actual, así que con más razón la de entonces). Pues en aquella sociedad la ley muy bien podía ser maravillosa sobre el papel, pero ser en la práctica papel mojado. Por ejemplo, qué pasaba si el Magistrado de turno era amiguete del empresaUrio y no te reconocía tu derecho a readmisión ni a indemnización y contento que no te damos una paliza. Hala vete de mi vista rojazo asqueroso que ganas me dan de llevarte a “dar un paseo”.
EliminarA lo mejor me estoy montando películas (lo del paseo igual sí es un poquitín exagerado en el tardofranquismo), pero a lo peor no...
Respondiendo un poco a todos/as.
EliminarNo me digais que con independencia de cuando se aprobó esta ley y de quien estaba gobernando, lo referente al despido, bien podía haberse mantenido en el Estatuto la parte más favorable al trabajador y lo que se mejoró despues con los permisos de maternidad/paternidad y demás etc, bien se podía recoger todo en el mismo librito.
¿Se rompería la economía de una empresa si le toca readmitir a aun trabajador despedido de forma improcedente?
Ya no digamos, si ademas de readmitirlo luego le tiene que dar los permisos que le corresponden ¿volvería a romperse esa economía?
Pues claro que no.
Por lo tanto, lo fundamental de las derrogaciones de las reformas laborales debería ser que sigamos teniendo trabajo si nos despiden injustamente (improcedentemente) y en que despues continuemos teniendo buenas condiciones.
Pues muy bien traído, Laboro, y como siempre muy bien argumentado. Es seguro que los 33 días no se van a tocar y si se hace será para rebajarlo aún más, a 20 con contrato único para precarizarlos a todos o con mochila austriaca o sin ella... qué más da... si no se queja nadie y no se hacen huelgas generales, ni se pone el país patas arriba ni nada. Los trabajadores también somos responsables de nuestra situación. Si ni siquiera nos atrevemos a pedir lo que nos pertenece por derecho,¿imagínate quién va a secundar reivindicaciones que mejoren sustancialmente las condiciones laborales? Somos pobres hasta pa pedir... Los que reclaman, tarde o temprano van a la p... calle como bien sabemos y se pasa mucho tiempo pleiteando, gastando dinero que no tienes para que un tribunal se digne a darte la razón porque aún teniendo razón(no solo desde el punto de vista moral o ético, sino razón jurídicamente hablando) nadie te asegura que el tribunal que sea te la dará. Porque como bien sabes, hay muchos jueces de: “¡agárrame el cubata...!” Y la única opción que nos queda es organizarnos y pelear aunque la lucha sea tan desigual y todo lo tengamos en contra. Los sindicatos pueden hacer mucho más de lo que hacen y si los que hay no nos valen fundemos otros y luchemos. Porque hay mucho que mejorar y poco que perder, un trabajo de mierda que puedes cambiar por otro trabajo de mierda. Nos podrán vencer, pero no nos van a domesticar. Ese espíritu se ha perdido y hay que recuperarlo.
ResponderEliminarAcabas de dar en la clave FUNDEMOS OTROS Y LUCHEMOS.
EliminarGracias por el artículo Laboro .
ResponderEliminarAlgunas puntualizaciones:
ResponderEliminar- El ET fue una consecuencia de los Pactos de la Moncloa de 1978. En esos pactos, ya se acordaba abrir el abanico para el despido libre que fue reafirmado posteriormente en el ET.
- Desde un principio, CCOO estuvo a favor de los pactos y solo UGT (con la boca pequeña) se opuso y la CNT. Finalmente, solo CNT se opuso y la UGT (qué raro) pasó por el aro. Por lo tanto, CCOO no es que ya conociera esa cuestión sino que, además, fue cómplice y artífice de la traición.
- Fue tan surrealista la cuestión que, por un lado, el PCE y CCOO decían una cosa públicamente y, por otro, iban a los centros de trabajo y fábricas a "convencer" a los Comités de Empresa para que se desmovilizaran porque iban a firmar esos Pactos. El mismisimo Marcelino Camacho (sí, si... el de "no nos van a doblegar ni a domesticar") en ocasiones acudía a asambleas para desmovilizar a los trabajadores.
Mola como de cada tema se van sacando cosillas que los jóvenes desconocemos y no nos cuentan... gracias a todos por los aportes .
EliminarLos jóvenes podrán no conocer esas cosas, ni yo las conocía y no soy tan joven, pero si pueden ver lo que hace o mejor dicho no hace uno u otro sinidcato. Ahí es donde debería haber un cambio, y sobre todo iniciado desde la juventud.
EliminarEs que a nadie le interesa que se sepan estas cosas.
EliminarA los empresarios por supuesto que no, necesitan borregos temerosos, para poder explotarlos fácilmente.
A los políticos si quieren vivir tranquilos, y tener un buen sillón después de la política, pues como que tampoco, ya que prefieren tener borregos crédulos para poder engañarlos fácilmente en campaña y desmemoriados para que puedan utilizar las mismas mentiras para hacerlo.
Y los sindicatos que son los que tenían que formarnos, informarnos y defendernos de estas cosas, visto el histórico que tienen, pues tampoco es que lo estén haciendo, ya sea por cobardía, por ignorancia/inutilidad, o por corrupción.
Sería necesario un reset sindical en este país, pero ni los perros actuales van a soltar su hueso, ni sus amos van a dejar entrar a otros perros, no sea que vayan a querer algo mas que huesos.
, ni a los políticos, ni a los sindicatos ni a los empresarios,
Conocidísimo es el proverbio "El que no conoce la historia está condenado a repetirla" (yo añadiría que aún conociéndola, el burro humano se empeñará en repetirla). En todo caso, siempre es muy interesante recordar ille tempore, este pasado cercano porque con todos los apesebrados a sueldo de los lobbies del poder económico e ideológico con sus historietas de postverdad que intentan reconstruir la historia contemporánea de nuestro Estado de naciones con el fin de manipular nuestros conocimientos y opiniones, es especialmente necesario recibir otras versiones, como la que este artículo nos ofrece Laboro, totalmente independiente del perverso influjo de aquellos grupos y sus adláteres de presión.
ResponderEliminarEl hecho de que el despido se ha ido abaratando y prácticamente liberando es indiscutible y fácilmente constatable, por lo que, a pesar de los edulcorantes con los nos las ofrecen, las reformas laborales de chichinabo son engañabobos y tranquilipadefos.
Creo que se debe ser realista, el ET, los convenios de todo tipo, solo han ido al cabo del tiempo erosionando una y otra vez el coste del despido a costa de ganar pequeños caramelos que dan los patronos, días de asuntos propios, licencias retribuidas, etc.....lo que en realidad les jode es tener que pagar un despido como toca,maxime por causas más que justificadas, si les costase un pastón, no despedirán con tanta alegría.
ResponderEliminarMuchas gracias Laboro, te hago la ola con este artículo!!!!
ResponderEliminarNo está mal recordar como algunos se opusieron al mal llamado Estatuto de los Trabajadores, aunque posteriormente hicieran lo contrario, pero, no fueron los únicos, recordemos como la CNT también se opuso, lo que le acarreó montajes policiales para acallar una voz discordante que defendía un modelo sindical diferente. Hoy esa bandera la enarbola la CGT y continúa oponiéndose a las medidas antilaborales de las que son compañeros necesarios los mismos que en su momento decían ser contrarios...
ResponderEliminarPor favor...... ya estamos intentando quedar bien.
EliminarMencionas dos sindicatos. Si no me equivoco, y corrígeme si no es asi, el segundo se formó por una separación del primero ¿no?.
El primer sindicato que mencionas aún existe y está en activo, entonces ¿porque dices que es el segundo quien "enarbola esa bandera" y no el primero que fué el que en su día se opuso y le "acarreó montajes policiales para acallar una voz discordante.."? Debería de seguir siendo el primero quien enarbolase esa bandera ¿no?.
No voy a mencionar ninguna de las dos siglas, seguro que ya tienen ambos sindicatos suficientes defensores y seguidores que se encargaran de mencionarlos.
No me parece correcto que quieras atribuirle a un sindicato, que aún no existía, una postura o una actitud del pasado que le corresponde a otras siglas.
Además si no recuerdo mal el segundo sindicato, por favor corrígeme de nuevo si me equivoco, recibe subvenciones por participar en las elecciones sindicales mientras que el primero no.
Me gustaría que las atribuciones no fueran improcedentes (33 días), por eso escribo este comentario para quien lo considere, sea de las siglas que sea (partidos políticos,sindicatos,asociaciones,etc),o de ninguna sigla, me corrija o explique quien debería enarbolar esa bandera hoy en día.
1910: Se funda CNT.
Eliminar1979: Se funda CGT, como escisión o secta de CNT.
2018: Se funda la CIT, como escisión o secta de la AIT. La CNT “oficial”, la “de 1910”, se pasa a la CIT, pero hay una parte de la CNT “oficial” que prefiere la AIT.
Yo no voy a entrar a quién tiene razón y quién no, porque todos creen tenerla. Lo que sí sé seguro es que tanta división interna y fragmentación flaco favor le hace a la clase obrera, y la patronal frotándose las manos, o poniendo las manos como el señor Burns y diciendo “Excelente”. Divide y vencerás.