La empresa inspeccionada daba servicio a distintas marcas
comerciales para confeccionar sus productos publicitarios, con gran
competitividad de precios y rapidez de respuesta en los encargos.
La Inspección Provincial de Trabajo de Toledo ha levantado acta de inspección laboral y el propietario de la empresa se enfrenta a una multa de 82.500€ aproximadamente.
Hasta aquí la información "oficial". Ahora nuestra punto de vista, basado en la experiencia:
- Quien paga en negro es porque cobra en negro y a este tío quienes le pagaban eran las empresas que le contrataban. Por tanto ahí puede haber mucho tomate fiscal que nadie ha mencionado hasta ahora.
- Si cobraba en negro, seguramente la empresa no tenga bienes ni fondos. Por tanto la multa la va a cobrar Rita.
- Si todos los beneficios eran en negro, este tío tendría un gran patrimonio a su nombre que no podrá explicar de dónde ha sacado. Eso implica sanción fiscal, pero sólo de 4 años hacia atrás. Lo que se haya llevado crudo antes ya no se lo toca nadie.
- La multa y la deuda salarial que tenga con sus empleados no la van a poder cobrar de su patrimonio, como se está demostrando ahora con el caso de los empleados de Air Comet contra Díaz Ferrán, ya que se podría demostrar que ha cometido fraude fiscal en la compra de sus bienes, pero no que el dinero con el que los pagó proceda de su actividad empresarial sumergida.
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