Traducción de la suspensión del límite de contratos temporales

Hoy se ha publicado en BOE la suspensión del límite de encadenamiento de contratos temporales hasta el día 30/8/2013 inclusive.

El objetivo oculto es reducir el gasto del Estado en prestaciones por desempleo aunque no aumente el empleo. Dijo el ministro (con minúscula intencionada) el otro día que el problema era que cuando los trabajadores estaban a punto de llegar al mes 24 las empresas los echaban y los cambiaban por otro. Para empezar eso es falso, pero aunque fuera cierto lo que produciría sería una rotación de parados, no un aumento del paro. Peeeeroooo, lo que se le olvidó decir al ministro es que la rotación entre dos parados causa más gasto de paro que un único parado de larga duración, ya que el paro dura como mucho dos años aunque se hayan cotizado más de 6. Veamos un ejemplo. Supongamos una empresa que va a tener un puesto de trabajo de 8 años de duración. Hay dos opciones:

  1. El puesto es ocupado por Pepe durante 8 años y luego cobra 720 días de paro. Juan no cobra nada de paro porque nunca ocupa el puesto.
  2. El puesto lo ocupa Pepe dos años, luego Juan dos años, luego Pepe dos años y luego Juan dos años. Cada uno de ellos habría tenido dos contratos de dos años y de cada uno de ellos habría cobrado 240 días de paro. En total suman 960 días de paro, cifra muy superior a los 720 del caso anterior.

Obviamente el Gobierno prefiere que se tome la opción 1 en vez de la 2 y ese es el objetivo de esta reforma. Por tanto es claro que la medida no crea empleo, no favorece a los trabajadores y realmente no favorece a las empresas porque prácticamente ninguno de sus empleados les demandaría cuando llegaran al mes 24. Pero sí que produce menos gasto de paro en términos totales. El volumen total de salarios van a seguir siendo el mismo, las cotizaciones van a ser las mismas, pero el gasto de paro va a ser inferior. Es decir que el Gobierno ha conseguido ahorrar dinero reduciendo el gasto en paro pero sin aumentar el empleo. Tócate los pies. Eso se llama recorte social aquí y en todas partes.

El tope era de dos o más contratos temporales con la misma empresa o mismo grupo o por ETT que sumen al menos 24 meses en un período de 30. Si se alcanzaba, el contrato se convertía en indefinido automáticamente. En dicho BOE no hay disposición transitoria ni adicional alguna ni ninguna otra reforma sobre el tema, por tanto las conclusiones son evidentes:

  1. Quien ya haya alcanzado el tope mencionado antes del 31/8/11 (fecha en la que entra en vigor la suspensión) ya es indefinido. No hace falta que demande ahora ni en ningún plazo en especial. Puede hacerlo hasta 20d hábiles después de que le echen aunque sea dentro de mucho tiempo. Pero en muchos casos sí que puede resultarle conveniente demandar antes de que le echen, especialmente dentro de la Administración Pública, empresas públicas, cuando hay cesión ilegal, etc. Cada caso particular habría que estudiarlo por separado.

  2. Quien tenga uno o varios contratos temporales en fraude de ley es indefinido. Mejor dicho, lo ha sido desde el primer día. No le afecta la suspensión del tope de encadenamientos porque este tope era para contratos temporales correctos. Si el contrato temporal está en fraude, es indefinido porque así lo dice textualmente el art.15.3 del ET, que no ha sido modificado. Al ser un contrato indefinido no se le pude aplicar un tope que sólo es aplicable a los contratos temporales. Al igual que en el punto anterior, se puede demandar antes o después del despido, dependiendo de lo que más convenga.

  3. Los que ya estén en su segundo contrato temporal correcto y vayan a alcanzar el tope (mes 24) mañana mismo día 31/8/11 o después ya no serán indefinidos por esta causa pero sí podrían serlo por la del punto siguiente. En opinión de muchos profesionales esto podría ser es una ilegalidad de la nueva norma al haber producido un perjuicio retroactivo. Lo correcto podría haber sido introducir una disposición transitoria que dijera que la suspensión sólo afectaría a los trabajadores que aún estuvieran en su primer contrato y a los nuevos contratados.

  4. Los que tengan contrato por obra posterior al 18/6/10 serán indefinidos igualmente cuando su contrato llegue a los 3 años sin necesidad de que les hagan un 2º contrato, porque no han tocado el art.15.1 del ET sobre los contratos de obra: "Estos contratos no podrán tener una duración superior a tres años ampliable hasta doce meses más por convenio colectivo de ámbito sectorial estatal o, en su defecto, por convenio colectivo sectorial de ámbito inferior. Transcurridos estos plazos, los trabajadores adquirirán la condición de trabajadores fijos de la empresa."

  5. Es conocido que a los padefos (trabajadores "paso de follones", 99,9% del total) sólo les afecta, para bien o para mal, lo que diga Mourinho y/o Belén Esteban y/o que cierren las webs de descargas y/o que el vecino le ponga clave al WiFi (clara violación de su derecho al acceso a la cultura), por lo que no se verán afectados por la nueva norma. Para afectar a un padefo hay que usar kriptonita con pinchos... por lo menos.

Como resumen final, los trabajadores que tengan actualmente contrato temporal en vigor se pueden dividir en los siguientes grupos:

  • Los padefos.
  • Los que tienen contrato temporal en fraude o ya llegaron al tope de 24 meses. Son indefinidos y pueden demandar desde ya y hasta 20d hábiles después de que les echen.
  • Los que tienen contrato temporal de obra correcto anterior al 18/6/10. No son indefinidos ni lo serán mientras dure la obra.
  • Los que tienen contrato temporal de obra correcto posterior al 18/6/10. Serán indefinidos 3 años después.

Por tanto estamos en la curiosa situación de que los trabajadores contratados por obra antes de la crisis económica están peor que los contratados después, desde el punto de vista de sus posibilidades de alcanzar el ansiado indefinido. En opinión de muchos profesionales esto podría ser una prueba clara de que en el Gobierno son g... y/o que gobierna la cabra de la Legión y el mono Amedio. Quizá a este artículo habría que ponerle la etiqueta "Humor".

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