Gracias al gran desconocimiento de sus derechos que ostentan (no lo sufren, lo ostentan) casi todos los trabajadores españoles, impera la leyenda urbana de que a las mujeres no las pueden despedir después de tener un hijo, pero a los hombres sí. Dejando aparte el absurdo de utilizar el término "pueden", porque por poder te pueden despedir por ser del Real Madrid, lo importante es que es mentira que los hombres tengan menor protección que las mujeres tras el parto. Cuando tienen menos protección es antes del parto, pero después la protección es la misma para el hombre y para la mujer. Estamos hablando de la protección de los arts.53.4.c (contra despido objetivo o colectivo) y 55.5.c (contra despido disciplinario):
- La protección dura hasta el el niño cumpla 9 meses.
- Para tener esta protección es necesario haber disfrutado de los permisos de maternidad, adopción o acogimiento o paternidad.
- La protección consiste en que el despido es nulo por defecto a no ser que la empresa pueda probar que es procedente. O sea, que no sería posible que el despido fuera declarado improcedente por el juez. Tendría que ser declarado procedente o nulo. Es decir o a la calle o readmisión con salarios de tramitación, pero la empresa no podría arreglar la cosa pagando la indemnización de despido improcedente.
Es decir que si el padre no disfrutara del permiso de paternidad no tendría la protección hasta que el niño cumpliera 9 meses. Pero no es necesario disfrutarlo completo. Por tanto, el papadefo (papá padefo) que disfrute al menos de un día de permiso de paternidad porque no se atreve a coger más, tendrá la misma protección contra despido hasta que el niño tenga 9 meses que tiene la madre. Ojo que este día de permiso de paternidad es independiente del permiso de nacimiento, que son 2 días por art.37 ET pero pueden ser más por convenio. El permiso de paternidad se puede disfrutar en cualquier momento mientras que la madre esté en permiso de maternidad o inmediatamente después.
Lo mejor de esta forma de protección, como mucho del derecho laboral español, es que la ignorancia de los
empresaurios hispánicos es aún mayor que la de muchos de sus empleados. Es decir que saben que las mujeres tienen protección, pero
no tienen ni puñetera idea de que los hombres también la tienen... después del parto y si se cogen al menos un día de paternidad. Por supuesto la
asesoría Pepe tampoco. De hecho, las asesorías Pepe siguen haciendo despidos reconocidos como improcedentes y despidos objetivos pagando la indemnización al 60%, cosas ambas que fueron eliminadas hace ya más de 4 meses.
...Es más, también los padres pueden reducir su jornada para el cuidado de sus hijos...
ResponderEliminarlos dos dias de permiso por nacimiento son retribuidos, laboro?
ResponderEliminarPues claro, como el resto de permisos del art.37.3. Y no son siempre 2 porque muchos convenios lo amplían a 3, 4...
ResponderEliminargracias. A mi marido se los han descontado, ya sabemos qué debemos hacer.
ResponderEliminary la foto del pavo ese?? xddd
ResponderEliminarPon el ratón sobre la imagen del pavo y obtendrás la solución a la duda que te corroe.
ResponderEliminarDa igual el modelo de contrato que tengas? Aunque sea a fin de obra?
ResponderEliminarMe queda la duda tras leer la ley de la coletilla que plantea la misma:
ResponderEliminar"Lo establecido en las letras anteriores será de aplicación, salvo que, en esos casos, se declare la procedencia del despido por motivos no relacionados con el embarazo o con el ejercicio del derecho a los permisos y excedencia señalados."
¿Implica eso que si la empresa tiene otros motivos para despedirte no relacionados con la maternidad/paternidad pueden despedirte?
Se menciona en este artículo, por estar escrito mucho tiempo antes de que cambiara, que el permiso de paternidad es de 13d. Es efectiva la ampliación a 28d (4s) desde el 1/1/2017.
ResponderEliminar¿Y si el despido es porque ha bajado la facturación también sería nulo?
ResponderEliminarYo actualmente estoy disfrutando del permiso de paternidad y me han rescindido el contrato que tenía en la empresa porque se ha incorporado la baja que yo estaba cubriendo.. Hay posibilidad de que estén obligados a darme otro contrato cuando termine mi paternidad?, o simplemente era una opción a la cual no puedo hacer nada?
ResponderEliminarMi marido solo le dejan disfutar 15 días de baja por paternidad le han dicho que si disfruta sus 8 semanas va a la cAllen que debemos hacer
ResponderEliminarVoy a ser papá y estoy acojonado al tener que decírselo a mi jefe.....
ResponderEliminarLaboro, sería interesante actualizar el artículo indicando que la protección contra el despido, desde el 8/3/2019, se extiende hasta que el hijo cumple 12 meses (antes era hasta los 9)
ResponderEliminarAsí es Nacho, y desde el 1 de enero de 2021 se amplía a 16 semanas, cosa que ningún padefo se cogerá, y más sabiendo que igualmente te pueden despedir alegando otro tipo de causas...
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