El contrato de prueba y la duración máxima del período de prueba.

El Contrato de prueba.

El "contrato de prueba" temporal es un truco popular entre los empresaurios hispánicos y sus asesorías Pepe. En realidad, llamarle truco es hacerles un favor que no se merecen, puesto que la palabra "truco" implica un cierto grado de conocimiento y de ocultación. Pero lo del contrato de prueba no llega a ser truco por la razón más simple de todas: no existe el contrato de prueba.

Dicho de otra forma más técnica: la prueba del empleado no es una causa válida de temporalidad. Es decir que un contrato temporal del tipo que sea no se justifica en la voluntad de la empresa de probar al nuevo empleado. Por tanto, un contrato temporal realizado por esta razón es siempre un contrato temporal en fraude y por tanto equivalente a todos los efectos a un contrato indefinido. Por ello, la finalización del mismo será un despido improcedente.

Por esta razón, la asesoría Pepe no suele poner la prueba del trabajador como causa de temporalidad (cláusula 6) del contrato. Al menos nunca hemos visto ningún contrato así, aunque sí que se han visto cláusulas de temporalidad de risa, que serían motivo de un otro artículo (puedes suscribirte gratis por email o twitter para recibirlos). Por ello suelen poner una causa de temporalidad inventada y más falsa que una felicitación por facebook, por lo que el contrato temporal estará en fraude exactamente igual. Tened en cuenta que una causa de temporalidad generalista y/o que se limite a describir las tareas o funciones no es válida y por tanto el contrato es indefinido. Por supuesto existen otras muchas razones por las que el contrato temporal puede ser fraudulento y de hecho la inmensa mayoría lo es.

El período de prueba.

Queda claro que no existe el contrato de prueba. Para probar al trabajador está el período de prueba que existe en cualquier tipo de contrato, sea temporal o indefinido. Mientras dure el período de prueba, el empresaurio puede prescindir del trabajador en cualquier momento sin necesidad de pagarle ningún tipo de indemnización, aunque por supuesto sí el salario y el resto de conceptos del finiquito como vacaciones y pagas extras pendientes. Incluso no es necesario que se lo comunique por escrito. Técnicamente no es un despido sino un desestimiento de contrato.

A montones de empresaurios y asesorías Pepe se les ocurre el truquito de poner en el contrato un período de prueba muy largo con lo que demuestran, una vez más, su ignorancia de lo más básico. Afortunadamente, hay un principio general de todo derecho que se llama "jerarquía normativa", por el cual el contrato no puede empeorar lo que diga el convenio ni el ET.

Es decir, que si la duración del período de prueba que dijera en tu contrato fuera diferente de la que dijera en el convenio, la "buena" sería la más corta. Ojo que aquí te puedes encontrar con otro de los truquitos habituales, que es que la empresa se "equivoque" de convenio o niegue que haya convenio aplicable. En caso que el convenio no dijera nada, la "buena" sería la más corta entre el contrato y el art.14 ET.

Por tanto, si te comunicaran que te vas a la calle por no haber pasado el período de prueba, pero ya hubiera pasado el del convenio, podrías interponer y ganar muy fácilmente una demanda de impugnación del despido, con lo que tendrían que readmitirte (pagando salarios de tramitación) o bien pagarte la indemnización de despido improcedente. En el caso habitual de que hubieras tenido varios contratos en fraude encadenados, la indemnización se calcularía con la antigüedad total o bien la readmisión sería como indefinido con dicha antigüedad. No es por tanto ninguna broma ni algo que se pueda dejar pasar.

En relación al período de prueba tampoco hay que olvidar que es para las dos partes. Es decir que mientras que dure el período de prueba el empleado también puede marcharse cuando le de la gana, sin necesidad de preaviso ni ningún otro tipo de comunicación escrita, conservando su derecho al cobro de salarios y finiquito (excepto indemnización).

El período de prueba sólo es aplicable una vez. Por tanto si ya has tenido otro contrato con la misma empresa en el cual hubieras ejercido las mismas funciones, en un contrato nuevo no habría ningún período de prueba, dijera lo que dijera el contrato y aunque el anterior hubiera sido 100 años antes. Por tanto, un desestimiento sería despido improcedente o nulo.

También puede pasar que el desestimiento empresarial durante el período de prueba sea calificado como despido por el juez incluso aunque no hubiera pasado la duración de aquel. Casos típicos son los contratos que hacen en los hoteles playeros para el verano cuando el convenio establece un período de prueba de 3 meses. El hotel curiosamente cada año contrata a 10 trabajadores y a todos ellos les comunica que no han pasado el período de prueba al acabar el verano. Otro caso es que el período de prueba del convenio sea demasiado largo (convenios amañados).

Por supuesto, la facultad empresarial de poder desistir del contrato sin pagar indemnización en el período de prueba es la principal razón por la que el gobierno creó el nuevo contrato "indefinido" de apoyo a los emprendedores, conocido en Laboro como "contrato Rajoy", mediante el cual el período de prueba será de un año "en todo caso". Es muy curioso que en las enmiendas posteriores se añadiera la condición de que sólo durará un año hasta que el paro baje del 15%. Con ello el gobierno está diciendo que no se creen que el paro vaya a bajar del 15% en los próximos tiempos. Lo mismo hubiera dado que la enmienda dijera que hasta que Españistán gane los JJ.OO. en bosleigh y saltos de esquí. La verdadera razón de que hayan añadido lo del 15% es intentar impedir que el TC declare inconstitucional la duración del período de prueba de un año. Incluso un señor diputado lo dijo así directamente en los debates de la comisión de empleo que aprobó la enmienda.

Puedes suscribirte gratis para recibir por email los nuevos artículos que se publiquen sobre derechos de los trabajadores. Proporcionamos servcios profesionales de consultas laborales privadas y de redacción de denuncias ante Inspección de Trabajo, sin necesidad de decir en qué empresa trabajas. Dispones del libro "Tus Derechos en el Trabajo" , de otros libros y modelos y de la recopilación gratuita de "conocimientos básicos" para aprender a defenderte tú solo, sin obligación de pagar abogado.

Todos los artículos publicados en Laboro son 100% originales. Son otros los que copian contenido e imitan el nombre.

Razones empresauriales del fracaso de Españistán en los JJ.OO.

Españistán ha fracasado en los JJ.OO. de Londres. Tras un laborioso estudio elaborado por la confederación de empresaurios españistanos se ha llegado a la conclusión de que las razones del fracaso cabe atribuirlas a la rigidez del marcado deportivo, a las dificultades de contratación y al alto coste del despido. Pero sobre todo se concluye que el gasto público en becas, salarios y otras mariconadas ha de ser recortado, ya que todos los deportistas han de hacer un esfuerzo por el bien de Españistán. Por ello, la confederación de empresaurios ha propuesto las siguientes medidas de cara a aumentar el nº de medallas en los siguientes JJ.OO. de Río (nunca mejor dicho) de Janeiro:
  1. Reducir los salarios y la jornada de entrenamiento entre un 10% y un 70%, ya que en Londres se ha detectado que habían entrenado por encima de sus posibilidades.
  2. Los velocistas tendrán que correr 110m. Los 10m de sobra se irán sumando, de forma que cada 10 atletas sumarán una nueva carrera, con lo que se hará el mismo trabajo con un 10% menos de atletas. "Somos unos genios", ha declarado la ministra de empleo de Españistán.
  3. Los maratonianos no dispondrán de bebidas isotónicas sino que tendrán que ir bebiendo en las fuentes que vayan encontrando por el camino, para aumentar el aprovechamiento de los servicios públicos.
  4. Los nadadores sólo podrán respirar cada 8 brazadas.
  5. Los descosidos de los trajes de los judokas se los tendrán que coser ellos mismos, ya que se ha detectado mucha dejadez al respecto.
  6. En tiro con arco tendrán que lanzar la misma flecha todo el rato, lo que contribuirá a aumentar su resistencia física.
  7. El equipo de cama elástica será subcontratado por la organización de Río para irle dando una manita de pintura al techo del pabellón.
  8. El alto salario de los jugadores de fútbol hace imprescindible privatizar la selección. Será adjudicada a un consorcio formado por un banco, un hospital privado y una ETT, con lo que el gasto será un 10% inferior. Los partidos los jugarán becarios sin salario para aumentar sus posibilidades de contratación por un equipo profesional. "¿Beneficios? ¿qué beneficios?", ha declarado el presidente del consorcio.
  9. Juan Carlos Guijarro, el famoso jugador de baloncesto, ha tenido dos lesiones que sumaron el 20% de las jornadas deportivas en los últimos 2 meses, por lo que se le ha comunicado su despido objetivo por absentismo justificado con indemnización de 20d/año.
  10. Los boxeadores pelearán sin casco pero no para ahorrar costes sino para aumentar sus posibilidades de contratación como profesionales. Nota: tras la revisión de este texto por la dirección comarcal de la mujer de La Jacetania se hace saber que a las boxeadoras también les quitarán la casca.
  11. Al equipo completo de natación sincronizada se les ha finalizado su contrato temporal, menos a Gema Medatoigual a la que han hecho indefinida tras haber estado atendido unas circunstancias de la producción urgentísimas y extraordinarias durante los últimos 16 años. El mismo día de la prueba en Río contratarán a las otras 7 por una ETT y un contrato de un día, gracias a la prodigiosa flexibilidad del mercado deportivo introducida por la reforma laboral Españistana. Media hora antes el entrenador les impartirá las siguientes instrucciones: "¿Veis lo que hace la Gema? Pos hacéis lo mismo a la misma vez y si no a la puta calle".
  12. El equipo de saltadores de trampolín se formará con becarios. El posible problema de que alguno se equivoque y se tire de bomba fue descartado por Dolores de Costillar, secretaria capitán general generalísima: "Como tienen 3 saltos les da tiempo a aprender y al final cuenta el mejor salto".
  13. El equipo de waterpolo será subcontratado y la semana anterior a la competición les será impartido un curso de natación de 500h subvencionado por el FOLLEN cuyo primer módulo de 100h es "Cuidao que no se vale hacer pié y encima tiran a trallón."
  14. Se hará lo posible por pagar la estancia en la Villa Olímpica sin IVA.
  15. El Yonatan ha sido contratado como futura estrella del equipo de esgrima, pero ha abandonado los primeros entrenamientos quejándose de que "esto no se hinca y me he rayao del to".
  16. El equipo de hípica no dispondrá de caballos, sino que se irán montando unos a otros por turnos. "Es extraordinariamente interesante por lo que me planteo volver a competir", ha declarado Asiriano González de Orujo.
  17. Se han presentado mas de 100.000 aspirantes, nunca mejor dicho, para el nuevo equipo de hockey hierba.
  18. Los piragüistas de aguas bravas entrenarán en el estanque del Retiro. Uno en la barca y los otros soplando al agua por una pajita. "Pero hinchando mucho los carrillos", aclaró un directivo propietario de la fábrica de pajitas.
  19. Tras la polémica por la equipación deportiva en Londres, Dolores de Costillar ha declarado que el uniforme oficial en Río será la peineta y mantilla para ellas y el traje de luces para ellos.
  20. Todos los deportistas serán contratados un año antes de Río con el nuevo "contrato de ayuda a los señores que dan empleo y salvan Españistán de la hecatombe socialista". Como el período de prueba es de un año, el mismo día en que sean eliminados o se lesionen les finalizarán el contrato sin indemnización ni preaviso.
  21. Los deportistas no cobrarán primas por ganar. "Su premio será que a lo mejor puede que si eso ya veremos si les contratamos luego después otros 6 meses", aclaró el subsecretario presidente de algo.
  22. Los desportitas que se hayan dopado podrán competir presentando una declaración hasta noviembre de 2012 por la cual sólo tendrán que cumplir el 10% de la sanción y después de retirarse.

Puedes suscribirte gratis para recibir por email los nuevos artículos que se publiquen sobre derechos de los trabajadores. Proporcionamos servcios profesionales de consultas laborales privadas y de redacción de denuncias ante Inspección de Trabajo, sin necesidad de decir en qué empresa trabajas. Dispones del libro "Tus Derechos en el Trabajo" , de otros libros y modelos y de la recopilación gratuita de "conocimientos básicos" para aprender a defenderte tú solo, sin obligación de pagar abogado.

Todos los artículos publicados en Laboro son 100% originales. Son otros los que copian contenido e imitan el nombre.