La "rectificación" del PSOE sigue abaratando el despido y además C's no ha rectificado el texto.

Señores, esto es la repera limonera. Después de la que se armó ayer con el indiscutible abaratamiento del despido que contiene el acuerdo del PSOE con C's, el PSOE ha rectificado o eso dice. El nuevo texto que se puede descargar en la web oficial del PSOE ahora dice al respecto una cosa diferente a la que decía ayer (páginas 21 y 22). Pero C's no ha rectificado y el texto del acuerdo que en estos instantes sigue estando publicado en su web oficial sigue diciendo exactamente lo mismo que ayer (ver páginas 20 y 21); es decir que sigue incluyendo el mismo abaratamiento del despido.

O sea que ahora por lo visto no hay un acuerdo sino dos, al menos en el tema de las indemnizaciones de despido. Lo que podría indicar que ayer no hubo ningún "error de copia y pega" sino que desde el principio se publicó exactamente lo que decía y dice el texto que firmaron ayer protocolariamente delante de todas las cámaras de televisión. Porque como es obvio y todo el mundo sabe, un texto no puede decir que es de día y que es de noche al mismo tiempo y para rectificar un acuerdo es necesario que las dos partes firmen dicha rectificación y no solo una. O sea que el PSOE no puede rectificar unilateralmente lo que firmó si C's no lo rectifica y de momento no consta que hayan firmado ninguna rectificación que modifique el acuerdo original y en su web sigue el anterior. Veamos lo que dicen los dos textos actualmente:

Texto publicado actualmente en la web del PSOE. Texto publicado actualmente en la web de C's, igual que el publicado ayer en la web del PSOE.
Al respecto del contrato temporal:
"una indemnización creciente por finalización del contrato de trabajo, que tendrá un coste de 12 días el primer año, que se transforman en 16 días el segundo año, convirtiéndose en contrato indefinido en el tercer año. En caso de despido por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción y de despido improcedente, la indemnización seguirá siendo la misma que se aplica actualmente".

Al respecto del despido en general:
"Se creará un nuevo fondo (de forma similar al modelo desarrollado por Austria) en el marco del diálogo social, que se hará cargo del pago de 8 días por año de antigüedad en la indemnización que corresponda en caso de despido individual o colectivo. Cuando la empresa convierta contratos estables en indefinidos, se tomará en consideración la totalidad de la antigüedad del trabajador. Los trabajadores que no hayan dispuesto del fondo a lo largo de su carrera laboral, acumularán dicho fondo a la pensión de jubilación."

Al respecto del contrato temporal:
"una indemnización creciente por despido por causas económicas, organizativas, productivas, técnicas y de finalización del trabajo que tendrá un coste de 12 días el primer año, que se transforman en 16 días el segundo año y confluya con los 20 existentes hoy para los contratos indefinidos, reduciendo los saltos en la cuantía. En caso de despido improcedente la indemnización será de 20 el primer año, 25 en el segundo hasta confluir con los actuales 33 días por año."

Al respecto del despido en general:
"Se creará un nuevo fondo (de forma similar al modelo desarrollado por Austria) en el marco del diálogo social, que se hará cargo del pago de 8 días por año de antigüedad en la indemnización que corresponda en caso de despido individual o colectivo. Cuando la empresa convierta contratos estables en indefinidos, se tomará en consideración la totalidad de la antigüedad del trabajador. Los trabajadores que no hayan dispuesto del fondo a lo largo de su carrera laboral, acumularán dicho fondo a la pensión de jubilación."

La cosa está muy clara. En el nuevo texto del PSOE se dice textualmente que se mantiene el importe actual de la indemnización de despido objetivo y de despido improcedente. Pero en el texto de C's se sigue diciendo exactamente lo mismo que ayer, es decir que sigue incluyendo el famoso e incuestionable abaratamiento del despido que ayer quedó explicado y demostrado en Laboro con ejemplos prácticos. "Análisis" que nada tiene de técnico ni de meritorio, pues basta con saber leer y saber cómo es ahora una indemnización de despido.

¿Cuál es el texto "bueno"? Ellos sabrán, pero en principio será el que ponga en los papeles que firmaron ayer. ¿O no? ¿O lo han firmado con boli de ese del cole que se podía borrar con una goma más dura que la cara de algunos y que te destrozaba la hoja de la libreta de los deberes? ¿Han firmado otro texto? Oye, que a lo mejor sí... o no.

Pero es que la cosa no acaba ahí. Aunque fuera verdad que el texto bueno y reconocido por ambas partes fuera el nuevo, aún así sigue conteniendo un abaratamiento del despido en el segundo párrafo de los anteriores: "Se creará un nuevo fondo (de forma similar al modelo desarrollado por Austria) en el marco del diálogo social, que se hará cargo del pago de 8 días por año de antigüedad en la indemnización que corresponda en caso de despido individual o colectivo. Cuando la empresa convierta contratos estables en indefinidos, se tomará en consideración la totalidad de la antigüedad del trabajador. Los trabajadores que no hayan dispuesto del fondo a lo largo de su carrera laboral, acumularán dicho fondo a la pensión de jubilación."

Mucho ojo: no son 8d/año aparte de la indemnización normal. Es decir que en caso de despido improcedente no cobrarías 33+8 = 41d/año como alguno está diciendo por ahí. El texto es claro: "se hará cargo del pago de 8 días por año de antigüedad en la indemnización que corresponda".

¿Hace falta ser Perry Manson para darse cuenta de que esto es un abaratamiento del "despido individual y colectivo"? Todo despido actualmente es individual o colectivo. El despido objetivo es un despido individual, el despido improcedente es un despido individual y el despido objetivo "por ERE", para entendernos, es un despido colectivo. No hay otros despidos que supongan el pago de una indemnización. La finalización de un contrato temporal no es un despido, siempre que no sea un contrato temporal en fraude como casi todos.

Por tanto este texto decía y sigue diciendo, tras la supuesta rectificación, que las empresas solo pagarán una parte de la indemnización del despido que sea, tanto individual como colectivo, porque 8d/año no los pagaría la empresa sino ese "nuevo fondo" cuya financiación por lo visto va a caer del cielo. Por tanto, el abaratamiento del despido para las empresas sería indiscutible y exactamente el siguiente:

Despido. Ahora. Tras la aplicación de este acuerdo.
Despido improcedente (tanto si comenzó como objetivo, como disciplinario o como finalización de temporal en fraude) 33d/año por la empresa 25d/año por la empresa y 8d/año por el fondo
Despido objetivo individual o colectivo 20d/año por la empresa. 12d/año por la empresa y 8d/año el fondo.

Ahora sacad la calculadora de Hello Kitty y comprobad si 33 son más que 25 y si 20 son más que 12. Que a lo mejor no, porque con el rollo este de las ondas gravitacionales resulta que Alfa Centauri puede estar más cerca que Guadalajara si te pones a ello, o algo así.

¿Que el trabajador podría cobrar lo mismo que ahora? Puede, pero renunciando a que esos 8d/año se le acumulen para la pensión de jubilación. Pero sobre todo es totalmente indiscutible que a las empresas les sería más barato despedir que ahora y en todos los tipos de despido, según lo que dice el acuerdo.

¿Y el dinero de ese fondo de dónde saldría? ¿De las cotizaciones sociales? Estupendo. Entonces habría que añadir un nuevo porcentaje de cotización al efecto que pagaran tanto empresas como trabajadores. ¿O no? ¿O solo los trabajadores? ¿O solo las empresas? O no ponen una nueva cotización, en cuyo caso saldría del mismo fondo de la SS con el que se pagan las bajas, el paro y las jubilaciones... es decir que 8d/año de las indemnizaciones de despido las estaría pagando la SS, ni más ni menos.

¿O el dinero saldría del FOGASA? Más estupendo aún. Por algo en Laboro se usa el nombre de FOGUASA, que hace más gracia y eso. Además de esa forma no sería ninguna novedad. Mucha gente no lo sabe pero el FOGUASA estuvo pagando 8d/año de las indemnizaciones de despido objetivo desde la reforma laboral del 2010 (sí: la del PSOE o una de ellas) hasta enero de 2014 nada menos. ¿O ya nadie se acuerda de los famosos despidos del 60%?

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