Por supuesto que es legal seguir trabajando después de la edad de jubilación, porque ni siquiera es obligatorio jubilarse. Pero en muchos casos es un fraude a la Seguridad Social muy extendido el seguir trabajando al mismo tiempo que se cobra una pensión ordinaria de jubilación. Aunque sea un poquito. Aunque sea haciendo cosas sencillitas y sin importancia. Aunque sea en casa. Aunque no sea todos los días. Los casos típicos, entre los que estarían los fraudes, serían los siguientes:
- El abuelo/a sigue trabajando porque no se ha jubilado. Porque le falta tiempo cotizado para tener derecho a pensión o porque quiere jubilarse más tarde y así aumentar su importe. Es perfectamente legal.
- El abuelo sigue trabajando porque se ha jubilado mediante las modalidades especiales de jubilación activa, jubilación flexible o jubilación parcial. No solo es legal sino que digamos que es lo que “promocionan” el Estado y la SS desde hace tiempo. Pero estas modalidades tienen requisitos que no son sencillos de reunir y además en casi todos los casos se cobraría mucha menos pensión que con una jubilación ordinaria.
- El abuelo está jubilado y sigue haciendo solo las funciones inherentes a la titularidad del negocio. Esto también es legal cuando el abuelo le ha dado poderes a otra persona para gestionar su empresa. El abuelo tiene que limitarse a dictar instrucciones a los apoderados y a controlarlos, pero él mismo no puede trabajar. Como es obvio, esta forma de actuar tiene el inconveniente de que el apoderado tiene que cobrar y de que el abuelo no puede generar ingresos a la empresa.
- El abuelo está jubilado en la modalidad ordinaria pero sigue trabajando de extranjis. No figura en la plantilla de la empresa, ni en los horarios, ni tiene contrato de ningún tipo, sino que es trabajo en negro puro y duro. Lo mismo que un inmigrante sin papeles en el campo o un camarero de “extra” de fines de semana mientras que cobra el paro. Un fraude a la SS como la copa de una encina. Al igual que los inmigrantes sin papeles y que los camareros “extras”, el abuelo se lleva su dinerito en negro, porque el negocio está a nombre de sus hijos y/o de su cónyuge, que no están jubilados y que puede que incluso trabajen realmente en la misma empresa. Es decir que el abuelo trabaja y gana dinero, pero lo hace al mismo tiempo que cobra una pensión ordinaria de jubilación que se paga en compensación por no trabajar a partir de cierta edad.
Estamos hablando de los mismos empresaurios que de “jóvenes” se han pasado toda la vida metiendo horas extras ilegales a sus trabajadores, teniéndolos de alta en la SS al 50% pero trabajando el 100%, haciéndoles contratos temporales en fraude, poniéndoles una categoría en el contrato muy inferior a la de sus funciones reales… Todo eso y mucho más que no sabéis por no ser temas laborales, como los de Hacienda, urbanismo, sanitarios, etc. etc. Pues bien, ¿esos empresaurios van a desperdiciar la posibilidad de que ellos o sus padres cobren una pensión completa de jubilación? ¿Se van a meter en la complicación de una modalidad especial de jubilación que les ocasionen gastos, molestias e incluso les rebaje la pensión? ¿O más bien se van a jubilar normalmente y a seguir trabajando y cobrando en negro? ¿Quién se lo iba a impedir? ¿Los mismos que le tenían que haber impedido haber hecho todo lo demás?
No me los traigas a Sierra Morena, (soy de Jaén). Mándalos a Arabia Saudí que allí los tratan como se merecen y de paso los concentramos.
ResponderEliminarOs faltaría otra modalidad bastante extendida, que sería el que sigue trabajando pero sin cobrar (por ejemplo el padre de Manolo que echa una mano en el bar cuando Manolo se tiene que ir de vacaciones). Lo que desconozco es si eso es ilegal, pero supongo que si que lo es.
ResponderEliminarMe parece, Laboro, que te dejas una posibilidad reflejada en el "artículo 213.Incompatibilidades" en su punto 4 dice:
ResponderEliminar"4. El percibo de la pensión de jubilación será compatible con la realización de trabajos por cuenta propia cuyos ingresos anuales totales no superen el salario mínimo
interprofesional, en cómputo anual. Quienes realicen estas actividades económicas no
estarán obligados a cotizar por las prestaciones de la Seguridad Social."
¿cómo se entiende?
El verdadero problema radica en el mero concepto de la pensión en España y supongo que en otros paises. Lo que tu cotizas no es para ti, es un "impuesto" que se usa para pagar a otros, que luegos ya vendran los siguientes y pagaran para que se te pague a ti. Si a ti se te devolviera lo que tú has cotizado no habría fraude por ninguna parte, pero claro así no funcionaría lo de que para que voy a trabjar más, si luego la pensión que me sale me la suben a la mínima y acabo cobrando igual que mi vecino que ha trabajado el doble que yo. También he visto un par de casos de para que coño voy a trabajar con 30 años, si mi marido era ingeniero y lo atropelló un tren y con mi pensión de viudedad de lo único que me quejo es de que encima me sale a pagar la declaración de la renta. Le iba a dar yo un cambio al sistema que me expulsaban de España
ResponderEliminarUno de los que sí que son verdaderos problemas es el alto número de voxtrencos ignorantes, pero que en vez de callarse se empeñan en hablar y demostrar que lo son.
ResponderEliminarLas pensiones no son un impuesto sino una cotización con la que se financian todas las prestaciones de la SS. Pero la jubilación no es la única prestación, ya que también están las que cobran, por ejemplo, los hijos y cónyuges de los empresaurios, como el paro, las incapacidades, etc. Lo que pasa es que hay mucho inútil que se cree que el paro lo paga el SEPE y las bajas las paga la empresa.
Las pensiones de jubilación no se financian con las cotizaciones previas, pero sí que se calculan con las cotizaciones previas. Por tanto, si trabajas más y cobras más entonces cobras más pensión de jubilación. A los empresaurios es a los que realmente les da igual cobrar menos jubilación y no a los trabajadores. Ellos mismos lo demuestran porque casi todos los empresaurios se dan de alta en autónomos con la base mínima, pudiendo escoger una base mucho mayor. Les da lo mismo cobrar menos jubilación porque lo que pierdan ya se lo han sacado antes de sobra defraudando a Hacienda durante toda su vida activa, cobrando en B, no declarando las facturas de particulares que no le paguen por banco o directamente no facturando. Además de que después de jubilarse tienen la posibilidad de seguir trabajando en B en su propio negocio, como se explica en el artículo. Eso por no hablar de la posibilidad de invertir las ganancias B en locales o viviendas pagando una parte en B y luego vendiéndolas también con una parte en B.
Mi mayor satisfacción laboral tiene que ver con este asunto.
ResponderEliminarMi suegra estaba literalmente puteada y, como no, nunca quiso poner ninguna denuncia, ni siquiera ofreciéndome yo como representante. A los varios meses le dieron la baja por varios problemas (entre ellos de corazón) y así estuvo hasta que el tribunal médico le concedió la permanente. Mientras tanto, hubo un par de citaciones en la empresa en la que le ofrecieron "llegar a un acuerdo". Ellos sabían de sus problemas cardíacos y aún así la citaron. Ella rechazó, pero tampoco quiso denunciar el acoso.
Total, que con mi suegra ya jubilada, un día comentó que "el calvo [el dueño de la empresa] sigue trabajando aunque esté jubilado". Ese mismo día comuniqué el caso en el buzón de denuncias de la ITSS. No sé si a raíz de esa denuncia o no, pero le cayó una sanción de unos cuantos ceros.
Dentro de la padefidad del caso, a mí en lo personal me compensó tantos sinsabores.
Me parece genial por tu parte, los que denunciamos estamos vistos como bichos raros, se habla mucho, se queja mucho pero se actúa poco.
EliminarConozco un caso que creo que no habéis nombrado. El del abuelo que una vez jubilado cobra muy poco porque siempre ha cotizado por el mínimo y, como la empresa era/es suya, se paga un complemento inferior al SMI que le permite no darse de alta de autónomo. Todo con factura, alta en la AEAT, IVA a ingresar y declarado en el IRPF. ¿Veredicto culpable o inocente?
ResponderEliminar