Indemnización de 1.800€ por denegar el complemento de pensión a los hombres.

Ya explicamos que la doctrina o jurisprudencia europea, y también la española, determinaron que son discriminatorios los requisitos adicionales que la legislación española sigue imponiendo a los hombres para cobrar un complemento de pensión por haber tenido hijos. No solo en la pensión de jubilación ordinaria, sino también en las de otros tipos. Por ello, desde entonces son muchísimos los pensionistas hombres que están reclamando y consiguiendo este complemento mediante una sencillísima demanda judicial; gratuita porque no tienen obligación de contratar abogado ni procedería condena en costas en caso de perderla. Pero no hay que olvidar que en esta demanda no solo se puede pedir el complemento de pensión retroactivamente, sino que también se puede pedir una indemnización adicional de 1.800€ en la misma demanda.

Sin embargo, algunos dudan de la razón de esta indemnización adicional y de que tengan derecho a la misma. Pues bien, según las últimas sentencias del Tribunal Supremo al respecto de este tema, la razón u objetivo de esta indemnización no es compensar los supuestos daños económicos sufridos por el pensionista por no haber cobrado el complemento durante años. Esta cuantía la tiene que pagar el INSS por haberle denegado el complemento al pensionista cuando este se lo solicitó “por las buenas”. Porque esta denegación del INSS supone la infracción adicional de un derecho fundamental del pensionista, por ignorar el INSS la sentencia europea que confirmó que dicha denegación es discriminatoria. Al producirse la denegación, se genera en el solicitante la lógica incertidumbre y zozobra provocada por la resistencia del INSS a reconocer su derecho, lo que le obliga a iniciar el procedimiento judicial mediante demanda.

Además, el Tribunal Supremo ha conformado que este importe de indemnización debe abonarse no solo cuando el beneficiario consigue su derecho por sentencia, sino también cuando lo consigue cuando el INSS se lo da después de la interposición de la demanda. Dicho de otra forma, no vale el truco del INSS de denegar siempre la solicitud de primeras y concederla después solo si el pensionista presentara la demanda, pero no si no la presentara.

Después de todo, la indemnización es lo de menos. Lo principal es conseguir el complemento porque estamos hablando de unas cantidades apreciables de dinero. Dependiendo del caso, podría ser un 5% por dos hijos, 10% por 3 hijos y 15% por 4 o más hijos; o bien una cantidad fija por hijo, que este año es de 36,9€ mensuales por cada hijo, con el límite de 4. Se puede pedir esta cantidad no solo en adelante, sino también toda la anterior.

Recuerda que en Laboro tienes un formulario gratuito para calcular si un pensionista tiene derecho a complemento de pensiones por hijos y su importe; lo que depende del tipo de pensión, de la fecha de la pensión y del número de hijos.

Recuerda que también dispones de un manual que explica el procedimiento e incluye los modelos necesarios (solicitud, reclamación administrativa y demanda). De esta forma, el propio pensionista se puede representar a sí mismo gratis (sin contratar abogado). También lo podría representar su hijo/a, su hermano/a, cualquier otro familiar o cualquier otra persona, aunque no fuera abogado ni graduado social.

Casos más fáciles que estos pocos vais a ver en vuestra vida. Por lo que quizá haya trabajadores interesados en defender a un familiar en este pleito y aprovechar para aprender cómo funciona en la práctica este “mundillo” de las demandas y juicios de lo social (laboral), teniendo en cuenta que no se demandaría a ninguna empresa sino al INSS. Con esa experiencia luego quizá os animéis a representaros también a vosotros mismos en demandas contra vuestras empresas por asuntos laborales, que probablemente sea una de las cosas no solo más sencillas, sino también más útiles que podáis aprender jamás. ¿O pretendéis pagarle 1.000€ a un abogado cada vez que os denieguen una semana de vacaciones, os cambien el horario de forma injustificada u os deban 200€ de diferencias salariales del último año? ¿Y otros 1.000€ cuando le pase lo mismo a vuestra pareja o a vuestro hijo? Trabajar es para los adultos, por lo que cada uno debe tomar sus decisiones según lo que estime necesario y conveniente para su caso.

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