Derecho a copia de la demanda.

Los trabajadores que alguna vez contratéis a un abogado para demandar a la empresa, quizá paséis por la ilustrativa experiencia de que se niegue a daros copia de la demanda que se supone que presentó en el juzgado. No solo de la demanda, sino también de otro escrito fundamental, que es la comunicación al juzgado de qué pruebas documentales presentará en juicio. O de cualquier otro escrito, como por ejemplo una solicitud de ejecución o un recurso ante la instancia superior. Pero resulta que vosotros solitos podéis acceder a esos documentos en los juzgados, diga lo que diga el abogado.

Empecemos por dejar claro que el abogado sí que está obligado a daros copia y no solo de la demanda, porque así lo dice su código deontológico: "En los procedimientos administrativos y judiciales, si el cliente lo requiere y a costa de éste, le proporcionará copia de los diferentes escritos que se presenten o reciban, de las resoluciones judiciales o administrativas que le sean notificadas y de las grabaciones de actuaciones que se hayan producido." En caso de negativa podríais presentar reclamación ante el colegio de abogados, que puede que hiciera cambiar de opinión al abogado.

Pero, si el abogado no os diera la copia, también podríais solicitarla en el juzgado en base al art.47 de la Ley reguladora de la jurisdicción social: “Los autos permanecerán en la oficina judicial bajo la custodia del secretario, donde podrán ser examinados por los interesados que acrediten interés legítimo, a quienes deberán entregárseles testimonios, certificaciones o copias simples cuando lo soliciten, todo ello en los soportes y con los medios técnicos de los que se disponga”. Sin olvidar el art.5 RDL 6/23, que establece el derecho de los ciudadanos “A acceder y obtener copia del expediente judicial electrónico y de los documentos electrónicos que formen parte de procedimientos en los que tengan la condición de parte o acrediten interés legítimo y directo, en los términos establecidos en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, y en las leyes procesales.” Es indudable que vosotros tenéis derecho a la copia en calidad de interesados, porque sois los trabajadores demandantes. De hecho, incluso podéis solicitar copia del expediente judicial por internet en la mayoría de los juzgados.

Por supuesto, el documento más importante del expediente es la demanda, por la sencilla razón de que lo que no pidáis en la demanda no os lo va a dar el juez; sin olvidar las posibilidades de ampliación verbal de la demanda el mismo día del juicio, siempre que no haya variación sustancial. También es muy importante el tipo de demanda que se presente, porque de ello depende lo que se pueda pedir y que se pueda recurrir contra la sentencia.

Como os estaréis imaginando, pedir copias en el juzgado puede ser fundamental en caso de que caigáis en manos de un abogado “laboralisto”, no laboralista, más aún si fuera “Benito el abogao de ChatGPT”. Sobre todo por la posibilidad de que incluso fuera mentira que hubiera presentado la demanda u otro documento necesario, o bien la hubiera presentado sin incluir hechos fundamentales o pidiendo menos de lo que se pudiera pedir. Que se negara a daros copia, ya podría ser más que sospechoso.

Por ejemplo, se puede pedir una indemnización adicional en las demandas de conciliación familiar, en las de complemento de pensiones por hijos, en las de modificación sustancial de las condiciones de trabajo, en las de movilidad geográfica, en las de ERTE, y sobre todo en las de acoso o represalias. Se trata de que la empresa no solo tenga que anular su cambio de condiciones, su traslado, su ERTE o daros la reducción voluntaria de jornada o adaptación voluntaria que solicitéis. Se trata de que además os tenga que pagar una indemnización por los daños y perjuicios sufridos, porque si no a la empresa le sale gratis incumplir con los derechos laborales y obligaros a demandar e ir a juicio para hacerlos valer. Pero los “laboralistos” no piden estas indemnizaciones, aplicando su truco de pedir menos para facilitar un acuerdo mierder; o sencillamente porque no saben ni que existe esta posibilidad.

Por otro lado, es obligatorio que las partes comuniquen, con 10 días de antelación al acto de juicio, la prueba documental o pericial de que intenten valerse. Por lo que también podríais verificar que vuestro abogado lo hubiera hecho realmente. Porque también puede suceder que los “laboralistos” no presenten las pruebas de las que dispongáis, para trabajar menos o porque ni sepan que exista esta obligación desde hace ya casi un año. De la misma forma, también podríais pedir copia de la comunicación de la empresa al efecto, para saber qué pruebas documentales o periciales presentaría la empresa en juicio, si vuestro abogado no os la diera.

Hacer uso del derecho a pedir copias en el juzgado es una de las cosas que podríais hacer que más le jodería a los "laboralistos", porque podría salir a la luz no solo su vagancia y búsqueda descarada de acuerdo mierder rebajado, sino también una negligencia profesional. Por no hablar de posibles delitos, porque una cosa sería no presentar un escrito y otra cosa sería que, además, le dijeran al trabajador que sí que lo presentaron y le cobraran como si fuera verdad.

Por ejemplo, en las redes sociales y en foros no es muy complicado encontrar mensajes de trabajadores que cuentan que hace 3 años que le llevaron un caso de despido a un abogado pero aún no les han dado fecha de juicio, que llaman al abogado y les cuenta que es que hay mucho retraso y todo eso. Podría ser verdad, pero en lo social una cosa es que te den fecha para dentro de mucho tiempo y otra cosa es que no te contesten ni dando fecha ni nada en absoluto y menos aún en un caso de despido. Qué os apostáis a que lo que sucede realmente en esos casos es que el abogado no presentó la demanda, ya no está en plazo para hacerlo y por eso le da largas al trabajador hasta que consiga que se olvide del asunto.

Es fácil encontrar sentencias en las que un abogado es condenado a pagar unos miles de euros por su responsabilidad civil precisamente por no haber demandado, por no haber pedido lo que debía pedir, por no haber presentado un escrito necesario, por no haber recurrido o anunciado el recurso en plazo, por no haber solicitado la ejecución…

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